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¿UN "CHAMPANCITO"? SOLO SI ES DE CHAMPAGNE


Enviado por   •  5 de Junio de 2012  •  499 Palabras (2 Páginas)  •  571 Visitas

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En el Perú no se podrá seguir brindando con licores espumantes que lleven la denominación CHAMPAGNE, si es que dicho producto no proviene de Francia.

CHAMPAGNE o Champaña es un tipo de vino espumoso elaborado en la región de Champagne, Francia, conforme a un método característico conocido como “champenoise". Por ello, este producto cuenta con la distinción de ser una Denominación de Origen (DO), calificación que recibe el producto al provenir de una zona geográfica determinada, cuya calidad, reputación y características se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, es decir la región de Champagne.

Si bien en el Perú la denominación CHAMPAGNE no ha sido considerada como una DO protegida, y por ello podemos encontrar en nuestro mercado una serie de bebidas alcohólicas nacionales e incluso extranjeros no francesas, que llevan junto a sus marcas tal denominación, a partir de octubre del presente año este escenario deberá cambiar.

En efecto, al haber adherido el Perú al Arreglo de Lisboa para la protección de las Denominaciones de Origen (2005) y notificado a la entidad encargada de su administración, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que se obliga a proteger el CHAMPAGNE como DO de Francia, las autoridades nacionales competentes tendrán que impedir que se comercialice bebidas y licores con dicha denominación en el Perú.

Dentro del compromiso asumido, el Perú se reservó un periodo de transición de dos años para que los productores nacionales que venían haciendo uso de la denominación CHAMPAGNE, dejen de hacerlo. Este plazo vence indefectiblemente en octubre próximo.

Queda poco tiempo para la adecuación, y al parecer algunos productores aún no han tomado conciencia de los compromisos e implicancias que genera la protección de las denominaciones de origen. Por ello, el rol que deben cumplir, inicialmente, las autoridades nacionales es informar al mercado, a los sectores productivos y a los consumidores sobre la naturaleza y obligaciones asumidas. Y en su momento, iniciar las acciones legales correspondientes para la defensa de la DO CHAMPAGNE.

El reconocimiento de protección que hizo Perú a Francia a través del Arreglo de Lisboa, se enmarca dentro de la estrategia de defensa de nuestra DO PISCO, y a su vez de las demás denominaciones de origen peruanas que vienen integrándose a esta categoría legal del sistema de la Propiedad Industrial, como Chulucanas, Maíz Blanco Gigante Cusco y Pallar de Ica.

En el escenario mundial y particularmente en el contexto de las acciones que venimos impulsando para abrir nuevos y mejores mercados; el nombre de un país, una región o una ciudad pueden ser excelentes medios para provocar y sugerir un interés especial en los consumidores respecto a los atributos o cualidades de determinados productos de empresas o empresarios

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