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Valido Que Los Hombres Pidan Prueba Para Comprobar Paternidad


Enviado por   •  18 de Agosto de 2012  •  374 Palabras (2 Páginas)  •  623 Visitas

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Válido, que hombres pidan prueba para comprobar paternidad: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional que una persona requiera de una prueba de ADN para que se le compruebe la paternidad de un menor, pues los niños tienen derecho a conocer la identidad de sus ascendientes. El alto tribunal negó un amparo a una mujer que argumentó que la realización de esta prueba de ADN a sus hijas viola los derechos sustantivos de las menores, pues atenta contra la dignidad del ser humano, lo que a su parecer viola el Artículo 4 constitucional. Los ministros determinaron que la Constitución establece que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud y sano esparcimiento, supeditadas a la filiación de los menores, por lo que son válidos la admisión y el desahogo de una prueba pericial en materia genética. En un juicio de demanda de alimentos, el juez de la causa decretó al presunto padre de las menores una pensión alimenticia provisional de 30 por ciento del salario y demás prestaciones, por lo que el demandado promovió el desconocimiento de la paternidad y para ello ofreció una prueba en materia genética. A su vez, la señora solicitó la protección de la justicia federal en contra de la prueba requerida por el demandado debido a que, a su parecer, afectaba las garantías de sus hijas. El argumento de la mujer es que las menores estarían obligadas a presentarse en los días y horarios que se determinen para la práctica de los estudios químicos, y a someterse a los exámenes de laboratorio que comprenden, por lo menos, la toma de muestra de sangre. Sin embargo, la Primera Sala subrayó que los satisfactores de alimentación, salud y sano esparcimiento deben ser proporcionados a los menores por sus progenitores o por quienes les otorguen el reconocimiento de hijos, ya que el deber de ministrarlos recae en principio sobre los padres, sean biológicos o adoptivos. Por tal razón, expusieron, es importante que los niños conozcan su filiación, circunstancia que deriva el derecho del infante, constitucionalmente establecido en el Artículo 4, a percibir de sus ascendientes la satisfacción de sus necesidades y a obtener así una vida digna que permita su desarrollo.

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