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Áreas Bajo Régimen de Administración Especial

CercileTrabajo9 de Marzo de 2013

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INTRODUCCIÓN

El impacto de las actividades económicas ejercidas por el ser humano en el ambiente no es nada alentador para el mantenimiento de la vida en el planeta. Por esa razón, se ha considerado necesaria la conservación de ciertas áreas en el globo.

Para contribuir a la solución de este problema ambiental, el Estado venezolano ha establecido, mediante la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio, la delimitación de unas áreas denominadas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE).

Venezuela cuenta con uno de los conjuntos de áreas protegidas más variados y extensos de América Latina, desarrolladas para la conservación de su patrimonio natural y para el disfrute de las generaciones presentes y futuras.

Las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) cubren una superficie de 62.995.581,15 ha, correspondientes al 46% del territorio lo cual incluye el solapamiento existente entre diversas áreas. El sistema de ABRAE, está conformado por las siguientes categorías: Parques Nacionales, Monumentos naturales, Refugios de fauna silvestre, Áreas boscosas bajo protección, Reservas nacionales hidráulicas, Reservas de fauna silvestre, Áreas rurales de desarrollo integrado, Reservas biosfera, Áreas de protección y recuperación ambiental, Zonas de aprovechamiento agrícola, Zonas protectoras, Reservas forestales, Áreas críticas con prioridad de tratamiento.

Además de estas áreas bajo régimen de administración especial existen otras de importancia nacional como son: Zonas de reserva para construcción de presas y embalses, Áreas de protección de obras públicas, Costas marinas de aguas profundas, Zonas de interés turístico, Zonas de seguridad, Zonas de seguridad fronteriza, Sitios de Patrimonio histórico - cultural o arqueológico.

Áreas Bajo Régimen de Administración Especial

Las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) poseen una serie de características y potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones productoras, protectoras y recreativas.

La necesidad de las áreas naturales, de gran belleza escénica y valor ecológico incalculable, ha motivado al hombre a proteger los recursos naturales existentes.

Mediante la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, promulgada en 1983, en Venezuela se establecen la Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (A.B.R.A.E.), donde se incluyen (todas aquellas áreas que de acuerdo a las características y potenciales ecológicas que poseen, han sido decretadas por el ejecutivo nacional para cumplir funciones productoras, protectoras y recreativas)

El uso de las áreas protegidas

Las ABRAE poseen una serie de recursos naturales que pueden ser utilizados por las personas, siempre y cuando se garantice el cumplimiento del régimen de administración asignado por el Estado venezolano. En esas áreas sólo pueden realizarse actividades que permitan un uso provechoso en la actualidad y en el futuro, para que también se beneficien de ellas las próximas generaciones de venezolanos.

Venezuela es uno de los países más privilegiados de América Latina, ya que posee una gran extensión protegida. Las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial ocupan una superficie aproximada de 62 millones de hectáreas, lo que representa el 46% del territorio nacional venezolano.

La ley contempla más de una veintena de figuras jurídicas de ABRAE, agrupadas de acuerdo a los fines que cumplen, de la siguiente manera:

• Áreas con fines productivos.

• Áreas con fines protectores.

• Áreas con fines recreativos, científicos y educativos.

• Áreas con otros fines.

Áreas con fines productivos

Las áreas protegidas con fines productivos reúnen una serie de características que permiten una elevada productividad, debido a que son fuentes de madera, agua y una gran variedad de flora y fauna silvestre.

 Reservas forestales

Están constituidas por macizos boscosos, que por su ubicación, composición florística o por ser las únicas disponibles en determinada área, constituyen elementos indispensables para el mantenimiento de la industria maderera nacional.

En Venezuela han sido decretadas diez (10) reservas forestales que abarcan una superficie de 11.327.416 ha que equivale al 12,36% del territorio nacional.

Reservas forestales existentes en Venezuela

• Caparo - Barinas

• Caura - Guayana

• Guarapiche - Monagas

• Imataca - bolívar - delta amacuro

• La Paragua

• Río Tocuyo

• San Camilo

• Sipapo

• Ticoporo - Barinas

• Turén

Áreas boscosas bajo protección

Están representadas por la extensa superficie que ocupan los bosques altos primarios y secundarios. Existen treinta y nueve (39) áreas boscosas bajo protección que ocupan una superficie de 3.387.889 ha que representan el 3,7% del territorio nacional.

Lotes boscosos existentes en Venezuela

• Altiplanicie de Nuria - Estado Bolívar

• Caño Blanco

• Capure

• El Choco

• El Dorado - Tumeremo

• El Frío

• Fundo Paisolandia

• Lote Privado Flamerich

• San Pedro

Áreas boscosas bajo protección en Venezuela

• Chivapure - Cuchivero

• El Baúl - Corralito (Cojedes)

• Las Lajas (Táchira)

• Merejina

• Nirgua - Aroa (Yaracuy)

• Pedernales (Delta Amacuro)

• Río Aricuaisa (Zulia)

• Río Tarra (Zulia)

• Río Tucuco (Zulia)

• Santa Rosa (Zulia)

 Zonas de aprovechamiento agrícola

Son zonas que por sus condiciones edafo-climáticas deben ser resguardadas para la explotación agrícola, dentro de un régimen de conservación de sus recursos. Existen seis (6) zonas que ocupan una extensión de 357.955 ha, correspondientes al 0,39% del territorio nacional.

Zonas de aprovechamiento agrícola existentes en Venezuela

• Barlovento

• Depresión de Quíbor

• Depresión de los ríos Turbio - Yaracuy

• Ríos Guanare - Masparro

• Municipio Mara del Estado Zulia

• Peribeca

 Áreas rurales de desarrollo integrado

Corresponden a zonas que deben ser sometidas a una estrategia de desarrollo fundamentada en la participación coordinada de las entidades públicas y la población rural organizada. Existen cinco (5) áreas en el país con una extensión de 1.082.314 ha, que equivale al 1,18% del territorio.

Áreas rurales de desarrollo integrado existentes en Venezuela

• Cuenca del Río Unare

• Módulos de Apure

• Valle del Río Guarapiche

• Valle de Atamo

 Áreas de protección de obras públicas

Están compuestas por las zonas de influencia de las construcciones públicas, que deben ser sometidas a usos conformes con los fines y objetos de la obra.

 Zonas de reserva para construcción de presas y embalses

Están formadas por aquellas áreas que por su situación y características especiales se consideran idóneas para la construcción de presas y embalses.

 Áreas terrestres y marítimas con alto potencial energético y minero

Son todas aquellas zonas que contienen una riqueza energética y minera especial y que ameritan un régimen de preservación del medio combatible con extracción de recursos esenciales para la Nación.

 Costas marinas de aguas profundas

Corresponden a las zonas marítimas que por su situación y características especiales, puedan ser consideradas óptimas para el desarrollo de puertos de carga y embarque.

 Planicies inundables

Espacios del territorio nacional, adyacentes a los cursos de aguas superficiales y que pueden llegar a ser ocupados por los excesos de aguas cuando se desbordan de sus cauces naturales.

 Hábitats acuáticos especiales para explotación o uso intensivo controlado

En este grupo se incluyen los golfetes, albuferas, deltas, planicies cenagosas y similares que por sus riquezas marítimas, lacustres o fluviales, sean de especial interés para el país.

Áreas con fines protectores

Poseen un conjunto de características especiales en cuanto a su ubicación, condiciones geográficas y cercanía a poblaciones, que influyen en el proceso de regulación del clima de una región.

Algunas áreas protegidas con estos fines son las denominadas zonas protectoras, las reservas hidráulicas, los refugios y reservas de fauna, los parques litorales y las áreas críticas.

 Zonas protectoras

Son áreas ubicadas en cuencas hidrográficas que ameritan un tratamiento especial por sus características, ubicación y condiciones, que por encontrarse en zonas inmediatas a poblaciones, actúan como agentes reguladores del clima y de las aguas. La declaratoria de una Zona Protectora está destinada a la conservación de bosques, suelos y aguas. Estas zonas ocupan una superficie de 12.859.531 ha correspondientes a cincuenta y ocho (58) zonas protectoras que representan el 14,03% del territorio.

 Reservas nacionales hidráulicas

Representan los espacios en los cuales estén ubicados cuerpos de agua naturales o artificiales,

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