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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2022  •  Tareas  •  1.430 Palabras (6 Páginas)  •  70 Visitas

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REPORTE DE LECTURA

TÍTULO: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 105/2018

Y SU ACUMULADA 108/2018

AUTOR: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN

Este reporte tiene como fin la identificación de lo más significativo en el caso de Acción de Inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y Senadores Integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 22 de noviembre de 2018, en contra de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos para declarar la invalidez del Decreto por la que se expido dicha Ley violando el procedimiento legislativo y a su vez deficiencias legislativas con impacto en todo el ordenamiento lo que causa la invalidez del Decreto.

Por un lado, los Senadores argumentan que esta Ley quebranta el principio de autonomía presupuestaria protegido por los artículos 75 y 127 de la Constitución  y la constitucionalidad del articulo 15 fracción IV de la Ley en cuestión que menciona la facultad de la Auditoría Superior de la Federación para formular denuncias de juicio Político, en referencia a lo estipulado en el artículo 109 de la Constitución , aunque este último no tuvo algún pronunciamiento en contra por lo que como se nombró en el considerando cuarto de esta sentencia existe una resolución judicial por la cual se declara que existe un obstáculo jurídico o de hecho que impide la decisión sobre el fondo de la controversia.

Por otro lado, la Comisión de Derechos Humanos (2019) reclama derechos vulnerados para los gobernados en el articulo 6 de la Ley al perder un derecho de forma automática, y esto quebranta lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Constitución, los cuales protegen los derechos a la seguridad jurídica y audiencia, ya que no da oportunidad al servidor público de ser escuchado y ofrecer pruebas para defenderse o manifestarse, ya que ni siquiera recibe alguna resolución en donde le establezca el fundamento y motivo de la sanción impuesta, a lo cual la Suprema Corte de Justicia se apoya en jurisprudencia del Tribunal Pleno para sustentar la importancia de seguir las formalidades esenciales del procedimiento y se tenga la garantía de audiencia en procedimientos de compatibilidad, ya que se debe de tener oportunidad para presentar y desahogar pruebas para defenderse, la oportunidad de alegar y el dictado de la resolución que solvente la decisión en caso de que se declare caso de falsedad, al no existir tal procedimiento se deja de cumplir con el fin de esta garantía que es evitar la indefensión del afectado. así mismo este artículo establece la determinación de las remuneraciones las cuales deben establecerse existiendo previo a ello un dictamen de compatibilidad en donde el servidor público lo solicita ya que declara bajo protesta de decir verdad que si recibe remuneraciones por ningún cargo publico en donde la unidades de administración dictaminan la compatibilidad o incompatibilidad del servidor público para el puesto en donde el darse el ultimo caso el servidor decide cual puesto conviene a sus intereses.

La Suprema Corte de Justicia resuelve que existe inconstitucionalidad de la norma puesto que la norma no previene ningún procedimiento en que si se diera el caso que el servido publico declare con falsedad o se le declare lo anterior, este tenga la oportunidad de alegar y probar su defensa en un procedimiento en el que se dicte una resolución fundada y motivada para la terminación de la relacion laboral y con ello se respete su derecho de legalidad, de seguridad jurídica y audiencia.

El análisis de acción de inconstitucionalidad en el reporte de lectura presentado deja ver un claro ejemplo de cómo la autoridad resuelve e interviene para aclarar e interpretar lo estipulado en la Constitución y declara la inconstitucionalidad de las Leyes que se contraponen a lo establecido en ella.

En cualquier orden jurídico pueden existir normas que se contraponen a la Constitución, para vigilar estos supuestos se lleva a cabo una Acción de Inconstitucionalidad, que como se menciona en el Informe de Actividades 2021 del la Comisión Nacional de Derechos Humanos (2021), es “un mecanismo de control que sirve para expulsar del Orden Jurídico las normas generales que sean contrarias a la Constitución, o a los Tratados Internacionales de los cales nuestro país es Parte (…)su efecto es la consiguiente anulación de las normas cuestionadas”

Además de la inconstitucionalidad, pueden existir conflictos entre los poderes u órganos de gobierno por diversos temas o cualquier tipo de violación a una ley de la Constitución, para resolver estos conflictos y conservar la Supremacía Constitucional, se lleva a cabo una Controversia Constitucional, definida por el Diccionario Jurídico Mexicano como:

” Son las controversias de carácter jurídico que, como consecuencia de la estructura federal y de la división de poderes en el Estado mexicano, pueden surgir entre diferentes órdenes normativos, entre órganos que pertenezcan a órdenes distintos, así como entre órganos que pertenezcan al mismo orden, las que pueden ser planteadas de forma directa ante el pleno de la SCJN, de acuerdo con la fr. I del a. 105 de la C” (pág. 884)

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