APUNTES DE MODULO DERECHO POLÍTICO.
jerealmandoTrabajo22 de Enero de 2016
3.124 Palabras (13 Páginas)380 Visitas
APUNTES DE MODULO DERECHO POLITICO
Introducción
Los antecedentes que se le entrega a cada alumno contienen las apreciaciones básicas de las Instituciones Jurídicas y Sociales que se reseñan en el programa de estudio, y que entregan las herramientas necesarias para el aprendizaje esperado de un alumno de técnico jurídico que le permite ser conocedor del bagaje adecuado para la comprensión del módulo que se imparte.-
Se deja expresa constancia que cada uno de los temas consignados en estos apuntes requieren la complementación de las materias que se tratan con mayor extensión durante las horas de clases presenciales, y que corresponde a la sola responsabilidad de cada alumno.-
DERECHO:
CONJUNTO DE NORMAS OBLIGATORIAS Y COERCITIVAS QUE REGULA LA VIDA EN SOCIEDAD Y DISPUESTAS A LA CONCECUCION DE UN FIN QUE ES EL BIEN COMUN..-
SOCIEDAD:
Grupo de personas vinculadas y relacionadas entre sí que nace de las condiciones inherentes del ser humano, y su característica de sociabilidad.-
Condiciones inherentes:
1.- Realidad humana, el ser humano está rodeado de múltiples seres o cosas animadas o inanimadas, con las cuales se vincula en forma cotidiana, por ende se requiere una normativa que regule dicha convivencia.-
2.-Es un ser sociable, es decir tiende naturalmente a relacionarse con todos los entes que rodean en las diversas actividades de la vida, formando desde ya una comunidad.-
3.- Politicidad en el entendido que establece relaciones con sus semejantes, y junto a ellos organiza la vida en común.-
Entonces dándose estas tres condiciones estaríamos en condiciones de hablar de una sociedad además con carácter de organizada, y que además debe tener los siguientes requisitos copulativos para ser considerada como tal: a saber
A) Formas de pertenecer y dejar de pertenecer a la misma.-
B) Mecanismo en virtud del cual definen a sus autoridades y por el lapso de tiempo que lo serán.-
C) Atribuciones de los órganos de poder.-
D) Definición de fines inmediatos y fines mediatos.-
E) Políticas publicas encaminadas a la consecución de los fines.-
Solo si estamos en presencia del cumplimiento de todos estos requisitos estaríamos en presencia de una Sociedad Organizada, que tendrá vital importancia como lo veremos más adelante cuando tratemos el tema de la legitimación del uso de la fuerza en forma coercitiva de parte de los órganos del Estado.-
Hemos dicho que la Sociedad, es un grupo de personas que establece nomas y/o pautas de conductas a fin de relacionarse adecuadamente para habilitar la vida en comunidad.-
Normas Jurídicas Y Normas Sociales ( culturales, religiosas etc )
En general una norma es considerada como pauta de conducta, que establece requerimientos propios de acorde a la estructura de la que se trate, con la finalidad de proceder a ordenar en forma igualitaria a los miembros de una determinada comunidad, cualquiera sea la naturaleza de la cual se trate.-
Si analizamos cualquier normativa que esté vigente, o haya estado vigente en nuestra comunidad y que sea de carácter social, veremos que a grandes rasgos la diferencia con la norma jurídica, es la obligatoriedad de manera coercitiva para exigir su cumplimiento, y la sanción punitiva por su trasgresión, además el órgano generador del cual procede.-
Norma Jurídica.
Características:
Procede del órgano del Estado.-
Es obligatoria para todos los habitantes de Republica.-
Es coercitiva, en los términos ya reseñados.-
Características de la Normas Sociales
Procede de una organización privada, de cualquier naturaleza que esta sea.-
Es voluntario su cumplimiento en la medida que se desee o no seguir perteneciendo a dicha organización.-
No es coercitiva, en términos que no puede obligarse a su cumplimiento.-
EL ESTADO COMO SOCIEDAD MAYOR
Definimos el Estado como una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, destinada a la consecución del bien común.-
En el plano internacional se considera al estado como sujeto de Derecho y se le reconoce en la comunidad internacional
Como forma de Sociedad determinada para la consecución de un fin, parece muy fácil su definición, pero tiene las complejidades que a continuación pasamos a analizar.-
Para hablar de Estado necesariamente debemos requerir de ciertos elementos que tenga esta sociedad mayor para ser considerada como tal.-
1.- Nación, es una comunidad de personas que comparten un pasado y presente común, aspiran a los mismos intereses en el futuro, que los recorre una misma identidad.-
El artículo 10 de la Constitución Política del Estado nos señala quienes son chilenos o también denominados con- nacionales.-,
Generalmente la Nación se afianza más en la medida que su población es mas homogénea, ya que tendrán intereses comunes, por esta propia característica.-
2.- Territorio, aunque no es un requisito indispensable, ( estado judío), se hace necesario un espacio físico determinado ( frontera), donde se establezca la Nación, es decir esta comunidad de personas, y donde sea aplicable la normativa jurídica y donde se haga efectivo el ejercicio de la Soberanía.-
Clases de territorio:
- Terrestre, suelo y sub suelo determinado por las fronteras con los países limítrofes.-
- Aéreo: la proyección hacia arriba del espacio terrestre hasta al estratosfera.-
- Marítimo
En Dominio :12 millas medidas desde la línea de la costa de las más altas mareas son de territorio de dominio nacional.-
En Zona Económica exclusiva 200 millas desde la misma medición, siendo de dominio los productos de la pesca, del fondo del mar y riquezas del sub suelo.-
3.- Soberanía, la cual se define como nuestra capacidad de auto determinarnos para la consecución de nuestra finalidad, entendiendo como tal la manera o fórmula utilizada en las condiciones expresadas como una sociedad organizada que ya analizamos bajo el párrafo correspondiente.- Esta es conocida como Soberanía Interna
La soberanía externa es la obligatoriedad del respeto de la comunidad internacional de nuestra forma de auto determinarnos es decir a nuestra soberanía interna.-
4.- Poder.-
El cuarto elemento que debe tener el Estado es el poder en el entendido y para estos efectos como la facultad o autoridad para llevar a cabo una determinada acción, concretar algo o imponer un mandato.-
Así puestas las cosas, el poder es el ejercicio de las funciones por parte de una persona que ocupa un determinado cargo y que de acuerdo a la normativa legal, y dentro de la esfera de sus atribuciones también conferida por el ordenamiento jurídico debe actuar, es decir pone en movimiento su voluntad de acción para cumplir con la función asignada.-
Es inimaginable un Estado que no tenga poder para hacer cumplir sus estipulaciones, ya que pasaría a ser solo un órgano consultor, sin poder de decisión alguna, lo que implicaría la falta absoluta de orden, y entonces no tendríamos al Estado como una Sociedad Organizada.-
Interesante es que en este atributo del Estado aparece la figura del ordenamiento jurídico, es decir, del Derecho y por lo tanto se hace necesario precisar la relación que existe entre el Poder y El Derecho.-
Si siguen el racionamiento notaran que para que una autoridad actué válidamente en la esfera de sus atribuciones lo primero que debe tener es legitimidad de origen, lo que quiere decir que ocupe el cargo que detenta de acuerdo a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico vigente.-
Una vez que tenemos establecido que nuestra autoridad detenta el cargo en pleno cumplimiento de lo que la ley dispone, entonces analizamos si su actuar se ajusta a las atribuciones que la legislación le establece para tal efecto, y estamos en presencia entonces de la figura conocida como legitimidad de ejercicio.-
Tenemos que tener muy claro que ninguna autoridad, ni persona, en su actuar , se puede irrogar más facultades de las que le confieren la Constitución Política del Estado y las leyes..-
Se observa entonces una relación estrecha entre el Derecho y el Poder del Estado, en términos tales que podría decir que su relación es recíproca, es decir, el Estado ejerce una influencia poderosa en la formación de las leyes ( El Derecho ) y en la aplicación de las normas jurídicas, así también el Derecho limita el Poder, ya que este el que atribuye las facultades con que este actúa.- Ver Art. 7 Constitución Política del Estado.
Por lo tanto no erramos si consideramos que la relación que existe entre ellos se resume en que El Poder genera el Derecho, pero a su vez el Derecho limita al Poder.-
SEPARACION DE LOS PODERES DEL ESTADO
La Historia de cómo la sociedad hace la transición entre el poder omnímodo y concentrado en una sola persona que contiene todas las facultades del Estado, acaeció no hace mucho para los tiempos de la historia.-
Todas las comunidades reconocen como de orden natural de las cosas, que alguien debe asumir el mando de la misma, y durante los siglos se aplicaron diversos criterios de selección para quien encarnaba dicha función. Tenemos como ejemplos el más anciano de la tribu, el más fuerte de la comunidad, el más poderoso, el más rico, etc, pero el personaje más distintivo es la figura del Rey a quien se le asocia con el Poder proveniente de los dioses, el que hacía las veces de representante de estos en la tierra, lo que se extendía también a su descendencia.-
...