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Analisis penal


Enviado por   •  19 de Octubre de 2020  •  Apuntes  •  662 Palabras (3 Páginas)  •  93 Visitas

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Sentencia 22941 del 20 abril del 2006.

Temas específicos: menor de edad, acción a propio riesgo, principio de confianza penal, superación del riesgo permitido, homicidio culposo.

Magistrado ponente: PÉREZ PINZÓN, ÁLVARO ORLANDO

Corporación: corte suprema de justicia

Sala: sala de casación penal

Hechos

  • Los padres de la menor Dolly Johana de dos años de edad, se encontraban de vacaciones en Santa Marta.
  • Aproximadamente a los ochos de la mañana del día 29 marzo de 1997. Donde el padre y la menor de edad se dirigieron a la recepción del hotel para firmar unos documentos. Al cabo de unos minutos el padre se dio cuenta que su hija había desaparecido.
  • A cabo de la búsqueda de la menor, encontraron su cuerpo sin vida en el tanque de almacenamiento de agua del hotel.
  • por orden de la administradora del hotel (Martha Cecilia Ramírez Martínez) la tapa del tanque era retirada diariamente para medir el nivel de agua, y que para la obstaculización del paso eran puestos unos diversos muebles (escritorio y silla).
  • Al día siguiente del suceso se colocó una reja.

Actuación procesal: la señora Martha Cecilia Ramírez Martínez con base a la investigación del 23 de octubre del 2000, el Tribunal la acuso como autora del delito homicidio culposo. Cuya decisión fue apelada. La fiscalía delegada con el tribunal la ratifico el 30 de octubre del 2001.

Demanda:

  1. El apoderado dijo que le fueron vulnerados sus derechos a la igualdad, acceso a la administración de justicia y al debido proceso.
  2. La jurisprudencia desarrollo temas como el riesgo permitido, el principio de confianza y la prohibición de regreso.
  3. La apoderada incurrió en culpa de acción y omisión donde ella no adopto medidas preventivas para la obstaculización al tanque donde se debió colocar una reja en vez de colocar muebles y porque en el desarrollo de la búsqueda de la niña ordeno cerrar el tanque, impidiendo un rescate inmediato.
  4. Violación directa de los artículos 23 y 109 del código penal.
  5. Violación indirecta del artículo 25 del código penal.
  6. Relaciono varios testimonios, fotografías y el reglamento de propiedad horizontal, para concluir que la procesada como administradora del edificio estaba obligada a adoptar medidas para la protección de los residentes del hotel, entre las cuales se encontraba la de instalar una reja sobre el tanque para prevenir algún accidente. Por otra parte, las medidas de seguridad corresponden a la persona encargada de la administración, en este caso la responsabilidad era de la sindicada.

Por otro lado, el defensor se opuso a las pretensiones porque se dijo que se demostró que la acusada había tomado las prevenciones normales (colocar obstáculos preventivos cuando el tanque estaba destapado).

nunca causaron inconformidad del padre de la menor fallecida, quien en las asambleas no se quejó sobre la insuficiencia de las medidas.

Aclaró que las pruebas no decían lo afirmado por el casacionista en el segundo cargo.

Ministerio público: Recomienda no casar la sentencia por los siguientes motivos.

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