Aspectos Legales de la Protección Civil en Venezuela.
SarivanaTrabajo18 de Octubre de 2016
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Por: Sara González
Maracaibo, 02 de abril de 2016
Contenido
Introducción
Aspectos Legales de la Protección Civil
- Antecedentes Históricos de las Bases Legales de la Protección Civil en Venezuela
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
- Las Leyes Orgánicas vinculadas a La Protección Civil
- Ley Orgánica de Seguridad a la Nación
- Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
- Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción
- Ley Orgánica de la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio
- Ley Orgánica del Ambiente
- Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
4. Leyes Ordinarias vinculadas a la Protección Civil
- Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana
- Ley de los Consejos Locales de Planificación Ciudadana (CLPP)
- Decretos Leyes vinculados a la Protección Civil
- Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres.
- Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley del Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Reestructuración del Sistema Policial y Demás Órganos de Seguridad Ciudadana.
Conclusión
Referencias de Consulta
INTRODUCCIÓN
Antes de dar inicio al desarrollo del tema “Aspectos Legales de la Protección Civil en Venezuela”, es conveniente dar un breve repaso sobre el Sistema Jurídico Interno venezolano, básicamente en el contexto de la Protección Civil con la finalidad de reconocer la posición de las leyes entre sí. Por lo que para este tema de estudio, se estarán revisando algunas leyes orgánicas, leyes ordinarias y decretos leyes relacionadas con esta materia de Protección Civil.
En el sistema jurídico interno venezolano y dentro del contexto de estudio de los “Aspectos Legales de la Protección civil en Venezuela, se describirá la jerarquización de de las leyes vinculadas, comenzando indudablemente, con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual ocupa el primer escalón en la pirámide de jerarquización jurídica, por ser la Ley Suprema de la Nación.
En el segundo escalón, se estarán revisando las Leyes Orgánicas vinculadas con la Protección Civil, las cuales, después de la Carta Magna, son leyes que están por encima de las otras leyes, por el hecho de servir de marco normativo para esas otras leyes por lo que una ley orgánica será admitida por la Asamblea Nacional mediante votación calificada de las dos terceras partes de los integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Seguida a éstas, se encuentran las Leyes Ordinarias vinculadas con la Protección Civil, regulando temas generales, en abstracto sin tomar como referencia una situación concreta y fáctica. En última escala, se revisarán los decretos leyes que se vinculan a la materia de Protección Civil, las cuales son dictadas por el Presidente de la República, siendo una norma con rango de ley, sin que medie intervención o autorización previa del Parlamento.
Por lo tanto, para desarrollar este breve estudio, se estarán revisando en la historia, el proceso de participación civil en asuntos relacionados con la protección, seguridad, apoyo, entre otras acciones de participación en sucesos de urgencia, calamidades, necesidades, entre otras, con la finalidad de conocer la evolución de la Protección en Venezuela a través de la historia; así también, se estudiarán ocho artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, algunos artículos de la Ley Orgánica de Seguridad a la Nación, Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción, Ley Orgánica del Ambiente, Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, y la Ley Orgánica de la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio; otros artículos de la Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana, y la Ley de los Consejos Locales de Planificación Ciudadana (CLPP); también, varios artículos de Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley del Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Reestructuración del Sistema Policial y Demás Órganos de Seguridad Ciudadana.
Aunque se pueden apreciar otras leyes vinculadas a la Protección Civil, en este estudio se estarán revisando, aquellas de mayor relevancia por el objeto y aplicación de las mismas.
- Antecedentes Históricos de las Bases Legales de la Protección Civil en Venezuela
La Protección Civil como sistema de protección y asistencia, se pudiera decir que, forma parte de la vida social del ser humano desde que éste mismo existe como ente de la sociedad, su interrelación y acción en cuanto al cuidado de sus bienes comunes y del medo ambiente, además de su participación en medio de situaciones de caos.
Sin embargo, para que se asumiera la Protección Civil como un sistema de carácter jurídico pasó por un proceso circunstancial de eventos en el mundo a través de los tiempos, hasta que en la primera mitad del siglo XX, nace el 12 de agosto de 1949, la figura jurídica de Protección Civil.
En el caso de Venezuela, se puede hacer un breve recorrido por la historia y apreciar el proceso de desarrollo, conformación y nacimiento jurídico de la figura Protección Civil como tal y la importancia que tiene desde las bases legales del ordenamiento jurídico de nuestro país.
Proceso Histórico de las Bases Legales de la Protección Civil
Siglo XIX: Durante la época independentista, se le dio gran importancia a la protección y salvaguarda de vidas humanas.
1812: Como consecuencia del terremoto, la emigración al oriente del país y el paso de por los andes, la población civil se unió de forma organizada para prestar ayuda colectiva.
1814: En plena guerra de independencia, el avance realista hacia Caracas fue muy poderoso, dando lugar al desplazamiento de la mayoría de la población, huyendo hacia el oriente del país. Fue una movilización conformada por hombres, mujeres, niños y ancianos; organizados en grupos de servicios, entre los que figuraba la de salvaguardas de vidas humanas.
1816: Evoluciona la organización de los grupos y surgen los grupos denominados “Juntas de Subsistencias”, para garantizar a la población en huida, la obtención de alimentos y refugios.
23 de marzo de 1936: Durante el gobierno de Eleazar López Contreras, se creó el “Puesto de Socorro para Prestar Servicio Médico a las Víctimas de Accidentes”, según Gaceta Oficial N° 18.913.
17 de julio de 1938: Se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, se asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas, según Gaceta Oficial N° 19.637.
7 de septiembre de 1943: Bajo el gobierno del General Isaías Medina Angarita, se dicta el Decreto N° 175, creando la “Junta Nacional de Socorro”, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, para atender a las personas que resultaron afectadas por inundaciones del Río Orinoco, siendo la primera referencia histórica en Venezuela, sobre la creación de un ente del Estado destinada a la atención de situaciones de desastres.
16 de noviembre 1943: Se dicta resolución en donde se reglamenta su campo de acción a centralizar los fondos voluntarios y del Tesoro Nacional para atender a los damnificados, según Gaceta Oficial N° 21.199.
21 de mayo de 1958: El Dr. Espíritu Santo Mendoza, actuando como Ministro de Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea la “División de Socorro y Defensa Civil”, adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales; esta es la primera vez en la historia de nuestro país que aparece escrito en un documento oficial la palabra “Defensa Civil”; y ese mismo año, en el mes de noviembre, se crea el “Comité Consultivo de la División de Socorro” integrado por la Cruz Roja venezolana, Junta de Beneficencia Pública del Distrito Federal, Sanidad Militar, Servicios Médicos del Seguro Social, Hospital Universitario y posteriormente ampliado por el Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, Asociación de Scouts de Venezuela, Radio club Venezolano y Aéreo Club de Venezuela.
Julio 1961: Se decreta por la Presidencia, la creación de la Comisión Nacional de Socorro, para recabar ayuda y asistencia técnica para los sectores afectados por calamidades públicas.
1967: Motivado por el Terremoto de Caracas del 29 de Julio; se crea el “Comando Unificado Médico Asistencial (CUMA)” que prestó valiosos servicios a las víctimas del siniestro y en el cual la Defensa Civil prestó una destacada actuación.
16 de julio de 1969: Por Decreto Presidencial N° 96, se crea Fondo de Solidaridad Social (Fundasocial), cuyo objetivo era el de prevenir y reparar en lo posible los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que afecten o pudieran afectar a grupos apreciables de la comunidad.
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