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Atributos de personas fisicas y morales


Enviado por   •  14 de Abril de 2018  •  Ensayos  •  842 Palabras (4 Páginas)  •  212 Visitas

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Nombre:

                       Erick Gustavo Bonilla Mondragón

Matrícula:

                       17003500

Nombre del módulo:

                      Fundamentos de contabilidad V2

Título de la tarea:

                       Requisitos Legales de la Contabilidad  

Fecha de elaboración: 28/11/2017

1.- Atributos de las personas físicas y personas morales:

Los atributos de las personas físicas son: la capacidad, estado civil, patrimonio, nombre, domicilio y nacionalidad.

En contraste los atributos de las personas morales, son los mismos que de una persona moral, objetando solamente el estado civil, así mismo en la persona moral, encontramos que se trata de un grupo de personas físicas que se unen con un fin específico ya sea con o sin lucro, que son acreedores a ciertas obligaciones y derechos.

Capacidad: es la aptitud para ser titular de derechos o para que pueda ser sujeto a obligaciones.

Estado Civil: consiste en la situación particular de cada persona dependiendo de la relación que guarda con su familia, la sociedad y el estado

Patrimonio: es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y todo lo que esté relacionado a un valor económico de la persona.

Nombre: con el cual se designa a una persona y consta de su nombre(s) y apellidos(s), determinando su identificación personal.

Domicilio: Lugar en el que reside, con el propósito de establecerse en él.

Nacionalidad: es la pertenencia a la persona a una nación.

2.- Cuales son las 3 principales leyes que señalan la obligación de llevar contabilidad

Ley del impuesto sobre la renta; en el cual se debe de llevar la contabilidad de conformidad con el código fiscal de la Federación, su reglamento y el reglamento de esta ley efectuando los registros en la misma, cuando se realicen operaciones en moneda extranjera deberán registrarse al tipo d cambio aplicable en la fecha en que se concierten. Así como expedir comprobantes de las actividades realizadas y conservar una copia a disposición de la Secretaria de Hacienda

Reglamento del Código Fiscal de la Federación; los sistemas y registros contables, deberán llevarse por los contribuyentes mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor convenga a las características particulares a su actividad. Cuando se adopte el sistema de registro manual o mecánico, el contribuyente deberá llevar cuando menos el libro diario y el mayor, si es un sistema electrónico llevara como mínimo el libro mayor.

Ley del impuesto al valor agregado; Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su reglamento y el reglamento de esta ley y efectuar conforme a este último la separación de los actos o actividades de las operaciones de las que deba pagarse el impuesto por las distintas tasas, de acuerdo por las cuales esta Ley libera de pago.

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