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Bases Del Ordenamiento Territorial

jeanco03197329 de Mayo de 2014

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INTRODUCCION

El proceso de ordenación del territorio está regulado en Venezuela por un conjunto de leyes de carácter orgánico que, incluso, representan una limitación legal a las actuaciones sobre la propiedad privada, al libre juego de las fuerzas del mercado y a la afectación de recursos naturales, aspectos que no entran en consideración en la planificación regional del desarrollo. En este contexto, surge la planificación territorial - ambiental como una manera de combinar provechosamente las bondades de la ordenación del territorio y de la gestión ambiental.

Esta modalidad de planificación ha sido enriquecedora en el análisis de los sistemas ambientales venezolanos, en el desarrollo de una normativa ambiental de carácter administrativo y penal, en el perfeccionamiento de las metodologías de evaluación de impactos ambientales y en la generación de normas específicas para el control de la calidad ambiental. En cuanto a los instrumentos utilizados los planes de gestión ambiental y de manejo de áreas protegidas su desarrollo no ha estado a la altura de las expectativas de este proceso de planificación por cuanto no ha logrado atenuar los problemas ambientales, ni la estructura administrativa del Estado se ha adecuado para abordar un proceso por sí mismo exigente.

En todo caso, para comprender mejor el proceso de ordenación territorial - ambiental parece conveniente entrar a considerar, en primer término, los problemas de carácter socio territorial y los efectos negativos que la localización de las actividades económicas han provocado en el contexto geográfico nacional.

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DEFINICIONES:

ESPACIO GEOGRAFICO:

Es donde se desenvuelven los grupos humanos en su interrelación con el ambiente, por consiguiente es una construcción social, que se estudia como concepto geográfico de paisaje en sus distintas manifestaciones (paisaje natural, paisaje humanizado, paisaje agrario, paisaje industrial, paisaje urbano, entre otros).

Según Jean Tricart, “En su sentido más amplio, el espacio geográfico es la epidermis del planeta Tierra”.

Milton Santos (1996) define al espacio geográfico como una totalidad estructural formada por un conjunto indisociable, solidario y también contradictorio de sistemas de objetos y de acciones, no considerados de manera aislada, y visto a escala del mundo y del lugar.

El espacio geográfico al ser visto a escala del mundo o de la superficie terrestre como un todo adquiere una dimensión general, en tanto que cuando se le considera a escala local o regional y parte indisociable de esta superficie, se configura como un espacio más particular y concreto.

A la luz del planteamiento de Santos, M. (1996), podría expresarse que es en el espacio geográfico donde tiene lugar el desarrollo de la sociedad en interacción directa con el medio físico – natural. Constituye parte esencial de la dimensión espacial de las relaciones y procesos que allí se desenvuelven.

TERRITORIO:

Se trata de una ubicación geográfica que debe estar perfectamente delimitada. Ellos permiten definir y conocer su identidad demográfica, los recursos naturales que posee y por tanto elaboran planes y programas que garanticen su desarrollo.

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El Ordenamiento Territorial

se define como " un conjunto de acciones concertadas emprendidas por la nación y las entidades territoriales, para orientar la transformación, ocupación y utilización de los espacios geográficos, buscando su desarrollo socio económico y teniendo en cuenta las necesidades e intereses de la población, las potencialidades del territorio y la armonía con el medio ambiente"

EL PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

La ordenación del territorio es una disciplina moderna surgida por la necesidad de compensar la pérdida de suelo a causa del crecimiento urbano. Con ello se pretende mejorar las condiciones de vida de todas las poblaciones a partir de la planificación, desarrollo, conservación y renovación de los centros poblados. Es de vital importancia para esta disciplina garantizar la salvaguarda de los recursos naturales y su uso sustentable, los cuales son necesarios para la vida. Esto permite el desarrollo social y económico de la sociedad, en perfecto equilibrio con el cuidado y la conservación del ambiente.

Función pública que tiene por objeto establecer el marco de referencia espacial necesario para las distintas actividades humanas, ya sean: asentamientos humanos, actividades productivas o de protección de los recursos naturales, señalando a su vez, la vocación de las diversas zonas del territorio.

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Dentro de este contexto, el Ordenamiento Territorial trasciende su consideración de apéndice o complemento de las políticas de desarrollo económico para convertirse en un nuevo enfoque, un nuevo estilo de planificación, un nuevo sistema de valores, o una utopía, en la que la visión sectorial y economicista del desarrollo, cede su paso a una visión integral, humanista y prospectiva, en la cual las políticas económicas incorporan los valores de sostenibilidad ambiental, equilibrio regional y bienestar social.

Según Ortíz y Massiris, 1993

“Visto así, en el Ordenamiento Territorial el espacio pierde el carácter pasivo propio de la visión sectorial, para convertirse en estructurante de los objetivos, las políticas y las acciones públicas y privadas, tanto sectoriales como territoriales. Se trata, en este caso, de articular los objetivos económicos, sociales, ambientales y administrativos con el territorio, racionalizar las actuaciones sobre éste y orientar provisoriamente su desarrollo y aprovechamiento sostenible, basado, especialmente, en estrategias de uso, ocupación y manejo del territorio y de desarrollo territorial”

ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO VENEZOLANO

Según el Proyecto de Ordenación del Territorio, impulsado por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente en Venezuela, uno de sus objetivos específicos es: «Proporcionar una herramienta que permita establecer las políticas, estrategias, directrices y opciones de ordenación y manejo, que permitan mantener o mejorar la oferta de bienes y servicios generados por los ecosistemas, armonizándola con las necesidades de la población local, en términos de mejorar el bienestar humano y la calidad de vida de la población».

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La legislación venezolana y el ordenamiento del territorio nacional

En nuestro país está en vigencia, desde el año 1986, la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. En su artículo 2 establece: «A los efectos de esta Ley, se entiende por ordenación del territorio la regulación y promoción de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico espacial, con el fin de lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población, la optimización de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización del ambiente, como objetivos fundamentales el desarrollo integral». Actualmente la Comisión de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenación del Territorio, y los demás ministerios relacionados con el tema, están trabajando en una nueva propuesta

de ley que pronto presentarán al Ejecutivo Nacional.

EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL

Implica comprender la manera en que un determinado sistema social se conoce, organiza y asigna los recursos humanos y materiales con el objeto de resolver interrogantes relativas al qué, por qué, para quién y cómo producir bienes y servicios, asimismo relativas a los efectos de los proyectos económicos y obras de infraestructura sobre la base de sustentación ecológica.

Que todo proceso de ordenación territorial - ambiental es de naturaleza técnica, sociopolítica, cultural, económica y administrativa, de carácter sistemático, racional, teleológico y axiológico, que busca responder a las demandas socioeconómicas en función de una oferta territorial y en consideración con las condiciones de la base de sustentación ecológica.

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Objetivos del Ordenamiento Territorial

Es una política de Estado porque el proceso se articula a instrumentos de orden administrativo, legal y político-institucional, y a estudios para la acción y la gestión. Implica, además, la toma de decisiones para intervenir una realidad, los mecanismos de gestión y los instrumentos de evaluación y ajuste, de manera que sea pertinente y se mantenga vigente.

Es un proceso planificado porque se articula a varios momentos o etapas de planificación: diagnóstico operativo de validación, que implica la generación de un conocimiento adecuado a la realidad socio territorial y ambiental; la prospectiva o visión a futuro; el diseño de acciones de intervención de esa realidad; la definición de los mecanismos de gestión y los instrumentos de evaluación y ajustes, de manera que el proceso sea pertinente y se mantenga vigente.

Es de naturaleza técnica debido a que requiere el manejo

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