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Ordenamiento Territorial


Enviado por   •  20 de Octubre de 2014  •  2.188 Palabras (9 Páginas)  •  164 Visitas

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Es un Estudio, que nos dice la forma como podemos utilizar de la mejor manera los recursos que tenemos en nuestro caserío, centro poblado, distrito o provincia. Es decir, con los recursos que hay en nuestro Territorio. Este estudio dice cómo y en dónde debemos de sembrar y criar en nuestras comunidades.

El Plan de Ordenamiento Territorial es la forma como planificamos nuestras actividades productivas en la chacra y en la cuenca para lograr mejores cosechas. Es también para saber cómo vivimos mejor sin malograr el medio ambiente, cuidando que siempre existan variedad de animales y plantas en nuestro distrito o cuenca, para que podamos vivir sin temor a los peligros de la naturaleza.

¿QUIÉNES DEBEN DE HACER EL POT?

La municipalidad provincial o distrital, junto con las otras instituciones del Estado y la ONGs forman un equipo de trabajo y en coordinación con las organizaciones de los centros poblados y los caseríos hacen reuniones conjuntas para elaborar el POT.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Para ponernos de acuerdo. En asamblea comunal debemos de pensar en cómo es que queremos salir de la pobreza, conservando las tierras y haciendo buen uso de las aguas, viendo qué cultivos nos dan alimento todo el año y qué cultivos debemos de sembrar para vender. Lo más importante es que después los acuerdos deben de ser trabajados por todas las organizaciones de la comunidad. También debemos hacer compromisos de trabajo con las autoridades de la ciudad: si el campo tiene productos que vender, la ciudad se beneficia, todos ganamos.

Para elaborar lineamientos de política. Esos compromisos entre el campo y la ciudad se deben de escribir en actas y entonces se llaman lineamientos de política, sirve para que las instituciones y autoridades hagan el trabajo que deben y no otras cosas que a veces no necesitamos. Así todos ganamos.

Para organizar el trabajo. Cuando tenemos un plan de trabajo y lo coordinamos entre todos, hacemos más y mejores obras en menos tiempo, todos ganamos.

Para cuidar el medio ambiente. Conservar el suelo, utilizar de la mejor manera el agua, proteger las diferentes plantas y animales. La ciudad tiene agua y San Marcos con tantas cosechas que llegan del campo se hace más grande, los comerciantes de la ciudad se benefician y nosotros en el campo también, todos ganamos.

El Plan Nacional de Ordenación del Territorio comprenderá, las bases técnicas y económicas para la ejecución del propio Plan, las cuales se formularán en concordancia con la dinámica del desarrollo del país.

Los usos a que debe destinarse prioritariamente el territorio regional, de acuerdo a sus potencialidades económicas, condiciones específicas y capacidades ecológicas;

El señalamiento de la expansión sujeta a un régimen especial de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

Antes de su aprobación definitiva, los planes de ordenación urbanística serán sometidos, de conformidad con la legislación de la materia, a un período de audiencia pública de 60 días continuos a fin de que los interesados puedan conocerlos y emitir observaciones sobre los mismos, a cuyo efecto, el organismo respectivo deberá darle la necesaria difusión.

- Los planes sectoriales serán elaborados por los Despachos ministeriales competentes en cada sector conforme a la Ley Orgánica de la Administración Central, y en su elaboración deben seguirse, conforme lo determine el Reglamento, las previsiones de participación y consultas previas en los artículos27 y 28

Los planes de ordenación de las áreas bajo régimen de administración especial serán elaborados bajo la coordinación de los organismos competentes para la administración de cada una de ellas, con sujeción a los lineamientos y directrices del Plan Nacional de Ordenación del Territorio y de los Planes Regionales de Ordenación del Territorio.

En el proceso de elaboración, el proyecto de plan deberá ser sometido al conocimiento público con el objeto de oír la opinión de los interesados, y recibir los aportes de la comunidad debidamente organizada, todo lo cual se hará de conformidad con lo establecido en el Reglamento.

Del Control de los Planes de Ordenación del Territorio

El control de la ejecución del Plan Nacional de Ordenación del Territorio corresponde al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, y a los Gobernadores de las entidades federales, actuando en su carácter de agentes del Ejecutivo Nacional, conforme a las delegaciones que éste les confiera.

El control de la ejecución de los planes de las áreas bajo régimen de administración especial, con las facultades previstas en la legislación especial:

1) Las establecidas por mandatos de otras leyes, por los organismos competentes que en ellas se señalen.

2) En cuanto a las reguladas en esta Ley, de la siguiente manera.

a) Las Zonas Reservadas para la construcción de Presa y Embalse, por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables;

b) Las Costas Marinas de Aguas Profundas por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones;

c) Los Hábitats Acuáticos Especiales para Explotación o Uso Intensivo Controlado, por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables;

d) Las Áreas Terrestres y Marinas con Alto Potencial Energético y Minero por el Ministerio de Energía y Minas;

e) Las Zonas de Aprovechamiento Agrícola, por el Ministerio de Agricultura y Cría;

f) Las Planicies Inundables, por el Ministerio del Ambiente y de Recursos Naturales Renovables;

g) Las Áreas Rurales de Desarrollo Integrado, por el Ministerio de Agricultura y Cría;

h) Las Áreas de Protección y Recuperación Ambiental, por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables;

i) Los Sitios de Patrimonio Histórico Cultural o Arqueológico, por el Ministerio de Relaciones Interiores;

j) Las Reservas Nacionales Hidráulicas por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables;

k) Las Áreas de Protección de Obras Públicas, por el organismo responsable de la administración de la obra;

l) Las Áreas Críticas con Prioridad de Tratamiento, por el Ministerio del Ambiente delos Recursos Naturales Renovables;

m) Las Áreas Boscosas bajo protección, por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables;

n) Las Reservas de Biosfera, por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Renovables;

o) Las Áreas de Fronteras, conforme lo determine el Ejecutivo Nacional.

Tipos de Planes Nacionales Son planes nacionales, el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Operativo Anual Nacional, el Plan Nacional de Desarrollo Regional, los Planes Nacionales de Desarrollo Sectorial, el Plan Nacional de Desarrollo Institucional, los Planes Operativos y los demás planes que establezca la ley.

El Plan Nacional de Desarrollo define los objetivos, estrategias, políticas, medidas, metas y proyectos que orientan la acción de gobierno en el período constitucional. El Plan Nacional de Desarrollo debe ajustarse a la visión general de desarrollo del país, contenida en las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación.

El Plan Operativo Anual Nacional define los programas y proyectos estratégicos que llevará a cabo el Ejecutivo Nacional. El Plan Operativo Anual Nacional debe responder a las directrices contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como a las orientaciones financieras y de disciplina fiscal establecidas por el Ejecutivo Nacional en el marcoplurianual del presupuesto y en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

Una planificación sobre la cual se apoye una determinada política debe ser acompañada por un marco coherente de regulación.

Muchas veces sucede que los industriales utilizan los espacios para hacer lo que dicen que NO hacen. Es decir, acumulan donde no deben, transforman dónde no deben y hacen dónde no deben. Pero otras veces ellos han sido el polo de atracción, y entonces la planificación es la ausente.

No es posible entender como el Estado permite la ocupación de tierras en los alrededores de una planta industrial. No es posible entender cómo se planifica el crecimiento de las ciudades sin una planificación real de los espacios a ocupar. No es posible entender como legalmente no se opera contra los que aprueban los permisos, tanto sean de loteo de terrenos como de permisos de funcionamiento a determinadas empresas. No se entiende cómo no se actúa sobre quienes ocupan ilegalmente un terreno, o construyen ilegalmente.

Porque luego, ante una fatalidad, el Estado debe socorrerlos, bomberos, ambulancias, policías, Salud Pública, etc. Si no hubieran estado allí, la historia sería diferente.

Se debe dar mayor cabida a la planificación ambiental desde un marco multidisciplinario. No hay opción. La ausencia de planificación es la realidad de muchas sociedades actuales.

La ordenación del territorio en Venezuela tiene una base jurídico-constitucional, tanto en lo que se refiere a la planificación como a las instituciones que van a llevarla a cabo; de manera tal que, el ordenamiento jurídico nacional contiene una serie de actos normativos de rango legal y sub legal que se acogen a los preceptos constitucionales en materia territorial.

Hoy en día existe un marco jurídico e institucional que sirve de base o soporte a la política territorial, tomando a la vez en cuenta las diferentes demandas que en el ámbito nacional, regional y local están presentes. Este marco jurídico está constituido por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV,1999), luego una serie de leyes de carácter orgánico (Ley Orgánica del Ambiente, Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, Ley Orgánica de Régimen Municipal, Ley de Planificación, entre otras), leyes especiales, reglamentos y decretos presidenciales, que contienen los lineamientos para el ordenamiento territorial en sus diferentes rangos (constitucional, legal y sub legal) y que responden a los deseos de bienestar, y en general, a mejorar y elevar la calidad de vida de las personas, de acuerdo al modelo político que se tiene en la actualidad, tal como se señalara anteriormente.

Concepto y Alcances de la Planificación Ambiental

La planificación ambiental, como política para el desarrollo sustentable, es un proceso que parte de la noción de comprometer a la sociedad con la comprensión de que sus posibilidades de trascender exigen tener como centro la armonía con el patrimonio natural y el respecto al entorno vital, por cuanto se encuentra indisolublemente articulada a las condiciones y cualidades del medio geobiofísico y a las estructuras ecológicas existentes, máxime cuando la base de sustentación ecológica y los recursos naturales configuran parte sustantiva de la oferta territorial donde se sustentan todas las sociedades humanas.

Concepto y Alcances de la Ordenación Territorial – Ambiental

La planificación moderna del desenvolvimiento de las actividades económicas y sociales, de la producción de bienes y servicios, de los medios de transformación de la base patrimonial natural y de los impactos de carácter socio territorial y ambiental provocados por las acciones de intervención del hombre, es indispensable para asumir con mayor certidumbre, eficiencia y equidad los retos de la sociedad actual y de las generaciones futuras.

Implica comprender la manera en que un determinado sistema social se conoce, organiza y asigna los recursos humanos y materiales con el objeto de resolver interrogantes relativas al qué, por qué, para quién y cómo producir bienes y servicios, asimismo relativas a los efectos de los proyectos económicos y obras de infraestructura sobre la base de sustentación ecológica.

El instrumento básico del proceso técnico es el Plan de Ordenación Territorial - Ambiental, elaborado a partir de la constitución de un equipo interdisciplinario, del manejo de una base documental, gráfica, cartográfica y estadística, de generación de información, así como del sondeo de opinión y de conciliación de criterios de diferentes actores sociales vinculados a cada uno de los momentos en que se desenvuelve el proceso, que en esencia debe ser consensual - participativo para evitar los enfoques tecno-burocráticos y, por supuesto, teniendo como marco de referencia la normativa legal y las estructuras institucionales existentes.

El Objeto de la Ordenación Territorial – Ambiental

Todo proceso de ordenación territorial - ambiental pretende incidir sobre unas condiciones geobiofísicas en un territorio determinado, articuladas a la dinámica socioeconómica. Ello significa que el objeto de la ordenación territorial - ambiental es intervenir los sistemas geobiofísicos y socioeconómicos para lograr objetivos socioterritorial y ambientales referenciados geográficamente, de manera de lograr satisfacer las necesidades del crecimiento económico y social, la dinámica del poblamiento, la asignación de usos y la localización de actividades económicas permisibles, el equipamiento territorial y la accesibilidad, en un todo armónico con la base de sustentación ecológica, en la búsqueda, además, de mitigar, corregir y prevenir los efectos negativos provocados por las actividades económicas y sociales que promueve el Estado o los particulares. Es decir, su propósito general es adecuar y preservar la base de sustentación ecológica, entre ellos los recursos naturales, en atención a las demandas socioeconómicas y reorientar dichas demandas si la fragilidad ecológica así lo recomienda y si las condiciones y cualidades de los recursos naturales no favorecen su aprovechamiento intensivo, así como la asignación de usos del territorio y la localización de actividades económicas e infraestructuras asociadas a los mismos.

En los procesos de planificación y gestión territorial - ambiental no existe ninguna receta que pueda ser válida para cualquier situación. Por el contrario, se trata de un campo fértil en el que se debe profundizar en los fundamentos teórico - metodológicos y, fundamentalmente, en los mecanismos y enfoques de gestión, coherentes con una concepción de desarrollo que responda a los requerimientos esenciales de nuestras sociedades en armonía con su base de sustentación ecológica, que es donde se encuentra el corazón programático del desarrollo responsable como proyecto de país.

A nivel nacional ni siquiera se han alcanzado las metas mínimas, como viene a ser la planificación física, es decir la asignación de uso de las tierras, localización de poblaciones y actividades económicas en los espacios más idóneos.

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