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COMERCIANTE INDIVIDUAL: CAPACIDAD LEGAL Y CARÁCTER PROFESIONAL


Enviado por   •  6 de Agosto de 2019  •  Trabajos  •  997 Palabras (4 Páginas)  •  1.179 Visitas

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COMERCIANTE INDIVIDUAL: CAPACIDAD LEGAL Y CARÁCTER PROFESIONAL

CAPACIDAD LEGAL

Como punto de partida, es necesario señalar el objetivo de la capacidad jurídica, dentro del Código Civil,  el cual es un conjunto de normas que regulan el control civil de personas físicas y morales, sin importar que sean públicas o privadas. Vigente expedida por el presidente de los Estados Unidos Mexicanos en turno, Plutarco Elías Calles; en el  título primero que lleva por nombre “De las personas físicas”, particularmente del artículo 22 al 24, menciona que la capacidad jurídica es aquella que se adquiere desde que se nace hasta que se muere, nos hace acreedores de derechos y obligaciones, no obstante muestra las incapacidades existentes como los menores de edad o personas que presentan capacidades diferentes.[pic 1]

El Código de Comercio, por su parte es el conjunto de normas que regulan todas las actividades de comercio, así como exponer los derechos y obligaciones de los comerciantes, vigente expedida el 4 de Junio de 1887 por el entonces presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Porfirio Díaz.

Ahora bien, por definición la capacidad legal dentro del comercio es entendida como aquella facultad que posee un individuo, que tiene la voluntad para responder por obligaciones y gozar de derechos, dado que el comercio celebra contratos, las personas que se dediquen a ello, están sujetos a los derechos y obligaciones que, respectivamente, éste genere.

Principalmente, dentro del título primero de este código, se encuentra el artículo 5, el cual menciona que el individuo que posee capacidad legal para ejercer el comercio es aquella que es competente para contratarse y obligarse, además de que ninguna ley le prohíbe literalmente ejercer la profesión de derecho.[pic 2]

En el artículo 3, el cual hace referencia a las personas que son consideradas como agentes del comercio, como primer punto están los individuos que cuentan con la capacidad legal y practican esta actividad continuamente como ocupación; las sociedades mercantiles por ley, y las empresas o sociedades extranjeras que practiquen el comercio dentro de los Estados Unidos Mexicanos.

No obstante, el artículo 12 expone acerca de las personas que no  tienen la capacidad de ejercer el derecho, que son los corredores, entes en bancarrota que no han sido rehabilitados, personas o sociedades que son acusados y condenados por la realización de delitos contra la propiedad.

Dentro del mismo código, en el artículo 76 muestra las operaciones que no son consideradas comercio, tales como los artículos comprados para consumo propio  o familiar de los declarados comerciantes, es decir, mercancías de limpieza, comida, ropa, artículos para menores de edad, diversión, etc.[pic 3][pic 4]

CARÁCTER PROFESIONAL

Para poder tener en claro lo que es el carácter profesional, primero es necesario tener conocimiento previo de la formación profesional, que es un paso antes de llegar al carácter profesional; la formación profesional es el conjunto de aprendizajes que se adquieren, dotando de capacitación a los individuos para que éstos puedan ejercer una profesión, además de instruirlos para que cuando se  presenten cambios dentro de su ámbito laboral, puedan adaptarse mejor.[pic 5]

Estos aprendizajes no sólo se basan en conocimientos académicos, sino que tienen una repercusión en los factores culturales y personales, los cuales se ven  evidenciados en el actuar  de estos individuos, algo que va relacionado con la ética.

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