Comerciante individual
Leslie1235 de Junio de 2015
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Comerciante individual es la persona que realiza actos de comercio según el código que tenga capacidad de ejercicio Los menores de edad, mayores de dieciocho años, que hayan sido emancipados o habilitados.
Los mayores de dieciocho años, no emancipados, que hayan sido autorizados por quienes tengan sobre ellos la patria potestad o tutela. La autorización podrá otorgarse sin sujeción a procedimiento judicial alguno y no será revocable; pero ha de constatar siempre en escritura pública e inscribirse en el Registro Público de Comercio.
Requisitos formales y legales
Escritura de Constitución
Publicación en Diario de Mayor circulación
Testimonio de Escritura Pública una vez que se tiene el recorte de la publicación.
Registro en la Cámara de Comercio
Pago del Registro (Banco Atlántida)
RTN (DEI) (Copia escritura de declaración, sello de registro mercantil)
Permiso de Operación (Alcaldia) (copia escritura de declaración, sello del registro mercantil, solvencia municipal, recibo pago local o si es propio pues pago de bienes inmuebles, compatibilidad de uso de suelo, formulario.
Datos de la escritura de declaración
Esta es la información básica que ya debería de tener en cuenta al momento de ir a donde el notario.
Nombre completo, domicilio, nacionalidad, estado civil, número de tarjeta de identidad.
Finalidad (a lo que se va a dedicar).
Razón o denominación (como va a llamarse la empresa).
Capital (tiene que ser mínimo L.5, 000).
Domicilio de la empresa (dirección física adonde se ubicara).
Quien va a ser el administrador (que en este caso sería usted o va a designar a alguien más?).
COSTO
Los cargos por la inscripción dependen de la clasificación y tarifa vigente aprobada. A continuación un detalle:
Tarifa del Registro de Escritura de Comerciante Individual aprobada según Art. No.384 del Código de Comercio del 22 febrero 2001.
Tarifa Tarifa Categoría
De Lps. 1.00 a Lps. 100,000.00 Lps. 350.00 A
De Lps. 100,001.00 a Lps. 200,000.00 Lps 450.00 B
De Lps. 200,001.00 a Lps. 300,000.00 Lps 550.00 C
De Lps. 300,001.00 a Lps. 400,000.00 Lps 650.00 D
De Lps. 400,001.00 a Lps. 500,000.00 Lps 750.00 E
De Lps. 500,001.00 a Lps. 700,000.00 Lps 1,400.00 F
De Lps. 700,001.00 a Lps. 1, 000,000.00 Lps 2,000.00 G
De Lps. 1, 000,001.00 en adelante Lps 2,600.00 H
El Colegio de Abogados de Honduras establece que el notario debe cobrar en base al capital inicial de la empresa 5% por los primeros veinticinco mil Lempiras (25,000.00) y el 3% por el capital restante.
Requisitos para la inscripción en la Cámara de Comercio e Industrias:
Solicitud de inscripción (formulario extendido por la C.C.I. en cada solicitud).
Constancia de la Inscripción en el Registro Público de Comercio.
Original y fotocopia de la Declaración de Comerciante Individual.
Finalmente: Le devuelven el testimonio con los sellos, lo cual sirve de constancia para acreditar de que ya la persona está inscrita como comerciante individual.
Tiempo de Resolución:
De estar correctamente elaborada la escritura, este trámite se tarda aproximadamente 2 (dos) meses.
En el caso de
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