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Con la ley 755 de 2002


Enviado por   •  30 de Enero de 2020  •  Tareas  •  642 Palabras (3 Páginas)  •  93 Visitas

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Con la ley 755 de 2002

La madre solo gozaba de 12 semanas de licencia remunerada y si el padre quería estar con ellos la madre cedía una semana para tener así un total de 11 semanas

A CUANTAS SEMANAS TIENE DERECHO LA MADRE Y EL PADRE?

  • La madre tiene derecho a gozar de 14 semanas de licencia de maternidad las cuales serán remuneradas.
  • El padre gozara de 8 días de licencia siempre y cuando lleve el registro civil a la EPS antes de 30 días de haber nacido el bebe.

¿Qué pasa si los dos padres son cotizantes?

  • La madre podrá reclamar la licencia de 14 semanas y el padre de 8 días.
  • Cuando solo el padre es cotizante el podrá gozar de la licencia de 8 días, por el contrario la madre no podrá reclamar la suya debido a su condición de beneficiaria.

 

Es necesario que el padre y la madre coticen individualmente en la misma EPS para reclamar sus licencias?

  • La norma no obliga a dicha condición, el único requisito para que ambos gocen de las licencias es que coticen al sistema de  salud.

Fuero de maternidad

  • En el articulo 240 del mismo código se encuentra prescrita la eficacia de la prohibición de despedir a una mujer embarazada o lactante.
  • Para que la mujer sea despedida el empleador debe solicitar una autorización previa ante el inspector de trabajo y en caso que no exista este cargo con el alcalde.
  • Esta autoridad solo puede otorgar el permiso si demuestra que el contrato será terminado por justa causa , así se descarta la posibilidad de que el despido sea el embarazo o la lactancia, es decir se excluye discriminación.

Contrato a termino fijo

  • Si el empleador conoce el estado de gestación de la trabajadora y la despide se pueden presentar dos situaciones:
  • Si la desvincula antes del vencimiento del contrato sin calificación justa por el inspector de trabajo, se debe aplicar la protección derivada del fuero establecido en la ineficacia del despido y será reintegrada junto con el pago de las obligaciones dejadas de recibir. Protección establecida en el art 239 del CST y cumple con la protección contra la discriminación.
  • Si la desvincula cuando el contrato haya finalizado alegado esta causa, el empleador debe acudir antes del vencimiento de plazo pactado ante el inspector de trabajo para que determine si hay causas objetivas  para la terminación.  
  • Si el inspector determina que no subsisten causas se dará por terminado el contrato al finalizar el tiempo y deberá pagarse las cotizaciones que garanticen el pago de la licencia de maternidad.
  •  Si no acude ante inspector el juez de tutela ordenara el pago de cotizaciones durante la gestación y la renovación sólo sería procedente si se demuestra que las causas del contrato laboral a término fijo no desaparecen.
  • Si el empleador acude ante el inspector y este determina que subsisten causas  del contrato , deberá extenderlo por lo menos hasta cumplir los 3 meses de licencia.
  • si el empleador no conoce el estado gestante:
  • Si la desvincula antes de finalizar el contrato sin alegar justa causa, se debe ordenar el reconocimiento de las cotizaciones durante la gestación, la renovación del contrato solo se dará si se demuestra que las causas del contrato no desaparecen.
  • Adicionalmente se puede alegrar que se paguen indemnizaciones por despido sin justa causa.
  • Si la desvincula antes del vencimiento pero alega justa causa distinta a la modalidad del contrato, se debe ordenar pago de cotizaciones durante el periodo de gestación.
  • Si la desvincula una vez vencido el contrato , alegando esto como justa causa, la protección debe ser de las cotizaciones como mínimo del periodo gestante y la renovación del  contrato solo será si se demuestra que las causas no desaparecen. En este caso no hay obligación de pagar salarios que no se han recibido.

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