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Contitucion De 1917


Enviado por   •  16 de Febrero de 2014  •  689 Palabras (3 Páginas)  •  398 Visitas

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Constitución de 1917

Si bien es cierto México mantiene un sistema centralista desde el punto de vista teórico somos una república representativa democrática y federal, ello en base a la constitución política de 1917 elaborada en la ciudad de Querétaro y promulgada el 5 de Febrero, como bien sabemos la constitución es la base de sustentación de un Estado, en esa dimensión, el Estado mexicano mantiene como ley suprema a dicha constitución de 1917 la cual se encuentra dividida en dos partes esenciales: la dogmática y la orgánica.

La primera son los principios filosóficos esenciales, conformada por las garantías individuales y sociales y que se ubican en los primeros 29 artículos, además del 123 constitución. Las garantías sociales fueron una novedad en el mundo del derecho constitucional siendo la constitución de 1917 la primera en su género que las incluyo.

Dos años antes que lo hiciera la constitución de Baymar en Alemania esas garantías sociales se definen como principios y señalamientos en beneficios de clases desposeídas, aunque con ello se tengan que limitar garantías individuales. Siendo estas últimas también denominadas derechos individuales.

Es pues el caso que las garantías sociales en esencia se encuentran en el art. 27 y 123, el primero referente a los derechos campesinos, ósea que quienes trabajan la tierra y que históricamente se han visto marginados.

El 123 se refiere a las garantías y derechos básicos de los obreros y además en un apartado B, se refiere a las garantías de los empleados del sector público.

Algunos autores consideración que debe incluirse como una garantía social lo señalado en el art. 3° constitucional que se refiere al derecho a la educación, para otros autores es una exageración.

Las reformas que ha tenido nuestra constitución vigente han sido muy notorias ya que en su historia ha tenido 215 Reformas la cual hasta el 7 de Febrero de 2014 ha sido la última.

El 6 y 10 de junio de 2011, se publicaron dos importantes reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que impactan directamente en la administración de justicia federal.

La primera de ellas concierne fundamentalmente al juicio de amparo, institución protectora de los derechos fundamentales por excelencia, el cual se ve robustecido al ampliarse la procedencia del amparo respecto de cualquier norma general, al preverse su procedencia por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; con la introducción de figuras como el amparo adhesivo y los intereses legítimos individual y colectivo; la adopción de nuevos conceptos en torno a la violación de derechos por omisión de las autoridades; la declaratoria general de inconstitucionalidad cuyos alcances y condiciones se determinarán en la ley reglamentaria; la creación de

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