Definición contraloría social
irbel29Informe6 de Julio de 2013
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Definición contraloría social
La contraloría social, sobre la base del principio constitucional de la corresponsabilidad, es una función compartida entre las instancias del Poder Público y los ciudadanos, ciudadanas y las organizaciones del Poder Popular, para garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos o sociales. (Artículo 2 de la LOCS)
Finalidad
Para la prevención y corrección de conductas, comportamientos y acciones contrarios a los intereses colectivos, la presente Ley tiene por finalidad:
1. Promover y desarrollar la cultura del control social como mecanismo de acción en la vigilancia, supervisión, seguimiento y control de los asuntos públicos, comunitarios y privados que incidan en el bienestar común.
2. Fomentar el trabajo articulado de las instancias, organizaciones y expresiones del Poder Popular con los órganos y entes del Poder Público, para el ejercicio efectivo de la función del control social.
3. Garantizar a los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de la contraloría social, obtener oportuna respuesta por parte de los servidores públicos y servidoras públicas sobre los requerimientos de información y documentación relacionados con sus funciones de control.
4. Asegurar que los servidores públicos y servidoras públicas, los voceros y voceras del Poder Popular y todas las personas que, de acuerdo a la ley representen o expresen intereses colectivos, rindan cuentas de sus actuaciones ante las instancias de las cuales ejerzan representación o expresión.
5. Impulsar la creación y desarrollo de programas y políticas en el área educativa y de formación ciudadana, basadas en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar y en la ética socialista, especialmente para niños, niñas y adolescentes; así como en materia de formulación, ejecución y control de políticas públicas. (Artículo 5, LOCS)
¿Qué proporciona la Contraloría Social?
La participación ciudadana.
Difusión de una nueva ética socialista más allá del antiguo y corrupto sistema cuarto republicano.
La rendición de cuentas claras para todos y todas.
Promover valores éticos y una conciencia ciudadana.
Promover la comunicación directa del gobierno con los ciudadanos y ciudadanas
Por lo anteriormente expuesto, el SAPI pone a la disposición de los ciudadadanos y ciudadanos datos sobre la actuación de la institución, en esta Sección encontrarán, entre otros asuntos, información administrativa y financiera, estadísticas sobre la propiedad industrial (patentes, marcas y derecho de autor), asi mismo PROXIMAMENTE pondremos a la disposición un formato en el que se pueden realizar denuncias, quejas, sugerencias y/o comentarios que consideren deben hacer llegar a la institución, recordemos que la Contraloría Social implica la corresponsabilidad, todo aporte para nosotros es importante
Articulación del trabajo en redes socioproductivas
ojo leer:
En tiempos de la cuarta república (el rancho que estamos derrumbando) la norma general era el asistencialismo del Estado, todo lo referente a los problemas de la comunidad estaba en manos de sus representantes, al ciudadano no le quedaba otra alternativa que hacer la denuncia a algún burócrata para que resolvieran los problemas de su comunidad (generalmente no había respuesta, y cuando el ciudadano insistía lo marginaban o lo reprimían).
En el estado asistencialista el ciudadano no tiene que organizarse porque la burocracia esta ahí, organizada de antemano, para “peinar” la cancha, “hacer la comida” a la escuela y “a dar a comer” al tendido eléctrico; esta burocracia, está dirigida por representantes que el pueblo elige con toda la esperanza del mundo. Esto se denominó Democracia representativa. En ella el hombre y la mujer no solo pierden su libertad sino también su identidad y el valor de si mismo (a) como ser creador y responsable de su propia existencia, solo pueden participar por medio del voto. El modelo asistencialista no deja crecer y desarrollarse cualidades fundamentales de las comunidades como son la creatividad, la pertenecía y responsabilidad con su entorno.
Con la entrada en vigencia de la Constitución Bolivariana el panorama cambia diametralmente, desechamos a la vieja y decadente democracia representativa, y adoptamos la democracia participativa y protagónica, con base en la solidaridad, la horizontalidad y la corresponsabilidad.
La participación es un bien que ek Estado esta en la obligación de promover y nosotros estamos obligados a exigir. En el Art. 62 vemos: “…Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica (participación)”. El artículo 132 expresa: “Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social”.
Esta participación tiene dos grandes facetas la política que se materializa principalmente a través del voto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas; y la económica y social que se desarrolla a través de formas asociativas guiadas por valores de mutua cooperación y solidaridad. Veamos el Art.
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