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Derecho Análisis del incidente


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  1.190 Palabras (5 Páginas)  •  91 Visitas

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Análisis del incidente

Procedimiento de la ejecución en vía de apremio artículo 294 del Código Procesal Civil y Mercantil; en donde dice que se procederá la ejecución en vía de apremio  cuando se pida en virtud de los siguientes títulos, siempre que traigan aparejada la obligación de pagar cantidad de dinero, líquida y exigible:

  1. Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
  2. Laudo arbitral no pendiente de recurso de casación.
  3. Créditos hipotecarios.
  4. Bonos o cédulas hipotecarias y sus cupones.
  5. Créditos prendarios.
  6. Transacción celebrada en escritura pública.
  7. Convenio celebrado en el juicio

En el incidente expuesto trata de que el señor José Roberto Mendoza Galván recibió una notificación que iba dirigida a su hijo Alonso Ramón Mendoza Barrios la cual este se encontraba ausente a la hora que el notificador llego a dejar la notificación, por el cual el papa recibió dicha notificación diciendo que se la iba a dar a su hijo el fin de semana que iban a verse, ya que el ya no residía en esa residencia.

Al no juntarse con su hijo porque no había tenido comunicación con él, le dijo al señor juez que por ese medio iba a devolver la cedula de notificación ya que como él había dicho no residía en ese lugar; por consiguiente se cita el artículo 66 del CPCYM donde toda resolución debe hacerse saber a las partes en la forma legal y sin ello no quedan obligadas ni se les puede afectar en sus derechos; y también el artículo 67 del CPCYM donde se notificará personalmente a los interesados o a sus legítimos representantes: la demanda, la reconvención y la primera resolución que recaiga en cualquier asunto.

En el memorial de demanda se le solicita a la demandante que por cuerda separada (art 93 CPCYM “Las diligencias iniciadas para obtener la declaratoria se tramitarán siempre en cuerda separada, a efecto de que los recursos que se interpongan no interrumpan el curso del asunto principal”) y por no tener señalado por la ley procedimiento, se tramita la devolución de la cedula en vía incidental y que para el efecto confiere audiencia a la señora demandante por el plazo de dos días. También el demandante tiene que señalar lugar para recibir notificaciones, la cual está señalado en el artículo 79 del CPCYM (los litigantes tienen la obligación de señalar casa o lugar que estén situados dentro del perímetro de la población donde reside el Tribunal al que se dirijan, para recibir las notificaciones y allí se les harán las que procedan, aunque cambien de habitación, mientras no expresen otro lugar donde deban hacérseles en el mismo perímetro) y que el juzgador tercero rinda informe circunstanciado de la cedula de notificación y requerimiento de pago dentro del plazo de tres días.

Respuesta del memorial interpuesto:

La demandante fue notificada del memorial interpuesto por parte del señor José Roberto Mendoza Galván y compadece a evacuar la audiencia  dentro del incidente y ella manifestó al juez que el señor a sabiendas de que su hijo no residía en el lugar el señor se lo tenía que hacer saber al notificador y que en ese caso el señor no lo hizo y que por consiguiente ahora quiere evadir la obligación devolviendo la notificación habiéndola recibido y firmado, quedando de esa manera firme el requerimiento de pago de conformidad con la ley, ya que el notificador tiene fe pública.

En el artículo 135 de la Ley del Organismo Judicial indica que toda cuestión accesoria que sobrevenga y se promueva con ocasión de un proceso y que no tenga señalado por la ley procedimiento deberá tramitarse como incidente.

Artículo 136 Suspensión de proceso. Los incidentes que pongan obstáculos al curso del asunto se sustanciarán en la misma pieza de autos quedando éstos, mientras tanto en suspenso.

 Impide el curso del asunto todo incidente sin cuya previa resolución es absolutamente imposible de hecho o de derecho continuar sustanciándolo En todo caso el tribunal deberá calificar la naturaleza del incidente al darle trámite

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