Derecho.
brujemisInforme22 de Marzo de 2014
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• Poder: es un documento mediante el cual una persona otorga a otra - apoderado - el derecho a representarle.
• Fiscal: es el sujeto que actúa como representante del ministerio público en un tribunal.
• Informe previo a la sentencia: es el que contiene información amplia que ayuda a la corte a seleccionar el castigo apropiado.
• Por si:
• Por medio de apoderado:
• Convalidar un testamento:
• Duda razonable: es una duda con fundamentos de razón y no meramente caprichosa
• Demandado: Persona contra quien se actúa judicialmente
• Reconviniente:
• Reconvención: o contrademanda, es el acto jurídico procesal del demandado, simultaneo a su contestación a la demanda, por el que reclama, ante el mismo juez y en el mismo juicio, diversas prestaciones, a la parte actora.
• Dar por terminada la presentación de las pruebas:
• Sustanciación: Tramitación de un juicio hasta que está listo para sentencia
• Mediación: es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial
• Ejecución: acción que se concreta. eliminación física por determinado medio de una persona condenada a pena de muerte.
• Juicio: (del latín Judicare) es una discusión judicial y actual entre partes, y sometido al conocimiento de un tribunal de justicia.
• Orden de allanamiento: es el ingreso a un domicilio con fines de investigación, el registro del lugar (búsqueda de objetos o personas relacionadas con un delito) u otro acto procesal
• Defensa propia: la acción por la cual una o más personas repelen la agresión de otra u otras de tal suerte que causan un daño, en principio, castigado por las normas penales, pero que el legislador considera como eximente de la falta o delito
• Estatuto: Norma legal básica para el gobierno de un organismo público o privado.
• Derecho: es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado.
• Norma: es una regla u ordenación del comportamiento dictada por una autoridad competente, cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción.
• Ley: es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia.
• Reglamento: es una norma jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la Ley.
• Gaceta oficial: es el periódico oficial del Gobierno Constitucional de Venezuela. Su función es la publicación de leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los Poderes de la Federación Venezolana, a fin de que éstos sean observados y aplicados debidamente en sus respectivos ámbitos de competencia en el territorio nacional.
• Vinculante: procedimiento o documento, que impone una obligación efectiva a quienes están sujetos a su régimen
• Citación: es una resolución dictada por un juez o tribunal a través de la cual se envía una comunicación a una persona determinada para que se persone en el juicio en un día y a una hora determinada.
• Orden de comparecencia: es una resolución del Juez, emitida a petición del Ministerio Público, para que el inculpado se presente únicamente a rendir su declaración preparatoria en los casos que el delito no dé lugar a detención, por no tener señalada pena privativa de la libertad, o bien, aunque la tenga, ésta sea alternativa, como es el caso de la multa, siempre y cuando existan
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