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Divorcio incausado en Jalisco ( investigación)


Enviado por   •  11 de Mayo de 2017  •  Documentos de Investigación  •  11.838 Palabras (48 Páginas)  •  820 Visitas

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA[pic 1]

Centro universitario de la cienega

Sede: IMSS

Mtro. Lic José Elias MorenoTafolla

METODOLOGIA JURÍDICA

TEMA: El DIVORCIO INCAUSADO EN

JALISCO

Alumno: Alexa Galilea Laurent

Ruvalcaba.

Grado y Grupo: 2° G

INTRODUCCIÓN:

Los individuos de todo el planeta adquieren derechos y obligaciones desde que nacen hasta llegada su muerte, asimismo éstos se relacionan entre sí, atendiendo a su naturaleza, lo cual tiene como consecuencia que a cada instante surjan diversos comportamientos tomando en consideración la cultura, la economía e ideología de cada lugar, entre otras circunstancias; de igual manera es importante señalar que dichos comportamientos le son limitados a los sujetos, situación que se ve regulada en nuestra Ley Sustantiva Civil para el Estado, misma que plantea diversas figuras jurídicas que involucran a cada miembro de la sociedad, entre ellas nos encontramos a la familia, la cual es considerada como una institución social, compuesta por un grupo de personas unidas por diversos vínculos, a saber el primero de ellos es el matrimonio, el segundo el concubinato, así como por medio del parentesco ya sea por consanguinidad, civil o bien por afinidad.

En matrimonio civil es, en principio de cuentas, un contrato civil establecido entre dos personas para regular los bienes que aportan a la sociedad conyugal y las obligaciones que contraen el uno con el otro; sin embargo, el matrimonio, que debe ser el acto volitivo más personal de todos aquellos que son susceptibles de ser legislados, tiene una carga cultural tan importante, que su disolución requiere aún en el Estado de Jalisco se cumplieran supuestos específicos, causales muy graves, y la necesidad de un largo proceso en caso de que sólo una de las partes la promoviera (art. 259° CCEJ 2015).

               Entendido que el matrimonio civil es un acto volitivo, la simple voluntad de una de las partes para dar por terminado el contrato civil debería ser suficiente para que la disolución ocurriera. Congresos estatales han entendido esto debido a la importancia cultural que tiene la institución matrimonial, el Estado estaba excediendo sus funciones en un intento de proteger a la institución en sí, por encima de la voluntad y los intereses de los contrayentes.

               El interés público dentro de la institución matrimonial está implícito desde el momento en el que se le considera el único contrato solemne dentro de la legislación del país. Sin duda, ese interés público está fundamentado, porque el Estado Mexicano considera al matrimonio el mecanismo ideal para fundar a la familia, a la que considera, a su vez, la base de la vida social y la célula primigenia de la sociedad en sí.

               Sobre si esta percepción del matrimonio es la adecuada se han abierto muchos debates, y no es materia del presente trabajo resolverlos; sin embargo, la vida familiar ha cambiado mucho desde que se estableció el matrimonio civil en la República Mexicana en el año de 1857. La forma de relacionarse de las personas está en constante evolución, y esa dinámica social tiene, necesariamente, que convertirse en una legislación a tono con los tiempos.

               Por supuesto que es deseable que quienes quieran, voluntariamente, constituir un matrimonio, y a través de este fundar una familia y una vida en común que sea plena y feliz, construir un patrimonio y ejercer la patria potestad sobre los hijos que decidan tener, permanezcan juntos. Eso nunca dejará de ser lo ideal, sin embargo, socialmente, existía una presión social injusta para que los cónyuges permanecieran unidos jurídicamente  más allá del tiempo en que quisieran.

JUSTIFICACIÓN

La adición del divorcio incausado en el Distrito Federal, del 3 de octubre del año 2008, mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de ese Estado, ha sido una significativa reforma para los códigos civiles en el territorio mexicano, pues fue quien implementó esta figura del divorcio sin expresión de causas por primera vez, causando así gran polémica, al grado de que otros Estados lo adicionaran en sus legislaciones homólogas; tal es el caso del Estado de México, publicándose en la Gaceta del Estado el 3 de mayo del año 2012; de igual forma, el Estado de Yucatán implementó el divorcio incausado el 20 febrero del año 2013 y, por último, el Estado de Coahuila realizó la adición del divorcio sin causa a su legislación civil, el primero de marzo del año 2013.

A pesar de ser fuertemente criticada la modalidad del divorcio incausado, e incluso acusada de ser de carácter inconstitucional, esta ha demostrado ser benéfica en diversos aspectos. No sólo ha ahorrado trabajo a los jueces o dinero a las partes, sino que también ha agilizado el trámite del divorcio y ha protegido a los hijos de la pareja, así como a sus progenitores, de problemas que los afectan tanto psicológica como emocionalmente (2002769. 1a. XLII/2013 (10a.). Primera Sala. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XVII, Febrero de 2013:807).

Hoy día el Estado de Jalisco aún conserva en su Codificación Civil las causales de divorcio como requisito de los cónyuges para acreditar por qué ya no desean permanecer unidos por la Institución del Matrimonio. Este impedimento se encuentra cada día más endeble puesto que la inercia de los Estados de la República ha motivado ya que Magistrados de Tribunales Colegiados en materia civil del Tercer Circuito han emitido tesis aisladas, que aun cuando no reúne los requisitos para ser jurisprudencia obligatoria podría configurarse en los próximos meses los supuestos de la ley de amparo para que se conviertan en Jurisprudencia de carácter obligatorio o inclusive se decrete la inconstitucionalidad del artículo 404 del Código Civil del Estado

Capítulo I.- La Familia.

La familia es una de las instituciones más antiguas sobre la faz de la tierra, la cual encuentra su evolución en diversos periodos que surgieron a lo largo de la historia, a saber, el primero de ellos es el denominado periodo de la evolución humana, luego tenemos el periodo del salvajismo, posteriormente surge el periodo de la barbarie y por último emana el periodo de la civilización, dicha situación atiende al dinamismo del entorno social donde se desenvuelven sus miembros.

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