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ESTADO SOCIAL DE DERECHO


Enviado por   •  5 de Enero de 2022  •  Ensayos  •  1.524 Palabras (7 Páginas)  •  104 Visitas

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UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES,

EDUCACIÓN Y DERECHO CARRERA DE DERECHO

LEGISLACIÓN SOCIAL I

UNIDAD 1:

NOCIONES INTRODUCCTORIAS

TEMA:

ESTADO SOCIAL DE DERECHO

DOCENTE:

ZAMBRANO BRUGOS MAGYURI MARIELA

OBJETIVO DE LA TAREA:

Conocer qué tipo de relación hay entre los DECS y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

ESTUDIANTE:

JACKSON TOMAS ESCUDERO RIVERA

CURSO:

II SEMESTRE – C3

ENTREGA:

22 DICIEMBRE 2021

Derechos económicos, culturales y sociales y la relación con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Los seres humanos contamos con derechos que son inherentes a cualquier condición, estrato social, etnia, credo, etc. Estos mismos derechos deben ser reconocidos y el estado es el ente encargado de garantizar que se cumplan todos estos derechos, los mismos que fueron expresados en la Declaración de Viena y el Programa de Acción. Según Nikken, “Lo que en nuestros días se conoce como derechos humanos está referido al reconocimiento de que toda persona humana, por el hecho de serlo”, es decir, que no hace falta ninguna otra condición para gozar de estos derechos, y estos se basan en principios como la dignidad, igualdad, justicia, equidad, no discriminación, pluralismo, la paz y la seguridad.

Los derechos humanos son muy recientes, si los comparamos con el tiempo que llevamos poblando este planeta, y es que recién en el siglo XVII con la Revolución Norteamericana aparecen y se imponen al estado como objeto de reconocimiento y protección (Nikken, 2010). Por otra parte, unas décadas después durante la Revolución Francesa en 1789 la Asamblea Nacional adoptó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en la que se reconocen que los “hombres nacen y permanecen libres” (Art 1, DDHC).

Estos procesos revolucionarios se hicieron eco en diferentes partes del mundo, como, por ejemplo, en Venezuela proclamados por el Supremo Congreso el primero de julio de 1811, atribuyendo la ausencia de estos derechos, como la causa de todos los males que ha sufrido este pueblo durante años, sin embargo, en sus orígenes estos no fueron universales, porque se tenía de la existencia de grupos que no estaban incluidos en su ejercicio, generalmente este grupo minoritario estaba determinado, por la raza, el estatus económico y sobre por aquellos lugares donde aún la esclavitud no era abolida.

En el siguiente siglo, aparecen por primera vez en la ciudad de Querétaro – México en el año de 1917 los derechos económicos, sociales y culturales, y estos hacían referencia al acceso de las personas a mejores condiciones de vida, a poseer bienes materiales y al derecho a una educación cultural, siempre basados en los principios de dignidad e igualdad. Casi 2 años mas tarde estos derechos también fueron incluidos en la Constitución Alemana, en 1931 en la española, en la antigua Unión Soviética en el año de 1936 y en Irlanda en 1937, pero estas declaraciones iban de la mano con grandes conmociones sociales en sus respectivos países, junto con la declaración de los derechos civiles y políticos.

Luego del proceso independentista se crean la Naciones Unidas y con ello la declaración de la democracia en la sociedad, lo que hoy conocemos como derechos colectivos, siendo el Tratado de Versalles un instrumento fundamental donde por primera se hablaba del reconocimiento y protección de los derechos del trabajador, y con ello el fin del trabajo forzado (Convenio 29).

Durante la dictadura NAZI, se cometieron varios actos de lesa humanidad, y con la constatación del cometimiento de estos actos y la puesta en evidencia de estos crímenes, aparece un sistema supranacional de protección de los derechos humanos, con el objetivo de defender la dignidad humana y que estos actos no queden impunes ni se vuelvan a repetir jamás en nuestra historia.

En 1941 el presidente Roosevelt proclamó cuatro libertades fundamentales, entre ellas: libertad de opinión y expresión, confesional, necesidades materiales y una vida sin miedo, luego el 14 de agosto de 1941 en colaboración con Churchill se agrego el derecho al progreso económico y la seguridad social.

Los grandes valores éticos y principios de los derechos humanos, acompañan a los derechos económicos, sociales y culturales como parte fundamental basados en los principios de igualdad, pero sin llevar estos valores de forma extrema, y es que las libertades tienen cierta limitación sobre todo cuando se trata de una dimensión diferente de estos valores.

La expresión “Libertad - Igualdad” es utilizada normalmente para depreciar los derechos sociales, es que según la Constitución española los derechos sociales serían aspiraciones indeterminadas, que exigen al estado actuaciones positivas que la mayor parte de las veces terminan representa do un coste más elevado.

Según los artículos del 22 al 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en unión con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en sus artículos del 6 al 15, se identifican el derecho al y en el trabajo, estos incluyen la huelga, y otros derechos que permitan ejercer la dignidad humana y el derecho a la seguridad, protección, vivienda, salud, alimentación, educación, cultura, asistencia familiar y a disfrutar de los avances de la ciencia y la tecnología.(Saura,2011).

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