ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El emplazamiento

Kassandra RojasTarea17 de Noviembre de 2020

467 Palabras (2 Páginas)162 Visitas

Página 1 de 2

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN.[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGÍA.

Actividad 4. El emplazamiento.

Nombre de la alumna:

Kassandra Yamileth Rojas Saldaña.

Matrícula:

1879222

Grupo:

0P1

Materia:

Derecho procesal civil.

Maestro:

Sofy Margaret Ramos Osorio.

San Nicolás de los Garza, Nuevo león. A 22 de Septiembre del 2020.

1.- ¿Qué es el emplazamiento? R= Emplazar significa conceder un plazo para la realización de determinada actividad procesal. Citar, en cambio, es señalar un término, es decir, un punto fijo de tiempo, para la iniciación de un acto procesal.

2.- Explique de manera detallada ¿Cómo se llevaría a cabo el emplazamiento? R= El emplazamiento del demandado, y salvo los casos determinados en la Ley, deberá hacérsele personalmente en el domicilio designado al efecto, por el Actuario o por el Secretario. También se hará personalmente la primera notificación en el procedimiento de actos prejudiciales o de jurisdicción voluntaria en que se deba hacer saber de los mismos a las partes.  Si no se encontrare presente la persona interesada y después de que el notificador se cerciore, por el informe de dos vecinos, de que la persona de que se trata, vive ciertamente en el lugar designado, de todo lo que tomará razón pormenorizada en los autos, suscribiendo el acta los vecinos, si quisieren y supieren hacerlo; la notificación se llevará a efecto por medio de un instructivo en el que se hará constar el número de expediente, el nombre y apellidos del promovente, el objeto y naturaleza de la promoción, el del juez o tribunal que mande practicar la diligencia, copia íntegra de la determinación que se mande notificar, la fecha y hora en que se entregue el instructivo y el nombre y apellido de la persona a quien se entrega.
(Art. 69 CPCDENL)

3.- ¿Ante quien se atendería el emplazamiento aparte del demandado? R= Artículo 7.- A petición del actor se citará al demandado para que comparezca dentro del tercer día.

4.- Explique ¿Cuáles serían las garantías violentadas si no es efectuado de manera correcta el emplazamiento? R= El emplazamiento es una formalidad procesal, una garantía de audiencia para el demandado consagrado en el art. 14 Constitucional el cual en el segundo párrafo nos dice: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

5.- Fundamento legal de la pregunta anterior: Artículo 14. Segundo párrafo, de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

Bibliografía

Favela, J. O. (2012). Derecho Procesal Civil. Mexico: Oxford.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, 5 de Febrero de 1917. (Art. 14)

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, 3 de Febrero de 1973. (Art. 69, 7)  

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (254 Kb) docx (838 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com