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Fines del Estado Pilares Fundamentales de la Misión de La Policía Nacional

Juan RodríguezTarea26 de Mayo de 2021

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Fines del Estado Pilares Fundamentales de la Misión de La Policía Nacional

Buenos tardes, agradezco de antemano a la docente por el espacio académico otorgado para expresar mi opinión sobre la temática planteada, en referencia a la relación tiene los fines del Estado, con el servicio público prestado por la Policía Nacional, es evidente la imperativa necesidad de empezar a desglosar estructuradamente los conceptos, en temas de los fines del Estado, pilares fundamentales de la esencia del Policía.

En este contexto, en el marco de nuestro estado, la Constitución nos describe los  fines del estado, expresando  “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.” (CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, 2020).

        En cuyo artículo se encuentra palabras importantes como “derechos y deberes”, “convivencia pacífica”, “vida”, “honra”, “bienes”,  Por lo cual Colombia, comprendida desde “Nación” y sociedad consideró necesario y fundamental que existiera en este caso una institución reglamentada  nuestra hermosa institución “Policía Nacional” de conformidad al artículo 218, dándole su misión entre los cuales se resalta la palabra “velara”  por esa convivencia ciudadana, dando herramientas preventivas y correctivas con el fin de regular los comportamientos de los miembros en sociedad, coadyuvándonos a construir nuestra argumentación, en el entendido en la gran importancia que tienen los fines del Estado en la misionalidad de La Policía Nacional (CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, 2020).

Con referencia al concepto de convivencia está descrita como “acción de convivir” y está a su vez como “Vivir en compañía de otro u otros” (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, 2020), lo cual nos permite inferir que dicho concepto es un pilar fundamental de la humanidad en el marco de una sociedad establecida como fines del Estado, por lo cual con el fin de dar cumplimiento al artículo 2 de Nuestra Carta Magna, el concepto de “convivencia” es referencia primordial en la actualidad para planear, desarropar y efectuar las diferentes políticas de connivencia y seguridad ciudadana de estado.

        Ahora bien, si se observa de manera detallada nuestro Código de Ética, observamos que su contenido esta de manera implícita los fines del Estado del artículo 2 de La Constitución Política, para lo cual el Estado a lo largo de la historia en nuestro país ha venido evolucionado el Poder de Policía; expidiendo diferentes normas entre las cuales se destacan el antiguo Código Nacional de Policía (Decreto 1355 de 1970) y el Nuevo Código Nacional de Policía y de Convivencia, (ley 1801 de 2016) este último que a pesar de diferentes debates y artículos declarados inexequible por la Corte Constitucional ha sido una herramienta fundamental en nuestra actividad Policial.

Concluyendo así que la relación que tiene los Fines del Estado en referencia a la Misión de La Policía Nacional, no es más que otra que nuestra misionalidad gira entorno a los Fines del Estado y sería este parte de nuestro Marco Jurídico que garantiza nuestra legalidad como Institución del Estado creada para garantizar los fines que se tienen como “ESTADO”, por lo cual tenemos un doble llamado frente al tema de Garantizar los fines del Estado, en el entendido que como Policía debemos en primera instancia actuar de conformidad como lo reza nuestro código de Ética Policial en materia de nuestra actividad policial para el cumplimiento del poder y función de policía y hacer preservar la convivencia y restablecer todos los comportamientos que la alteren. El segundo llamado es como individuo dentro de la sociedad en el contexto que debemos cumplir con nuestras obligaciones como ciudadanos en un Estado Social de Derecho.

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