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Iniciativa De Ley


Enviado por   •  27 de Agosto de 2013  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  346 Visitas

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RESUMEN DE ADMINISTRATIVO 19/01/08

QUE ES INICIATIVA: Es la facultad o potestad que la Constitución Política de la República otorga a determinados órganos para presentar proyectos de ley.

QUIENES TIENEN INICIATIVA:

• Los diputados del Congreso de la Republica: puede ser uno o varios.

• El Organismo Ejecutivo: Léase el Presidente de la republica acompañado de uno o varios ministros.

• La Universidad de San Carlos de Guatemala, a través de su Rector, previa aprobación del Consejo Superior Universitario.

• La Corte Suprema de Justicia, se entiende que son los 13 Magistrados que la integran

• El Tribunal Supremo Electoral, a través de los Cinco Magistrados.

EL PROCESO LEGISLATIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA LEY:

1) PRESENTACIÓN DEL PROYECTO ANTE EL CONGRESO DE LA REPUBLICA:

2) DISCUSIÓN: Se realiza en por lo menos en tres sesiones celebradas en distintos días. Excepción los decretos de urgencia nacional se discuten y aprueban en una sola sesión.

3) APROBACIÓN: Se aprueba por medio de votación.

TOTAL DE DIPUTADOS EN EL CONGRESO: 158

MAYORÍA ABSOLUTA (mitad mas uno ) 80

MAYORÍA CALIFICADA ( 2/3 partes ) 105

PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA:

I Período 14 de enero al 15 de mayo

II Periodo 1 de agosto al 30 de noviembre

4) LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONGRESO remite dentro del plazo de diez días, el decreto al Organismo Ejecutivo.

5) SANCIÓN: Es la aceptación que el presidente de la republica hace a un decreto aprobado por el congreso, para que se convierta en ley de observancia obligatoria.

VETO: Es la facultad que tiene el presidente de la republica de rechazar un decreto aprobado por el congreso de la republica, por considerar que dicho decreto no este acorde con los intereses nacionales.

6) PROMULGACIÓN: Es el acto solemne mediante el cual el presidente de la republica ordena que se publique una ley y que sea observancia obligatoria para toda la creación.

7) PUBLICACIÓN: Es dar a conocer a la población del decreto por medio del diario oficial, que es el Diario de Centro América.

8) VACATIO LEGIS: es el lapso

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