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Instructiva de Poder

Eunice44Apuntes24 de Julio de 2017

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INSTRUCTIVA DE PODER

Poder notarial amplio y suficiente que otorga JUAN FERNANDO REVOLLO CERVANTES, C.I. 635594  expedido en la ciudad de La Paz, mayor de edad, hábil por derecho, domiciliado en la Calle Montevideo No. 104 Dep. 1102, Edif. Zambrana, Zona de Sopocachi, A:

EUNICE MILENA CARPIO CLAURE, C.I. 6087381 expedida en la ciudad de La Paz, domiciliada en el Calle Kurmi No. 381, Zona Anuta Hansa Anuta, Cota Cota.

OBJETO:

Para que a su nombre, representación, acciones y derechos se apersone ante: las oficinas de DERECHOS REALES de los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia y de todas sus localidades o secciones, Gobierno Municipal de La Paz, Sub Alcaldías, Servicio Municipal de Administración Territorial y Catastro (SERMAT), recaudaciones y otras dependencias, Tribunal Supremo Electoral de los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia y de todas sus localidades o secciones, Servicio de Registro Cívico (SERECI) de los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, Servicio General de Identificación (SEGIP), Programa de Regularización de Derechos Propietario sobre vivienda (PROREVI), El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional en todas y cualesquiera de sus Salas, Tribunal Constitucional, Tribunal Agrario Nacional,  Tribunales Departamentales de Justicia de los Nueve Departamentos de la República en todas y cualesquiera de sus Salas,  Juzgados Públicos en lo civil y comercial,  juzgados públicos de Familia, Juzgados de Instrucción Penal Cautelar, Juzgados de Sentencia, Tribunal de Sentencia, Consejo de la Judicatura Nacional y en los Nueve Departamentos del Estado, Comando General de la Policía Nacional, Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de los Nueve Departamentos del Estado y en todas sus localidades o secciones, Autoridades de Control Social en cualesquiera de sus denominaciones, Defensor del Pueblo, Gobernaciones en los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, de los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Notarias de Fe Pública, Ministerios y Viceministerios del Estado de los Nueve Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia en cualesquiera de sus reparticiones,  y demás reparticiones judiciales, políticas, administrativas, sociales y policiales.

A CUYO OBJETO PODRA:

Iniciar, proseguir, concluir en todos sus grados e instancias, la oposición, sobreposicion al trámite de cancelación de obligación y levantamiento de hipoteca, en oficinas de Derechos Reales, también a realizar la corrección de datos de identidad, corrección de datos técnicos en aplicación de la ley No. 247 (Ley de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Vivienda), tramites en el Programa de Regularización de Derechos Propietario sobre vivienda (PROREVI). Más poder para apersonarse ante las oficinas del SEGIP a objeto de solicitar certificaciones, informes o saneamiento de datos, mediante trámite administrativo y/o resoluciones, a este efecto presentar órdenes judiciales, cartas, memoriales. Por este motivo este poder faculta que pueda apersonarse ante el Gobierno Municipal de La Paz, Sub Alcaldías, Catastro Técnico, y cualquier otro tramite que fuere necesario.

MÁS PODER para interponer todo tipo de recursos tanto judiciales como administrativos, recursos de revocatoria, recursos jerárquicos, recursos de alzada, recursos de reposición, apelación incidental y de sentencia, recurso de nulidad, recurso de casación, compulsa, y presentar queja ante el Consejo de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Oficina de Derechos Humanos, Ministerio de Transparencia y otros que la ley autorice.

En suma realizar todos los actos que sean necesarios para el buen cumplimento del presente mandato, sin que por falta de facultades expresa no consignada el presente sea tachado e insuficiente o pueda alegarse falta de  personería, de conformidad a las previsiones del articulo ochocientos once del Código de Procedimiento Civil.

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