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Ius Normativismo

livianas31 de Agosto de 2011

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INTRODUCCION

Algunos autores consideran que en la actualidad no se podría hacer algún señalamiento categórico de cuál o cuáles son las corrientes predominantes, sino por el contrario, consideran que en la actualidad se pueden apreciar combinaciones de concepciones teóricas y prácticas que permiten enriquecer el conocimiento jurídico desde distintas perspectivas.

La corriente que a continuación estudiaremos, son sin duda ha tenido r influencia en el ámbito jurídico, y constituyen bases sólidas para sustentar un estudio jurídico metodológico serio y objetivo.

Concepto de Metodología Jurídica.

Previo al análisis de las corrientes metodológicas, considero de suma importancia definir lo que es la Metodología Jurídica.

La metodología jurídica es una disciplina que estudia la aplicación de los métodos del conocimie

IUS NORMATIVISMO

Se denomina así a la teoría que concibe el derecho como un fenómeno normativo considerando como resultado exclusivo de la voluntad humana.

El significado jurídico objetivo de una conducta únicamente lo proporciona la norma jurídica que regula ésta conducta y no el significado subjetivo que suministra el que realiza dicha conducta.

Así mismo lo fáctico o natural de un acto no es lo que hace a tal como acto lícito o ilícito, sino el significado jurídico objetivo, el cual se logra a través de una norma que lo previene.

Norma válida.-

Este debe fundamentarse en otra norma, significa que obliga que el hombre deba comportarse como lo indica la norma jurídica, el fundamento de validez de una norma solo puede encontrarse en la validez de otra, la cual se caracteriza metafóricamente como una norma superior en relación a una inferior.

Interpretación de la validez.-

La idea de la validez como existencia de la norma resultara redundante, pero como fundamentación en otra norma tiene significación teórica propia, por lo tanto se articula de acuerdo a la siguiente manera;

a) Principio de imputación.- Esto permite conocer a las normas y al deber ser, puede ser calificados de validas o no validas

Deber ser; es la relación entre el supuesto y las consecuencias normativas

b) Acto coactivo.- Este permite distinguir a las normas jurídicas de otra clase de normas.

c) Obligación.- Es la conducta establecida a la que se ve venida jurídicamente una sanción

Kelsen elabora la consideración del Derecho como ciencia normativa distinta e las ciencias causales que son las ciencias naturales y basada en el principio de imputación. La ciencia del Derecho describe, comprende y construye, no prescribe ni crea normas

Normativismo : Es una designación de la sistemática científica que se aplica casi exclusivamente al derecho. El "normativismo jurídico" o teoría normativa del derecho, como se lo llama a partir de los trabajos de Kelsen, es el que trata al derecho única y exclusivamente desde un ángulo normativo, sin calificarlo por su justicia ni descalificarlo por su injusticia; toma sólo la norma jurídica positiva, única expresión de lo jurídico, por otra parte, a la que conviene el nombre de derecho. El iniciador de este tipo de investigación jurídica fue Karl Binding (1841-1920), al que subsiguió su discípulo Thon. En el siglo presente Hans Kelsen (n. en 1881) desarrolló una teoría integral del derecho en su aspecto normativo, que, por despreocuparse del contenido concreto de las normas jurídicas para atender

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