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JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL


Enviado por   •  19 de Mayo de 2020  •  Informes  •  1.182 Palabras (5 Páginas)  •  126 Visitas

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LAS JUNTAS DE ACCION COMUNAL

Son un conjunto de vecinos que se agrupan como corporación cívica y que sin ánimo de lucro, aúnan esfuerzos y recursos para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del sector, también sirven como interlocutores entre la comunidad y los estamentos municipales, departamentales y nacionales.

A continuación expondremos los deberes básicos de cada uno de los miembros de la JAC.

Funciones del Presidente(A)

  • Ejercer la representación legal de la Junta y como tal suscribirá los actos, contratos y poderes necesarios para el cabal cumplimiento de los objetivos y la defensa de los intereses de la comunidad.
  • Ejecutar las decisiones de la Asamblea y de la Junta Directiva.
  • Convocar las reuniones de Directiva y Asamblea.
  • Ordenar gastos según normatividad vigente.
  • Suscribir junto con el tesorero, los cheques, documentos y demás órdenes de pago que hayan sido previamente aprobadas por el dignatario u órgano competente.

Funciones del Vicepresidente(A)

  • Reemplazar al presidente en sus ausencias temporales o definitivas.
  • Hacer parte, por derecho propio, de las comisiones comunales. Ejercer las funciones que le delegue el presidente y que no correspondan a otro dignatario.
  • Proponer y coordinar ante la Asamblea la creación de las Comisiones de Trabajo.

Funciones del Tesorero(A)

  • Asumir la responsabilidad en el cuidado y manejo de los dineros y bienes de la Junta.
  • Llevar los libros de Caja General, Bancos, Caja Menor e Inventarios. Registrarlos, diligenciarlos y conservar los recibos de los asientos contables y entregarlos al tesorero que lo reemplace.
  • Constituir una póliza de responsabilidad frente al manejo del dinero, ya que es requisito indispensable para inscribir al tesorero como dignatario de la Junta.
  • Firmar conjuntamente con el presidente los cheques y demás documentos que impliquen manejo de sumas de dinero o bienes, previa orden impartida por el presidente, la Junta Directiva o la Asamblea General de Afiliados.
  • Rendir mínimo en cada Asamblea General Ordinaria de Afiliados y a la Directiva en cada una de sus reuniones ordinarias, un informe del movimiento de tesorería y a las autoridades competentes en las fechas en que éstas lo soliciten.
  • Cobrar oportunamente los aportes y cuotas que se le otorguen a la Junta.
  • Las demás que le señale la Asamblea, la Directiva y el reglamento.

Funciones del Secretario(A)

  • Comunicar la convocatoria a reuniones de Asamblea y Directiva.
  • Registrar, tener bajo su cuidado, diligenciar y mantener actualizados los libros de inscripción de afiliados, de actas de Asamblea, Directiva y el de actas de la Comisión de Convivencia y Conciliación, cuando se le designe.
  • Llevar, custodiar y organizar el archivo y documentos de la Junta,
  • Certificar sobre la condición de afiliados de los miembros de la Junta
  • Servir de secretario en las reuniones de la Asamblea, de la Directiva y de la Comisión de Convivencia y Conciliación, si le es asignada esta función.
  • Llevar un control de asistencia de afiliados a las Asambleas y junto con el fiscal, presentará, por lo menos semestralmente, a la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Junta y de la asociación de Juntas de Acción Comunal del Municipio los listados de personas incursas en causales de desafiliación, para que se adelanten los correspondientes procesos.
  • Inscribir a las personas afiliadas en la Comisión de Trabajo que éstas soliciten.
  • Registrar la afiliación de quienes lo soliciten, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 11 de estos estatutos.
  • Fijar, en la sede comunal o en lugar público, el horario de atención a la comunidad, el que no deberá ser inferior a dos (2) horas semanales.

Funciones del Fiscal

  • Velar por el recaudo oportuno y cuidado de los dineros y los bienes de la Junta, así como su correcta utilización.
  • Revisar como mínimo trimestralmente, los libros, registros, comprobantes, soportes contables, cheques y demás órdenes de egresos de dinero.
  • Velar por la correcta aplicación dentro de la Junta de las normas legales y estatutarias
  • Rendir como mínimo, informes a la Asamblea y a la Directiva en cada una de sus reuniones ordinarias, sobre el recaudo, cuidado, manejo e inversión de los bienes que forman parte del patrimonio de la Junta.
  • Denunciar ante la Comisión de Convivencia y Conciliación o ante las autoridades administrativas o judiciales, las irregularidades que observe en el manejo patrimonial de la Junta.
  • Rendir informes cuando sean solicitados por la entidad que ejerce inspección, control y vigilancia sobre el recaudo, cuidado, manejo e inversión de los bienes.
  • Revisar los libros y demás documentos de la Junta e informar sobre cualquier irregularidad a la Comisión de Convivencia y Conciliación o a la autoridad competente.

JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO ATENAS

Este barrio que antes era solo una urbanización, fue reconocido como tal el día 17 de diciembre de 1998, bajo el acuerdo 110 del mismo año emitido por el Concejo Municipal de Pereira. Este barrio pertenece a la Comuna San Joaquín y a la fecha cuenta con 2500 residentes ubicados en 425 casas, los Barrios aledaños son: Coodelmar III y IV, Perla del Sur, Bello Horizonte, Campo Alegre y Corales, cuenta con  los Colegios: Sede del Pablo Vasco, Cooperativo, Sofía Hernández, el  estrato es nivel  2.  Y están representados por la JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL ATENAS, conformada por:[pic 3]

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