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JUNTRA DE ACCION COMUNAL


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  1.160 Palabras (5 Páginas)  •  577 Visitas

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1. ¿Cuáles son las funciones de la JAC?

Motivan y promueven la participación de la comunidad en las actividades para dar cumplimiento al plan de trabajo aprobado por la asamblea general de afiliados.

Estudian y hacen los proyectos de inversión para los programas que va a realizar en la comunidad.

Elaboran su reglamento interno y aprueban el de cada uno de los comités de trabajo.

Presentan a la Asamblea General los informes y balances de actividades con el visto bueno del Fiscal

A las deliberaciones de la directiva podrán concurrir todos los afiliados de la junta con derecho a voz, pero no a voto.

La directiva se reunirá válidamente con la presencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, tomará decisiones con no menos de este número de asistentes.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE

Ejercer la representación legal de la junta como tal. Suscribirá los actos y contratos en representación de la misma y otorgará los poderes necesarios para la cabal defensa de los intereses de la comunidad. Según la cuantía y naturaleza de los contratos, el Presidente se sujetará a las autorizaciones de la Asamblea, Directiva y/o estatutos

Por derecho propio, ser delegado ante la Asociación Comunal de Juntas

(ASOCOMUNAL)

Convocar, a través del Secretario a reuniones de Junta y Asamblea General de Afiliados.

Autenticar las actas de la Directiva y firmar la correspondencia.

Preparar el orden del día (los puntos por tratar en la directiva y la asamblea).

Presidir y dirigir las reuniones de la Junta Directiva

Ser ordenador de gastos en la cuantía que le señalen los estatutos.

Estar informado de todos los problemas que afectan a la comunidad y a la junta en

Particular.

FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE

Reemplaza al presidente en sus ausencias temporales o definitivas.

Por derecho propio, hace parte de los Comités Empresariales

Coordina la Gestión de los delegados a la Asociación y los Comités de Trabajo en el cumplimiento de sus funciones.

Comunicarse con sus vecinos buscando interesarlos en colaborar con programas comunitario.

FUNCIONES DEL TESORERO

Hacerse cargo, mantener al día y registrar los libros de tesorería e inventarios, anotando entradas y salidas de fondos y bienes, guardando en orden, firmados y con fecha todos los comprobantes y recibos.

Constituir la garantía o la fianza de manejo para responder por los dineros y bienes de la junta. Esta será cubierta con dineros propios de la junta.

Firmar conjuntamente con el Presidente y el fiscal los cheques y documentos que impliquen manejo de dinero o de bienes, previa orden impartida por el órgano o dignatario competente.

Rendir a la junta directiva en cada una de sus reuniones y a la asamblea general un informe detallado del movimiento de tesorería, el cual deber ser aprobado previamente por el Fiscal.

Organizar y conservar el archivo que comprende entre otros documentos, los siguientes: recibos, talonarios, órdenes de pago, chequeras, libro de tesorería e inventarios, etc.

Responder por los fondos y demás enseres de la junta, excepto cuando se trate de actividades de economía social, en cuyo caso la responsabilidad se determina en los contrato de trabajo o en los respectivos reglamentos.

Abrir y manejar la cuenta bancaria o de ahorros a nombre dela Junta de Acción Comunal.

Hacer los pagos que autoricen la Asamblea General, la Directiva o el Presidente, conservando los recibos.

FUNCIONES DEL SECRETARIO

Comunicar la convocatoria a las reuniones de la junta directiva o de la asamblea general.

Diligenciar y cuidar los libros de registro de afiliados y de actas, tanto de la Asamblea como de la junta directiva, registrarlos y entregarlos al secretario que lo reemplace.

Organizar, llevar y custodiar el archivo y documentos de la junta

Recibir, contestar y firmar la correspondencia de su competencia y pasar al Presidente para firma.

Leer el orden del día, correspondencia y el acta de la reunión o asamblea anterior.

Elaborar las cartas que se ordene por la directiva o la asamblea.

Registrar en el libro de afiliados los nuevos nombres que voluntariamente deseen pertenecer.

Llevar un control de afiliados suspendidos, así como las personas sancionadas por el comité conciliador.

FUNCIONES DEL FISCAL

Ejercer el control permanente sobre todos los bienes y fondos de la junta.

Firmar conjuntamente con el Presidente y el Tesorero, los cheques y demás documentos que impliquen egreso de fondos, revisar libros y comprobantes.

Rendir informes a la Asamblea y a la Directiva sobre el recaudo, manejo e inversión de los bienes que formen parte del patrimonio de la junta y denunciar ante el comité conciliador o ante las autoridades administrativas o judiciales las irregularidades que se observan en el manejo patrimonial de la junta.

Refrendar los balances consolidados que presenta la junta directiva a la asamblea.

Asistir a las reuniones de la junta directiva en las cuales tendrá voz pero no voto.

Refrendar el cierre del libro de registro de afiliados cuando se convoque para asamblea general.

2. ¿Cómo está organizada?

Las Juntas de Acción Comunal son organizaciones cívicas y sociales sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los habitantes de un lugar en procura de lograr un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia

COMO SE ORGANIZA UNA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL.

Para constituir una junta de Acción Comunal se requiere:

- Que exista la voluntad de los Presidentes del respectivo territorio para asociase y trabajar solidariamente por el desarrollo integral de todos los habitantes del lugar.

- Que no haya junta de acción comunal constituida en el mismo territorio; y

- Que posea un mínimo de afiliados así: En el área urbana de Santafé de Bogotá, ochenta (80)

Área urbana en los departamentos, sesenta (60) Área urbana de las anteriores Intendencias y Comisarias, cuarenta (40) Para el área rural, veinticinco (25) y Para el área rural de las anteriores Intendencias y Comisarias, veinte (20).

5 Los afiliados de una junta de acción comunal, son personas mayores de 15 años.

Ninguna persona podrá pertenecer a más de una Junta de Acción Comunal.

El territorio de la junta define el domicilio de la misma.

Se debe abrir un libro de afiliados. Para tal efecto, es necesario que haya mínimo veinte (20) personas en el área rural, treinta (30) en el área urbana donde no exista delimitación por barrios, cincuenta (50) en el área urbana donde exista delimitación por barrios.

En el área urbana donde exista delimitación por barrios Corregimientos e Inspecciones de

Policía Se requieren cincuenta (50) personas.

En las capitales de Departamentos deben ser conformadas por setena y cinco (75) personas,

Mayores de 14 años y residentes en la jurisdicción de la Junta.

Los afiliados en asamblea se constituyen en Junta de Acción Comunal, aprueban los Estatutos y con base en ellos eligen sus órganos de Dirección, Control, Vigilancia, Convivencia y Conciliación todo lo cual debe constar en actas radicadas ante la Secretaría de Gobierno Departamental -Dirección de Convivencia y Desarrollo Comunitario

El libro debe estar abierto por lo menos hasta ocho (8) días antes de la Elección de Dignatarios.

Se debe solicitar al Jefe de Planeación de la Jurisdicción o quien haga sus veces, certifique la existencia o territorialidad del lugar, con sus respectivos linderos

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