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LA VIDA, EL AMBIENTE Y SU DEFENSA FRENTE A LA EXPLOTACIÓN PETROLERA EN PESCA


Enviado por   •  28 de Febrero de 2018  •  Apuntes  •  2.061 Palabras (9 Páginas)  •  152 Visitas

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LA VIDA, EL AMBIENTE Y SU DEFENSA FRENTE A LA EXPLOTACIÓN PETROLERA EN PESCA

INTRODUCCIÓN

Este documento da a conocer algunas características de la problemática en la explotación petrolera de la compañía  Maruel & Prom en Boyacá, las posibles consecuencias de esta desde su etapa de exploración sísmica, y la afectación a partir de esta en las comunidades cercanas de Pesca, Sogamoso y Tota. Además, como sustento presenta datos sobre la importancia estratégica de estos ecosistemas para la conservación hídrica y el aporte de estos a las actividades económicas de las zonas aledañas y de toda Boyacá. Y por último, describe el fundamento jurídico nacional e internacional que avala la protección de los ambientes vitales para el agua, el sustento normativo sobre la participación de las comunidades en los procesos informativos de proyectos de alto impacto ambiental, y algunas alternativas a rescatar desde la normatividad, que a pesar de que se ha diseñado en función de la explotación de las multinacionales, tienen ya antecedentes sobre la importancia de la preservación de estos ecosistemas sobre actividades económicas particulares.      

1. LA EXPLOTACIÓN PETROLERA DE MAUREL & PROM

Desde el año 2012 la compañía petrolera multinacional francesa Maurel & Prom, a través de la empresa contratista “Compañía Geofísica Latinoamericana” (CGL), organizó una reunión informativa en la vereda Vanegas de Sogamoso, ante las dudas de los habitantes y de órganos como las personerías municipales, manifestando su intención de desarrollar exploración y explotación petrolera en Sogamoso, Iza, Cuitiva, Tota, Firavitoba y Pesca (Boyacá), ampliando la cobertura de la licencia del proyecto “contrato Muisca”, promocionando con esto la contratación de jóvenes desempleados de las veredas y pagos a las juntas de acción comunal de estas, aunque no tuvo en cuenta información sobre la influencia del proyecto sobre la cuenca del lago de Tota,  sobre áreas protegidas y de páramo en Tota-Bijagual-Mamapacha, ni la ausencia de estudios hidrogeológicos para detectar la presencia y afectación de cuerpos de  agua subterráneos, pero la empresa argumenta que puede no realizar estos últimos, porque el artículo 8º del decreto 1220 de 2005 sólo los requiere obligatoriamente para la construcción de vías [1]; y así, se difundió una información incompleta la cual no generó un espacio de participación para la comunidad. Más de 4 años y 7 meses después de esta reunión continúa la inconformidad desde los habitantes y entidades municipales, porque a pesar de que la empresa expresó en 2014 su intención disminuir el área de influencia de este proyecto de 252 Km cuadrados a 80 Km cuadrados [2], pretende ahora  continuar desarrollando sísmica en 15 veredas de Pesca, aunque la personera municipal Erika Paola Peña Álvarez, ha manifestado las permanentes quejas de la comunidad por agrietamiento de sus viviendas y el debilitamiento de sus suelos, también el personero de Tota, Ramiro Esteban Rodríguez, expresa la inconformidad de la comunidad frente al proyecto ante las afectaciones en otros lugares donde se ha realizado, y además Francelina Soler, presidenta de la Junta de Acción Comunal del barrio Asodea de Sogamoso, responzabiliza a la sísmica por la avería de 94 casas, aunque la empresa siempre ha vinculado estos problemas a otras causas y no con su actividad [3].

Por una parte, la empresa Maurel & Prom argumenta su interés en excluir las zonas de páramo de su área de explotación para no generar afectaciones ambientales, planteando la reducción de su zona de operaciones en un 68%, modificando la licencia ambiental vigente; pero por otra parte, la nueva zona de explotación que incluye a 15 veredas del municipio de Pesca, ya ha generado molestia en la comunidad por la implementación de la técnica de exploración sísmica [3]. Esta forma de buscar petróleo necesita inicialmente garantizar la movilización e instalación de sus equipos, alterando el paisaje por la deforestación en la construcción de nuevas vías, helipuertos y campamentos temporales, y la consecuente depredación de los recursos del entorno en el sostenimiento de los obreros, junto con la generación de residuos sólidos desde ellos; y en un segundo momento, llamado detonación y registro, la sísmica causa el hundimiento del suelo por compactación, la fracturación del suelo por el movimiento de sus cimientos haciéndolo susceptible (posibles derrumbes), además puede generar contaminación auditiva por la máquinas y vibraciones por las explosiones, conduciendo al  desplazamiento  de la fauna, además de la afectación de acuíferos, sin contar con explosivos abandonados que pueden causar laceraciones o la muerte [5]. Las consecuencias negativas de la exploración sísmica de petróleo genera gran preocupación respecto las poblaciones y la naturaleza en el contexto de Pesca, porque ya se podría estar afectando la cuenca del lago de Tota, que es un eje organizador del ambiente de la región y de sus territorios.

La cuenca del Lago de Tota tiene un área de 22.370 Ha., y es vital en la generación de aire húmedo, que luego se concentra por medio de los musgos en la zona de páramo (Tota - Bijagual – Mamapacha), y de esta manera prolonga el ciclo del agua desde sus nacimientos. Además, de esta manera aporta a la vida cotidiana y social de los municipios aledaños de Aquitania, Tota y Cuitiva, y de otros también cercanos como Pesca. El Lago de Tota se encuentra en esta cuenca y es el más extenso del país con 6000 Ha. y el segundo más grande de Latinoamérica, cuenta con 1.900 millones de metros cúbicos de agua, y está a 3.015 m.s.n.m., siendo vital para el sostenimiento de este ecosistema generador de agua, teniendo las reservas nacionales del 13,55% del líquido, abasteciendo aproximadamente a 250.000 habitantes (para 2014), y regando 2.500 Ha. aproximadamente de cultivo de cebolla. El ecosistema del lago alberga 12 especies aves endémicas: 9 acuáticas y 4 en vía de extinción, y 14 especies de aves migratorias, con una población rotatoria de 1000 individuos aproximadamente, siendo declarada como Área Internacional para la conservación de Aves. Y a nivel productivo representa el aporte hídrico a 11.000 Ha. de cultivos, aproximadamente, en las zonas cercanas, y cerca de 100 toneladas mensuales de  trucha arcoíris cultivada allí [6].

2. PROTECCIÓN EN TÉRMINOS JURÍDICOS

A nivel internacional, en materia jurídica es importante resaltar la  Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas ( Ramsar), porque aunque el Lago de Tota no hace parte de la lista de humedales inscritos en esta Convención, sí está protegido por las disposiciones de esta  como ecosistema vital para la preservación del agua, y por eso requiere ser protegido con base en su uso racional, y en acciones locales, regionales y nacionales, orientadas a la construcción de un modelo de desarrollo sostenible en el mundo (2002) [7]. A nivel nacional, el artículo 16 de la Ley 373 de 1997 establece  la protección a nivel regional y nacional de zonas asociadas al desenvolvimiento y preservación del ciclo hídrico, como páramos, bosques de niebla, nacimientos acuíferos y estrellas fluviales [8]; y además, el decreto 3600 de 2007  que reglamenta el ordenamiento rural y el desarrollo de acciones urbanísticas, consigna en su artículo 4 los suelos destinados a protección especial, como áreas de conservación y protección ambiental, por ser parte fundamental de la estructura ecológica, y por ende, del ordenamiento territorial de la región; estableciendo categorías de suelos protegidos, donde resaltan los “páramos y subpáramos, nacimientos de agua, zonas de recarga de acuíferos, rondas hidráulicas de los cuerpos de agua, humedales, pantanos, lagos, lagunas, ciénagas, manglares y reservas de flora y fauna”. Finalmente es importante resaltar el pronunciamiento de la Corte Constitucional en su sentencia C 035 de 2016 en la cual reitera la importancia de las zonas cercanas a los páramos y señala que “entre el páramo y el bosque existen sistemas de flujos de aguas subterráneas y superficiales, y de especies polinizadoras, entre otras, que son vitales para la pervivencia de estos ecosistemas. Por ello, en la determinación de las medidas de protección de cualquiera de estos, se deberá tener en cuenta la relación de interdependencia antes señalada” [9].  Lo anterior permite afirmar la importancia y protección de ecosistemas estratégicos como los páramos, pero además también reconoce la constitucionalidad de las demandas de las comunidades que exigen el derecho a vivir en un ambiente sano, el respeto por la vida de ellas y de sus territorios.

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