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La Globalización


Enviado por   •  7 de Marzo de 2014  •  5.887 Palabras (24 Páginas)  •  438 Visitas

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La huelga

La legislación del trabajo de Guatemala ha definido la huelga legal diciendo que es la suspensión y abandono temporal del trabajo en una empresa, acordados, ejecutados y mantenidos pacíficamente por un grupo o más de trabajadores, con el exclusivo propósito de mejorar o defender frente a su patrono los intereses económicos y sociales que sean propios de ellos y comunes a dicho grupo.

La huelga es un derecho del que gozan los trabajadores, salvo aquellos trabajadores y empleados públicos que presten servicios públicos esenciales. El presente estudio hace una sinopsis desde su origen hasta su situación actual, incluye la naturaleza jurídica, las clases de huelgas y otras formas de lucha.

Definiciones de la huelga

El artículo 429 del CST, define la huelga “como la suspensión colectiva, temporal y pacífica del trabajo, efectuada con fines económicos y profesionales propuestos a sus patronos y previos los trámites establecidos en el presente título”.

Según Krotoschin: “La huelga es el abandono del trabajo que realizan en común una pluralidad de trabajadores con un fin determinado.”

Según Cabanellas “...es la cesación del trabajo colectivo por voluntad de los trabajadores con el propósito de alcanzar mejores condiciones de trabajo.”

Para Pérez Botija “La huelga significa una cesación concertada del trabajo por el personal de una o varias empresas y con un fin político social.”

Para Charles Gide “...es la presión ejercida por una de las partes sobre la otra para forzarla a modificar las condiciones de trabajo.”

Antecedentes

En la antigüedad existieron antecedentes de la huelga como la rebelión de Espartaco y los esclavos, en el Siglo I antes de nuestra era, y el retiro de la plebe en el Monte Aventino. Pero estas luchas difieren de las huelgas surgidas en el inició del modo de producción capitalista, ya que fueron la reacción de los más pobres contra los más poderosos, nació como un mecanismo de defensa y de búsqueda de equilibrio social.

Los primero antecedentes de las huelgas modernas tuvieron origen en 1824 en Inglaterra y en 1864 en Francia, cuando fueron tipificadas como conductas delictivas que atentaban contra el derecho del trabajo. Las huelgas fueron fruto de la revolución industrial, como respuesta de los trabajadores a la etapa del capitalismo salvaje, para contrarrestar la explotación laboral; eran utilizadas para exigir a los empleadores mejores salarios, mejores prestaciones sociales y reducir la jornada de trabajo.

La huelga es una opción que adoptan los trabajadores cuando no existe otro camino para que el empleador atienda sus solicitudes para mejorar sus condiciones vitales, sociales y culturales. Sin embargo, produce efectos económicos nefastos y devastadores para la empresa y los trabajadores, de ahí que, el Estado interviene para aminorarlos cuando lleva un determinado tiempo sin una pronta solución del conflicto. Lo ideal sería que se estableciera un sistema de reevaluación automática de los salarios y de las prestaciones equitativo para las partes; especialmente, los trabajadores para que no empleen este mecanismo de presión, y así, los perjuicios serían mínimos.

Nuestra Corte Constitucional en la sentencia T-443 de julio 6 de 1992, expresó que: “El derecho de huelga se constituye en una de las más importantes conquistas logradas por los trabajadores en el presente Siglo. Se trata de un instrumento legítimo para alcanzar el legitimo reconocimiento de aspiraciones económicas y sociales que garanticen justicia en la relaciones obrero-patronales y un progresivo nivel de dignidad para el trabajador y la familia, cuya consagración constitucional, desde la Reforma de 1936, ha representado la más preciosa garantía del ordenamiento positivo para la salvaguarda de los derechos laborales y para el desarrollo de un sistema político genuinamente democrático.”

Etimología

La palabra huelga viene del vocablo latino “huelgo” y este de “holgar” que significa descansar, ociosidad o no realizar ninguna labor.

Breve historia normativa

La huelga se ha desarrollado en nuestra nación en la siguiente forma:

1. La ley 78 de 1919 reguló por primera vez sobre las siguientes materias:

a) El derecho a la negociación colectiva.

b) Conformación de tribunales de arbitramento.

c) El derecho de huelga

2. La ley 21 de 1920 prohibió la huelga en los servicios públicos, sin explicar cual era su concepto o noción.

3. La reforma constitucional de 1936, en el artículo 18, estableció el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos.

4. El decreto 1778 de 1944 prohibió la huelga debido a la crisis política que vivía en el segundo gobierno de Alfonso López Pumarejo, ante los escándalos de los hijos del presidente, derecho que vino a restablecerse bajo la presidencia de Alberto Lleras Camargo por la renuncia del primero, mediante el decreto 2350 de 1944.

5. La ley 6 de 1945 nuevamente reguló la huelga, cuya normatividad es copiada del decreto 2350/44.

6. En 1950 se expidió el CST, el cual transcribe la ley 6 de 1945, sobre el derecho de la huelga.

7. En 1956 se promulgó el decreto 753, mediante el cual definió la noción de servicio público, tomado de la legislación francesa, en que todo servicio que satisfaga necesidades de la comunidad es un servicio público, y además, la comentada normatividad facultó al presidente de la república para determinar qué actividades constituían servicios públicos (Art. 1º.)

8. El decreto ley 2351 de 1965 facultó a La Policía Nacional para intervenir en la huelga, para que se desarrollará pacíficamente (Art. 33); asimismo, dispuso que sí la huelga dura más de diez (10) días el Ministerio del Trabajo convocaría a un tribunal de arbitramento.

9. La ley 47 de 1968 derogó el artículo 1º del decreto 753/56, le quitó dicha facultad al ejecutivo y se la confirió al órgano legislativo.

10. La Constitución de 1991,

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