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Matrimonio Civil Y Religioso (diferencias)


Enviado por   •  30 de Mayo de 2013  •  422 Palabras (2 Páginas)  •  811 Visitas

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Una boda civil, bien sea por el Juzgado o Ayuntamiento, es una boda oficial, ya que se comunica al Estado nuestra unión como pareja.

Una ceremonia religiosa, no tiene ningún carácter legal, es decir, no tiene validez legal. Sin embargo, la ceremonia religiosa, por norma general, suele ir siempre acompañada del mismo trámite que una boda civil, ya que por norma general, siempre suele ir acompañada de la boda civil, o bien de una notificación en el registro civil con el libro de familia.

En aspectos laborales, los casados por lo civil, disponen de 15 días por matrimonio, incluye permisos por traslado de domicilio, fallecimiento de cónyugue así como de los familiares directos de la pareja. Sin embargo, la convivencia como pareja de hecho, no implica poder acogerse a tales derechos. A pesar de que también depende de cada empresa y del convenio que tenga.

- Cuando hablamos de viviendas, en caso de divorcios, en una pareja de casados, el titular de la casa será siempre el titular de la propiedad. Aunque si está a nombre de ambos, la vivienda será a medias para cada miembro de la pareja. Hay que destacar que también influyen las separaciones gananciales o de bienes, de los cuales hablaremos largo y tendido en otro artículo. En caso de parejas de hecho, podrán ser propietarios legales en igualdad de derechos. En caso de vivir de alquiler, éste puede subrogarse si han pasado más de 2 años de convivencia.

- Respecto al tema de las herencias, en parejas casadas. La herencia será para las personas que figuran en él. En caso de no haberse realizado testamento, el conyugue será propietario de la tercera parte, después de hijos y padres. En casos de parejas de hecho, si no hay testamento que ofrezca algo a la pareja, por desgracia no podrán heredar nada.

- De cara a Hacienda, los casados podrán hacer la declaración individual o conjunta, en caso de existir donaciones al cónyugue, el valor de tributación es menor. Sin embargo, las parejas de hecho no pueden realizar dicha declaración conjunta. Y en caso de cualquier tipo de donación, el impuesto de tributación es siempre mucho más elevado.

- Aunque, uno de los aspectos más importantes, es en materia de adopción. Si de por sí este tema resulta ya de por sí complejo para parejas casadas, las parejas de hecho se ven con un auténtico problema: pueden adoptar de igual manera que parejas casadas, pero a la hora de la verdad, las pegas son siempre mayores, y es bastante más complicado el poder adoptar.

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