Norma Oficial Mexicana
roxy.ordo4 de Septiembre de 2013
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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-STPS-1999: objetivo: Establecer las condiciones de seguridad y los sistemas de protección y dispositivos para prevenir y proteger a los trabajadores contra los riesgos de trabajo que genere la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.
maquinaria y equipo: es el conjunto de mecanismos y elementos combinados destinados a recibir una forma de energía, para transformarla a una función determinada.
Mantenimiento preventivo: es la acción de inspeccionar, probar y reacondicionar la maquinaria y equipo a intervalos regulares con el fin de prevenir fallas de funcionamiento.
Mantenimiento correctivo: es la acción de revisar y reparar la maquinaria y equipo que estaba trabajando hasta el momento en que sufrió la falla.
OBLIGACIONES DEL PATRÓN: Mostrar a la autoridad laboral, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar. Elaborar un estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo en el que se debe hacer un inventario de todos los factores y condiciones peligrosas que afecten a la salud del trabajador.
Para todo riesgo que se haya detectado, se debe determinar: a) el tipo de daño; b) la gravedad del daño; c) la probabilidad de ocurrencia.
En base al estudio para analizar el riesgo potencial, el patrón debe: a) elaborar el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo, darlo a conocer a los trabajadores y asegurarse de su cumplimiento; c) señalar las áreas de tránsito y de operación.
d) dotar a los trabajadores del EPP de acuerdo a lo establecido. Capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo.
MANTENIMIENTO DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO: El programa debe contener: La capacitación que se debe otorgar a los trabajadores. La periodicidad y el procedimiento para realizar el mantenimiento preventivo, y en su caso el correctivo. Se debe llevar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo que se le aplique a la maquinaria y equipo.
PRIMEROS AUXILIOS: las técnicas y procedimientos de carácter inmediato, limitado, temporal, profesional o de personas capacitadas que es brindado a quien lo necesite, víctima de un accidente o enfermedad repentina.
Reglamento federal de seguridad: 21 Enero 1997 ARTÍCULO 148. Será responsabilidad del patrón proporcionar en todo tiempo los medicamentos y materiales de curación indispensables, para que se brinden oportuna y eficazmente los primeros auxilios, de acuerdo con la Norma correspondiente.
Ley Federal del Trabajo, Artículo 283.- Los patrones tienen las obligaciones : Mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal que los preste. obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.
NORMA Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998.. 5.6 debe contar con un manual de primeros auxilios en el cual se deben definir los medicamentos y materiales de curación que requiere el centro de trabajo y los procedimientos para la atención de emergencias médicas.
Ley del Seguro Social: Artículo 210. Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de: Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; prevención de enfermedades y accidentes.
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES: ARTICULO 17. Colocar en lugares visibles de los centros de trabajo avisos o señales de seguridad e higiene para la prevención de riesgos, en función de la naturaleza de las actividades que se desarrollen, conforme a las Normas correspondientes;
ARTICULO 18. Son obligaciones de los trabajadores: Dar aviso inmediato al patrón y a la comisión de seguridad e higiene, sobre
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