Norma Oficial Mexicana
zuleymavg29 de Mayo de 2013
3.717 Palabras (15 Páginas)376 Visitas
NORMA Oficial Mexicana NOM-015/1-SCFI/SSA-1994, Seguridad e información comercial en juguetes - Seguridad de juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales en artículos recubiertos con pinturas y tintas. Especificaciones químicas y métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
Las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial y de Salud, por conducto de las Direcciones Generales de Normas y Salud Ambiental, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción VII, 39 fracción V, 40 fracción VII y 47 fracción IV y último párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 116 de la Ley General de Salud; 9o. y 17 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 25 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 5o. fracción XIII inciso a) del Acuerdo que adscribe Orgánicamente Unidades Administrativas y delega Facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Jefes de Unidad, Directores Generales y otros Subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 1994, y
CONSIDERANDO
Que en el Plan Nacional de Desarrollo se indica que es necesario adecuar el marco regulador de la actividad económica nacional.
Que siendo responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos y servicios que se comercialicen en territorio nacional sean seguros y no representen peligros al usuario y consumidores respecto a su integridad corporal.
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA1-1993, Salud ambiental. Seguridad de juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales en artículos recubiertos con pinturas y tintas. Especificaciones químicas y métodos de prueba, lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 1993, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo.
Que durante el plazo de 90 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, los análisis a los que se refiere el artículo 45 del citado ordenamiento jurídico, estuvieron a disposición del público para su consulta.
Que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron analizados por el citado Comité Consultivo, realizándose las modificaciones procedentes, por lo que la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Salud Ambiental, publicó las respuestas a los comentarios recibidos, en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de abril de 1994.
Que con objeto de evitar sobrerregulaciones y no crear confusión entre los diversos sectores que consultan o están sujetos al cumplimiento de las normas oficiales mexicanas relacionadas con juguetes y dado que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario y Prevención de Practicas Engañosas de Comercio emitirá dos normas oficiales mexicanas más relacionadas con ese sector, la NOM-007-SSA1-1993 cambia de designación a NOM-015/1-SCFI/SSA-1994.
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015/1-SCFI/SSA-1994 SEGURIDAD E INFORMACION COMERCIAL EN JUGUETES - SEGURIDAD DE JUGUETES Y ARTICULOS ESCOLARES. LIMITES DE BIODISPONIBILIDAD DE METALES EN ARTICULOS RECUBIERTOS CON PINTURAS Y TINTAS. ESPECIFICACIONES QUIMICAS Y METODOS DE PRUEBA
En consecuencia, los fabricantes, comercializadores o importadores, transportistas y almacenadores de pinturas, tintas, barnices, lacas y esmaltes, juguetes y artículos escolares, deberán cumplir con lo establecido en esta Norma Oficial Mexicana.
La vigilancia de la observancia de esta Norma corresponde a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, mediante muestreos aleatorios y siguiendo los procedimientos que marca la Ley General de Salud y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, respectivamente.
Para los casos que requieran de un procedimiento especial de muestreo se utilizará como referencia la NMX-Z-12. Muestreo para la inspección por atributos-Parte 1: Información general y aplicaciones.
Para tales efectos, la presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor, con su carácter obligatorio, al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 18 de agosto de 1994.- El Director General de Normas, Luis Guillermo Ibarra.- Rúbrica.- El Director General de Salud Ambiental, Filiberto Pérez Duarte.- Rúbrica.
NOM-015/1-SCFI/SSA-1994
SEGURIDAD E INFORMACION COMERCIAL EN JUGUETES - SEGURIDAD DE JUGUETES Y ARTICULOS ESCOLARES. LIMITES DE BIODISPONIBILIDAD DE METALES EN ARTICULOS RECUBIERTOS CON PINTURAS Y TINTAS. ESPECIFICACIONES QUIMICAS Y METODOS DE PRUEBA
0 INTRODUCCION
Existen pinturas y tintas que contienen metales y ciertos elementos formando compuestos, las cuales se emplean en la fabricación o recubrimiento de las superficies de artículos de consumo con los que es posible que las personas entren en contacto, planteando, por lo tanto, un riesgo para la salud cuando dichos compuestos son tóxicos.
El riesgo de exposición a ciertos elementos presentes en las pinturas y tintas es mayor en los niños, debido al comportamiento de llevarse a la boca objetos no comestibles, hábito conocido como "pica". Al chupar, lamer o tragar objetos recubiertos con pinturas que contienen elementos metálicos, éstos entran al organismo vía el tracto digestivo.
1 OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION
Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y los métodos de prueba para la determinación de la biodisponibilidad de los elementos antimonio (Sb), arsénico (As), bario (Ba), cadmio (Cd), cromo (Cr), plomo (Pb), mercurio (Hg) y selenio (Se) del material en juguetes, instrumentos gráficos escolares, pinturas para niños y plastilinas. Esta Norma Oficial Mexicana debe aplicarse a todos los juguetes y artículos escolares de fabricación nacional y de importación.
Las especificaciones no consideran otros peligros potenciales originados por el uso de otras sustancias químicas en la manufactura de juguetes y artículos escolares.
Las especificaciones contemplan la biodisponibilidad de compuestos metálicos en los materiales siguientes:
- Recubrimientos de pinturas, barnices, lacas, tintas de impresión y recubrimientos similares;
- Materiales poliméricos y similares;
- Papel y cartón;
- Textiles;
- Masas de materiales coloreados (ejemplo: lana y piel impregnadas);
- Partes pequeñas de materiales metálicos, determinados según el medidor descrito en el punto 6;
- Materiales destinados a dejar trazas (ejemplo: la mina de lápices de color y la tinta de las plumas);
- Materiales flexibles para moldear y geles;
- Pinturas, barnices, lacas, polvos para vidriado y materiales similares en forma sólida o líquida que aparezcan como tal en los juguetes.
No están incluidos en esta Norma los objetos y sus partes, por ejemplo instrumentos gráficos que, debido a su función, masa, tamaño u otra característica, no planteen de manera obvia ningún riesgo de chuparse, lamerse o tragarse, tomando en cuenta el comportamiento normal y predecible de los niños; así como los materiales de empaque.
2 REFERENCIAS
Esta Norma se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes:
NOM-015-SCFI Seguridad e información comercial de juguetes.
NMX-K-23-SCFI Método de prueba para la determinación de metales pesados en ácido clorhídrico.
NMX-K-266-SCFI Método de prueba para la determinación de arsénico.
NMX-Z-12-SCFI Muestreo para la inspección por atributos.
NOM-SS-3 Higiene industrial. Medio ambiente laboral. Determinación de plomo y compuestos de plomo. Método de absorción atómica.
3 DEFINICIONES
Para propósitos de esta Norma se aplican las definiciones siguientes:
3.1 Material base.
Material sobre el que se depositan o se forman los recubrimientos.
3.2 Recubrimiento.
Todas las capas del material que cubre el material base.
3.3 Límite de detección (de un método).
Tres veces la desviación estándar del valor blanco.
3.4 Raspado.
Remoción de un recubrimiento hasta el material base sin quitar parte de éste.
3.5 Biodisponibilidad.
Cantidad de los elementos solubles que pueden ser extraídos de acuerdo al método de prueba descrito en esta Norma de los materiales mencionados en el punto 1.
4 ESPECIFICACIONES
La biodisponibilidad de los elementos en los artículos establecidos en el punto 1, deberá cumplir con los límites máximos permisibles dados en la tabla 1, cuando éstos se prueben de acuerdo a los puntos 5.3, 5.4 y 5.5.
TABLA 1.- Límites máximos de los elementos en el material del juguete o artículo escolar.
Valor máximo del elemento del
...