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Normas Técnicas de Seguridad Industrial


Enviado por   •  13 de Octubre de 2012  •  1.995 Palabras (8 Páginas)  •  623 Visitas

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Normas Técnicas de Seguridad Industrial

Estimado estudiante, partimos de la definición básica de la seguridad industrial

como el cumplimiento de norma o medidas técnicas destinadas a conservar la

vida, la salud y la integridad física de los trabajadores y tendientes a conservar

los materiales, equipos e instalaciones exentos de peligro y en las mejores

condiciones para lograr productividad.

Por lo anterior, es importante que usted participe activamente en la recopilación

de medidas y/o normas técnicas que ayuden a que el trabajador, no sólo en el

lugar de trabajo, las tenga en cuenta sino que en la misma casa y en el traslado

de su casa al trabajo en ida y vuelta, no se accidente y cause lesiones que lo

lleven a tener días de incapacidad.

La resolución 2400, llamado Estatuto Nacional de Seguridad Industrial

relaciona algunas medidas que debemos tener en cuenta:

Piso: o pavimento constituirá un conjunto homogéneo y liso sin soluciones de

continuidad; será de material resistente, antideslizante y en lo posible de fácil

limpieza.

Se procurará que todo el pavimento se encuentre al mismo nivel; en caso de

existir pequeños escalones, estos se sustituirán por rampas de pendientes

suaves, para salvar las diferencias de altura entre un lugar y otro.

Superficie del piso: El área por trabajador no será menor de dos (2) metros

cuadrados, con un volumen de aire suficiente para 11,5 metros cúbicos.

Altura del techo: No se permitirá el trabajo en los locales cuya altura del techo

sea menor de tres (3) metros, cualquiera que sea el sistema de cubierta.

Paredes: serán lisas, protegidas y pintadas en tonos claros, susceptibles de

ser lavadas o blanqueadas y serán mantenidas en buen estado de

conservación, reparándose tan pronto como se produzca grietas, agujeros o

cualquier clase de desperfectos.

Pasillos: La anchura mínima de los pasillos interiores de los locales de trabajo

será de 1.20 metros.

Distancia entre máquinas: La distancia entre máquinas, aparatos equipos,

etc., será la necesaria para que el trabajador pueda realizar su labor sin

dificultad e incomodidad, evitando los posibles accidentes por falta de espacio,

no será menor en ningún caso, de 0.80 metros.

Altura mínima para transitar: Todo lugar por donde deben transitar los

trabajadores, tendrá una altura mínima de 1.80 metros, entre el piso y el techo.

No estoy de acuerdo con esta medida pues actualmente es muy común

encontrar personas con estatura superior a esta medida.

Escaleras: Se procura que sean de materiales incombustibles, espaciosas y

seguras, y deberán estar provistas de pasamanos a una altura de 0.90 metros

y de barandilla, que evite posibles caídas.

Trampas y fosos: Deben estar cerrados y tapados, y cuando no, deberán

estar provistas de barandillas de 1.10 metros de altura y de rodapié y señales

indicadoras del peligro.

Puertas de salida: Los locales de trabajo contarán con un número suficiente

de puertas de salida, libres de todo obstáculo, amplias, bien ubicadas y en

buenas condiciones de funcionamiento, para facilitar el tránsito en caso de

emergencia. Tanto las puertas de salida, como las de emergencia deberán

estar construidas para que se abran hacia el exterior, y estarán provistas de

cerraduras interiores de fácil operación. No se deberán instalar puertas

giratorias; las puertas de emergencia no deberán ser de corredera, ni de

enrollamiento vertical.

Servicios de higiene: Todos los establecimientos de trabajo, deben tener o

instalar un inodoro, un lavamanos, un orinal y una ducha, en proporción de uno

(1) por cada quince (15) trabajadores, separados por sexos, y dotados de todos

los elementos indispensables para su servicio, consistentes en papel higiénico,

recipientes de recolección, toallas de papel, jabón, desinfectantes y

desodorantes.

Los artefactos sanitarios, deben ser construidos de un material impermeable,

inoxidable, y con acabado liso que facilite la limpieza.

Los lavamanos comunes o colectivos, se puede considerar que cada sesenta

(60) centímetros longitudinales con su grifo correspondiente, equivale a un

lavamanos individual.

Los orinales colectivos tendrán su fondo con un desnivel por lo menos del cinco

por ciento (5%) hacia el desagüe, y se considerará que sesenta (60)

centímetros de longitudinal equivalente a un orinal individual.

Se instalarán baños de ducha con agua fría y caliente, especialmente para los

trabajadores ocupados en operaciones calurosas, sucias o polvorientas, y

cuando

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