¿PTU aplica para las asociaciones civiles?
Diego123lic21 de Agosto de 2014
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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MÉXICO
DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO
MAESTRIA EN DERECHO
Asignatura: Aspectos societarios y Estrategias
Fiscales
Profesor: Mtro. Israel Josué López Pérez
Tesina, Trabajo Final
POR.-
LIC. IGLESIAS RIVERO DIEGO
¿PTU APLICA PARA LAS ASOCIACIONES CIVILES?
La participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, que se establece el artículo 123, apartado A, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Toda persona física que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario tendrá el calificativo de trabajador que por ministerio de ley tiene derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.
En repuesta a la pregunta expresada como título primero y considerando el articulo número 5 así como el artículo 123 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en el cual da una protección al trabajador en elección de profesión así como sus derechos con los que cuenta y tomando en cuenta la teoría jurídica contemporánea del positivismo que acepto y rige la vida jurídica en México que marca una supremacía de esta constitución ante todo código, ley, reglamento y /o acuerdo internacionales el trabajador de una asociación civil si tiene derecho a recibir utilidades siempre y cuando se de este supuesto;
Las asociaciones o sociedades civiles constituidas sin fines de lucro, que obtengan ingresos por la enajenación de bienes distintos a su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, siempre que dichos ingresos excedan de 5% de sus ingresos totales, tienen obligación de repartir las utilidades a sus trabajadores por estos conceptos.
“VIABILIDAD DEL ESTABLECIMIENTO DE SOCIEDADES UNIPERSONALES EN MÉXICO”
Para contestar esta pregunta tenemos que basarnos en la definición de Derecho; Derecho: es el conjunto de normas, leyes y código que se crearon para regular a un grupo de personas que denominaremos como sociedad de una manera aposteri para alcanzar el fin común de convivencia, en este sentido y en respuesta a la pregunta retomada en el titulo nos da dos posibles respuestas.
Sociedades Unipersonales La iniciativa de ley propone incorporar al sistema jurídico mexicano las sociedades mercantiles de un solo socio, Sociedades o Empresas denominadas Unipersonales, para atender la necesidad que existe en el sector económico de crear espacios para aquellas personas que desean emprender un negocio de manera individual.
Tomando al Derecho como regulador del actuar de un conjunto de personas es lógico que para que exista una norma, ley o código tiene que existir mucho antes una acción humana que regular y tomando en cuenta que la persona jurídica se presta a cometer actos ilícitos para actuar como socios al prestar su nombre obligando al director a repartir las utilidades y/o ganancias de dicha sociedad anónima, comandita simple, comandita por acciones etc. Se pretende crear una sociedad unipersonal con el fin de dar una protección al comerciante en el supuesto de que estas sociedades entre en banca rota solo se cobraran los pasivos de los recursos de dicha y no de los recursos personales del comerciante ;Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o Carta Magna se garantiza la libertad de trabajo, no manifestando restricciones más allá de la licitud, en cambio es obligación Estado crear instrumentos del jurídicos y adecuaciones normativas que agilicen, hagan más eficiente y más competitiva la economía, con una simplificación delas normas y requisitos, que en muchas
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