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Asociacion Civil


Enviado por   •  19 de Junio de 2014  •  2.748 Palabras (11 Páginas)  •  252 Visitas

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Nosotros, WOLFANG ENRIQUE PINEDA OROPEZA, venezolano, mayor de edad, casado, residenciado en Caracas y titular de la cédula de identidad N° V-6.450.740 y GLADYS JOSEFINA BOGAN MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, residenciada en Caracas y titular de la cédula de identidad N° V-5.434.812; hemos decidido constituir, como en efecto lo hacemos mediante la presente acta constitutiva, una ASOCIACIÓN CIVIL, de derecho privado y sin fines de lucro, conforme a lo establecido en el Código Civil y demás Leyes de la República Bolivariana de Venezuela que a bien pudieran regular la presente organización. La presente Acta Constitutiva ha sido redactada con suficiente amplitud para que sirva a su vez de estatutos sociales los cuales fueron debatidos y aprobados por los asambleístas y son del siguiente tenor:

CAPITULO I

DE LA DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, Y DURACION

ARTÍCULO 1: La Asociación se denominará ALIANZA PROMOCIONES Y EVENTOS A.C., pudiendo usar sus siglas APE A.C; y se regirá por los siguientes estatutos y por la normativa legal existente en la República Bolivariana de Venezuela. ARTÍCULO 2: La Sociedad tendrá como principal objetivo la organización de competencias y eventos deportivos relacionados con el ciclismo en todas sus modalidades, así como caminatas, carreras de a pie, ciclo marchas, ciclo paseos y en fin toda aquella actividad que permita fomentar el desarrollo del deporte y en especial el ciclismo en VENEZUELA dentro y fuera de ella en el ámbito nacional como en cualquier otro ámbito internacional. Realizar actividades y competencias en el territorio nacional cumpliendo con el régimen legal acorde a ellas promoviendo tanto el ciclismo como el turismo en VENEZUELA. ARTÍCULO 3: La Asociación ALIANZA PROMOCIONES Y EVENTOS A.C. tendrá personalidad jurídica propia, será de naturaleza civil y no perseguirá fines de lucro. ARTÍCULO 4: El domicilio de la ASOCIACIÓN CIVIL ALIANZA EVENTOS Y PROMOCIONES A.C. estará ubicado en Avenida Bolivar Norte, Torre Banaven, PH18, Valencia, Estado Carabobo y podrá establecer en un futuro, sucursales representaciones o agencias en otras ciudades de Venezuela o en el Exterior, cuando así lo decida la Asamblea de la Fundación. ARTÍCULO 5: La duración de la Fundación será de cincuenta (50) años, contados desde la fecha de inscripción de este documento en la correspondiente Oficina de Registro.

CAPITULO II

DE LOS MIEMBROS

ARTÍCULO 6: La ASOCIACIÓN CIVIL estará integrada por cuatro (4) clases de miembros: a. Miembros Fundadores; b. Miembros Ordinarios; c. Miembros Honorarios; y, d. Miembros Patrocinantes. ARTÍCULO 7: Son Miembros Fundadores las personas que participaron en la creación de la ASOCIACIÓN CILIN ALIANZA PROMOCIONES Y EVENTOS A.C. y que suscribieron el acta constitutiva. ARTÍCULO 8: Son Miembros Ordinarios todas las personas naturales o jurídicas que posterior a la creación de la Asociación, previa solicitud de afiliación y cumplimiento con los requisitos exigidos por los estatutos y reglamento de la Asociación, hayan sido aceptados como tales por la Asamblea. ARTÍCULO 9: Son Miembros Honorarios, las instituciones, personas naturales o jurídicas que por su dedicación a la ASOCIACIÓN CIVIL ALIANZA PROMOCIONES Y EVENTOS A.C., la Junta Directiva o la Asamblea de Miembros Ordinarios les hayan otorgado tal distinción. ARTÍCULO 10: Son Miembros Patrocinantes aquellas instituciones, personas naturales o jurídicas solidarias con las necesidades de la ASOCIACIÓN CIVIL, que manifiesten su voluntad de patrocinar a la misma, ya sea con fondos, bienes o servicios, y que la Junta Directiva o La Asamblea les hayan otorgado tal carácter. ARTÍCULO 11: Para ser Miembro Ordinario se requiere: a. Ser mayor de edad; b. Llenar planilla de solicitud de afiliación; c. Llenar planilla de exoneración de responsabilidades; d. Haber sido admitido como miembro por la Asamblea General previo cumplimiento de los requisitos exigidos por esta; Y e. Estar al día con las cuotas asignadas, por los estatutos o por el reglamento de la ASOCIACIÓN CIVIL. ARTÍCULO 12: De los Derechos de los Miembros Fundadores, Ordinarios y Honorarios: a. Ejercer el derecho a voz y a voto; b. Elegir y ser elegidos para cargos directivos, comisiones técnicas; c. Representar a la ASOCIACIÓN CIVIL ALIANZA PROMOCIONES Y EVENTOS A.C. en los eventos organizados y/o autorizados por la misma; d. Ser convocado para las Asambleas y reuniones de la ASOCIACIÓN CIVIL con la debida autorización; e. Ser debidamente instruido en todas las áreas que desarrolla esta ASOCIACIÓN CIVIL. ARTÍCULO 13: De los deberes de los Miembros Fundadores, Ordinarios y Honorarios: a. Asistir a todas las asambleas, reuniones y actividades organizadas por La ASOCIACIÓN CIVIL; b. Acatar el presente documento constitutivo - estatutario y las disposiciones de la Junta Directiva y/o Asamblea General; c. Desempeñar los cargos o comisiones para los que se ha designado; d. No exigir retribución como miembro de la ASOCIACIÓN CIVIL; e. Participar en las actividades que adelante o ejerza como miembro de la ASOCIACIÓN CIVIL; f. Mantener la cordialidad y el compañerismo entre los miembros de la ASOCIACIÓN CIVIL.

CAPITULO III

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 14: La ASOCIACIÓN CIVIL será dirigida y administrada por una Junta Directiva elegida por la Asamblea Ordinaria de la ASOCIACIÓN CIVIL. La Junta Directiva tendrá dos (2) miembros principales: Un Presidente y Un Vicepresidente. ARTÍCULO 15: Todo miembro de la Junta Directiva durará en su cargo dos (05) años en el ejercicio de sus funciones y permanecerán en sus cargos hasta que tomen posesión las personas que hayan sido designadas por la Asamblea para sustituirlas y podrán ser reelegidos. ARTÍCULO 16: La Junta Directiva tendrá los más amplios poderes de administración, disposición y ejercerá la plena representación de la ASOCIACIÓN CIVIL. Son atribuciones de la Junta Directiva: a. Administrar y dirigir los recursos de la ASOCIACIÓN CIVIL; b. Velar por los bienes de la ASOCIACIÓN CIVIL y cuidar de su adecuado mantenimiento; c. Organizar los servicios de la ASOCIACIÓN CIVIL y velar por su adecuado funcionamiento; d. Incrementar el patrimonio de la ASOCIACIÓN CIVIL dentro de los límites de sus iniciativas; e. Nombrar y remover el personal, así como el personal ad-honorem, según sea necesario para el funcionamiento de la ASOCIACIÓN CIVIL y fijar su correspondiente remuneración de ser el caso; f. Elaborar el presupuesto anual y el programa de actividades de la ASOCIACIÓN CIVIL y someterla a consideración de la asamblea; g. Elaborar y presentar un informe anual de su gestión a la Asamblea de Miembros de la ASOCIACIÓN

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