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Personas Morales


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  5.955 Palabras (24 Páginas)  •  316 Visitas

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PERSONAS MORALES.

La idea de persona moral surge con precisión en la Edad Media en el concepto de "persona ficta", desarrollado en la primera mitad del siglo XIII por el canonista Sinibaldo de Fieschi, posteriormente Papa Inocencio IV (1243-1254), para distinguir a la persona física, individuo con cuerpo y espíritu, de otro ente que también asumía derechos y obligaciones pero carente de alma y cuerpo, al que se consideró "persona ficta". A diferencia de la persona física, la ficta no podía ser sujeto de excomunión ni interdicción: " Collegium in causa universitatis fingantur una persona".

Más tarde, en el siglo XVIII, Hugo Grocio hace notar que aun cuando un hombre no pueda tener sino un solo cuerpo natural, puede convertirse en cabeza de varios cuerpos morales o comunidades; idea recogida por su coetáneo Samuel Pufendorf para referirse a personas morales o compuestas, resultantes de la unión de varios individuos en torno de una sola idea y una voluntad común.

Federico Carlos de Savigny, uno de los fundadores de la escuela histórica del derecho, para quien el alma del pueblo no es una expresión metafórica, sino una entidad real, aunque misteriosa, de la cual dimanan todos los fenómenos de cultura, sostuvo en el siglo XIX la existencia de diferentes tipos de personas morales: "Por una parte hay personas sociales (la nación) que no son un agregado de individuos, sino verdaderos seres naturales, dotados de conciencia; y, por otra, las personas jurídicas que son seres ficticios, sujetos artificialmente creados por y para el derecho positivo, pues la idea primitiva y natural de persona coincide con la de individuo."

En México, el artículo 25 del Código Civil para el Distrito Federal, en materia común, y para toda la República en materia Federal -ocupándose de cuestiones de derecho público que no le atañen-, reconoce como personas morales a la nación, a los estados y a los Municipios, así como a las demás corporaciones de carácter público; también considera como personas morales a las sociedades -civiles o mercantiles-, a los sindicatos de trabajadores y asociaciones profesionales; y a las cooperativas, mutualistas y demás asociaciones que tengan fines lícitos.

Como establece el artículo 28 del referido Código Civil, las personas morales o jurídicas están facultadas para ejercer todos sus derechos a efecto de alcanzar sus fines, los cuales deben ser lícitos.

Atributos de la persona Moral:

Capacidad

La CAPACIDAD DER LAS PERSONA MORALES SE DISTIGUE DE LAS PERSONAS FISICAS EN DOS ASPECTOS:

a) En las personas morales no existe la incapacidad de ejercicio, toda vez que ésta depende exclusivamente de las circunstancias propias e inherentes al ser humano, tales como a la minoría de edad la privación de la inteligencia mpo9r locura, idiotismo, o imbecilidad; la sordomudez unida a la circunstancia de que no se sepa leer ni escribir; la embriagues consuetudinaria, o el abuso inmoderado y habitual de drogas enervantes.

b) en las personas morales su capacidad de goce está limitada en razón de su objeto, naturaleza y fines.

Dichas entidades no pueden adquirir bienes o derechos o reportar obligaciones que no tengan relación con su objeto y fines propios.

Patrimonio:

Aun cuando de echo algunas entidades como los sindicatos y las asociaciones políticas , cintíficas, , artísticas o de recreo pudieran funcionar sin tener un patrimonio, existe siempre por el hechom de ser personas , la capacidad de adquirirlo. Es decir, cualquiera que sea su objeto y finalidades deben tener la posibilidad jurídica de adquirir los bienes , derechos y obligaciones relacionados con sus fines. Existen algunas entidades como las sociedades civiles o mercantiles que por su naturaleza misma requieres para constituirse un patrimonio, o sea, un capital social que es indispensable formar desde el nacimiento de ente y a través de las aportaciones que lleven a cabo los socios, en dinero, bienes, trabaj0o o servicios.

Razón Social:

La denominación de las personas morales equivale al nombre de las personas físicas, constituye en un medio de identificación del ente absolutamente necesario para que pueda entrar en relaciones jurídicas con los demás sujetos. Para las personas morales de derecho privado la ley regula expresamente su denominación. En la sociedades puede haber simple denominación o razón social

Nacionalidad:

La nacionalidad de las personas Morales se define de acuerdo con el artículo 5° de la vigente ley de Nacionalidad y Naturalización, tomando en cuenta dos Factores: que se hayan constituido conforme a las leyes Mexicanas y que, además , establezcan su domicilio en el territorio de la República. Cumplidos estos requisitos tendrán la nacionalidad Mexicana. “ artículo 5°. Son perso0nas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio legal”

No basta que una persona moral se constituyas de acuerdo con las leyes de un Estado determinado, si no radica su domicilio dentro del territorio del mismo, porque abría el peligro de que los extranjeros se acogieran a las leyes de un determinado Estado paras constituir una entidad moral, que al no fijar su domicilio dentro del territorio del mismo, pondría en peligro su independencia o los intereses de sus nacionales, dada su finalidad para aprovechar una nacionalidad que la colocará en situación ventajosa y en perjuicio de los intereses mismos del Estado bajo cuyas leyes se acoge.

Domicilio:

Se determina en el artículo 33° del Código Civil “ Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración. Las que tengan su administración fuera del Distrito o de los Territorios Federales , pedro que ejecuten actos jurídicos dentro de las mencionadas circunscripciones, se consideraran domiciliadas en el lugar donde los hayan ejecutado en todo lo estos actos refiera. Las sucursales que operen en lugares distintos de donde radica la casa matriz, tendrán sus domicilios en esos lugares para el cumplimiento de ñlas obligaciones contraídas por las mismas sucursales”.

Personas Morales reconocida por el derecho público y privado.

Persona de Derecho Público:

La

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