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Petróleo Venezolano: Salirnos Del CIADI, Es Una Medida Patriótica, De Restablecimiento De La Soberanía

blowyourmind13 de Febrero de 2012

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Hace más de una década llevó yo una contienda pública en la cual me ha acompañado Fermín Toro Jiménez en la cual incluso llegamos ante el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela una demanda en forma para pedir la interpretación del artículo 151 de la Constitución y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), primero nos negó la condición de interés para esa demanda, vale decir un ciudadano no tenía derecho a solicitar la interpretación atinente a la soberanía de Venezuela bueno dos ciudadanos y la segunda cosa era que decía que Venezuela se había acogido al criterio de inmunidad relativa ¿qué es eso de inmunidad relativa? me van a perdonar ustedes que empiecen con una serie de pequeños conceptos que muchos de ustedes dominaran pero que el público necesita conocer.

Fíjense ustedes los estados tienen como una potestad que no pueden ceder, ni transferir, ni alienarle negociar la soberanía. La soberanía es poder absoluto y perpetuo de darse las propias leyes, aplicar esas leyes con sus propios órganos y decidir con sus propios tribunales, y sus propias leyes los conflictos que sobre la aplicación de las leyes surjas.

Esas tres cosas constituyen las condiciones sine qua non de la existencia de un estado, ustedes pueden entender claramente que si un estado sede una sola de esas potestades deja de ser estado, si Venezuela por ejemplo no puede darse sus leyes, si no que tiene que presentar a Washington o cualquier otro poder cuales han de ser nuestras leyes es obvio que no somos soberanos, eso era lo que sucedía antes del 19 de abril de 1810 otras potencias hacían nuestras leyes, si podemos hacer nuestras leyes pero no podemos aplicarlas, también hemos perdido la soberanía y no existimos estado, otros poderes, otras fuerzas públicas, otras autoridades designadas por otras potencias serían las que aplicarían las leyes y si no podemos resolver las controversias sobre la aplicación de las leyes con nuestros tribunales y nuestras leyes igualmente hemos dejado de existir como República.

Piensen ustedes por ejemplo que se plantean ante nuestros tribunales una controversia sobre quien ganó las elecciones y quien gana las elecciones del 2012 y entonces eso no lo va a decidir nuestros tribunales sino que de repente el CIADI o la Corte Penal de la Haya, o la Corte Internacional de los Derechos Humanos en Costa Rica de la OEA o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de Washington es quien va a sentenciar quien gano las elecciones aquí. Piensen ustedes que hay como los hay mucho de expropiación de empresas de interés público y que entonces no puede el estado tomar acciones porque quien debe decidir esos litigios es el poder extranjero, una junta de árbitro.

Obviamente si estamos en esa situación hemos perdido la soberanía y eso para decirlo bien claro es que hemos dejado de existir como República independiente y soberana, esto es tan claro que en los principios fundamentales de la Constitución aparece además de la soberanía, la democracia, aparece la inmunidad, la inmunidad jurídicamente explica que determinado organismo no puede ser juzgado, ni sometido por otros poderes distintos. Venezuela tiene inmunidad de jurisdicción porque la controversia sobre la aplicación de nuestras leyes tienen que ser decididas por nuestros tribunales tan es esto de irrefutable que Bolívar fue uno de los primeros que tuvo una batalla jurídica sobre eso, los realista intentaban meter contrabando y los republicanos ejerciendo el derecho confiscaron unas goletas de Estados Unidos que le es taba metiendo contrabando de armas a los realistas, el representante de Estados Unidos dijo que el conflicto de la confiscación de esas goletas lo deberían decidir los Tribunales de Estados Unidos, Bolívar dijo no señor esas goletas y sus tripulaciones no son neutrales porque están rompiendo un bloqueo que nosotros hemos señalado con todos los medios de la leyes internacionales y además están la introduciendo armas de modo que no tienen el carácter de neutralidad y eso lo decidimos nosotros única y exclusivamente con nuestros tribunales y nuestras leyes, imagínense ustedes si Bolívar cede esa potestad soberana de esa potestad soberana.

Estas son las reglas fundamentales del juego, un país tiene que tener potestad de darse sus leyes, de aplicarlas y de resolver los conflictos sobre ella y si pierde estas potestades o pierde una de ellas ya no tiene soberanía.

Cualquiera de esas tres potestades que cedamos implica la perdida de nuestra soberanía y de nuestra independencia, por esto además es bueno siempre hacer un pequeño paseo histórico sufrió Venezuela un bloqueo y un bombardeo de nuestras costas por tres potencias imperiales Inglaterra, Alemania e Italia entre 1902 y 1903, no es por casualidad que son estas las mismas que han estado destruyendo a Libia actualmente.

Cuál era el origen de esto de nuevo los extrajeron decían tener reclamaciones contra Venezuela, decían que esas reclamaciones las tenían que resolver ellos mismos con sus tribunales, Cipriano Castro dijo que eso era inadmisible y resultado 15 acorazados empezaron a vomitar fuego contra nuestras costas, a hundir nuestro pobres barcos de una marina que no tenia prácticamente unidades navales poderosas ni armamentos, ni nada, era tal el abuso de estas potencias que reconsideradas las deudas que ellos reclamaban en realidad se redujeron a las sexta parte, para que vean que no es solo el problema de que haya una controversia jurídica o principista en esto de no ceder la soberanía jurisdicción es que la diferencia es abismal al uno ceder la jurisdicción esta cediendo la posibilidad de un abuso ilimitado contra nuestros países y toda esta controversia se planteo claramente en América Latina a raíz de otra invasión, los franceses con el emperador Maximiliano invadieron México también protestando un problema de pago de la deuda pública que debían resolver ellos y los resolvieron con la invasión.

En función de eso gran parte de nuestro países en las constituciones incluyeron la norma que implicaba la inmunidad de jurisdicción de nuestros estados, las controversias sobre cuestiones de interés publico solo se pueden resolver con nuestros propios tribunales y según nuestras leyes y entonces esa norma esta de manera explicita en la Constitución venezolana desde 1893 para que vean ustedes tiene más de un siglo establecida.

Naturalmente a las transnacionales no les gusta perder en un juego hay un proceso mundial en el mundo capitalista que lo pudiéramos llamar de privatización de la justicia y que afecta tanto a los s como a los particulares, es muy frecuente que las grandes empresas cuando ustedes firman con ellos un contrato sea de la venta de un automóvil, de un equipo, a veces la compra de un inmueble, a veces una operación con un banco que en ese contrato en la letra microscópica que suelen tener las infamias, se diga de una vez que usted renuncia a ir a los tribunales y que va a tener que someterse a una junta de arbitro, vean ustedes lo que implica eso, bueno ustedes dirán es que esa es una cuestión voluntaria, cómo que voluntaria un contrato de adhesión impuesto por una empresa y si usted rechaza contratar con ella, la otra empresa también le va imponer las mismas condiciones, esos son contratos abusivos cuyo único freno esta en las leyes.

Lo cierto es que es un documental llamado “hot cofee” sobre Estados Unidos, se señala como prácticamente todas las grandes empresas han confiscado la función judicial para desplazarlas hacia juntas arbítrales. ¿Cuál es la gracia de esto? una junta arbitral esta compuesta por arbitro y si un arbitro decide muchas veces en contra de las empresas obviamente ese señor no va a volver arbitrar más nunca nada, en alguna forma ustedes al firmar eso contratos de adhesión se someten al arbitrio de la propia empresa contra la cual pueden entrar en conflicto. Esto que ya es inmensamente grave en los interés privados, después de todo ustedes pueden decidir si compran o no un automóvil, o si piden o no un crédito, eso es el interés particular, se hace particularmente grave en el caso de los estados de la república soberana porque las transnacionales han confeccionado toda una serie de mecanismos para en cierta forma privatizar la justicia, vale decir que en lugar de que valgan los tribunales de los estados, de que valgan las cortes pues se lleven las controversias, las contenciones a órganos arbitrales.

Una cosa interesante de los árbitros es que tienen la mayoría de las veces un poder de árbitros arbitradores, es decir que pueden decidir de buena fe sin reparar en las leyes, por ejemplo una ley nuestra dice que el estado es el propietario de la riquezas de los subsuelos un arbitro arbitrador podía desechar ese principio que esta en nuestras leyes y constituciones y decir, bueno en buena fe vamos a decir que la empresa tal posee los recursos petroleros de Venezuela no importa lo que diga la constitución o las leyes.

Hay múltiples organismos en ese sentido como lo es el Centro Internacional del Comercio que hace poco dijo resolver un litigio con la Exxon, esta el CIADI hace muchas décadas el Banco Mundial que es un organismo

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