REMOCIÓN CONSTITUCIONAL, VOTO DE INVESTIDURA Y DISOLUCIÓN DEL CONGRESO
patty190Apuntes15 de Julio de 2022
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TEMA 9: REMOCIÓN CONSTITUCIONAL, VOTO DE INVESTIDURA Y DISOLUCIÓN DEL CONGRESO
(Tema 7 y 8 están incluidos dentro del Tema 6, no se hizo la separación para garantizar unidad).
- Remoción constitucional: Privación de un alto cargo público por la comisión de una falta grave (de naturaleza administrativa-funcional) en el ejercicio de la función. Por ejemplo: El contralor general. Eso pasó con el ex contralor Edgard Alarcón, quien fue separado del cargo por una compra irregular de autos. Otros que pueden ser removidos son los miembros de la JNJ, el Defensor del Pueblo o los miembros del Directorio del BCR. Tiene que estar en la Ley Orgánica de cada uno de estos entes.
- Voto de investidura: El presidente nombra a su gabinete ministerial, haberles prestado juramento y aceptado sus planes sectoriales: el consejo de ministros se dirige al Congreso para tener una confirmación/ratificación del nombramiento de la confianza depositada por el presidente. Se plantea en una sesión en donde se exponen los planes y se debate. Después, el premier pide cuestión de confianza obligatoria o voto de investidura. Si el Congreso no se lo da, el gabinete cae. Si esto último pasa nuevamente (segunda vez), el presidente queda facultado para disolver el Congreso. El mismo debe convocar a elecciones congresales.
- Disolución del Congreso: Practica que se origina en Inglaterra con el premier Robert Peel (1841). En nuestro caso, fue contemplada a partir de la Constitución de 1979. ¿Cuándo pasa?
- Cuando se niega el voto de investidura dos veces.
- Cuando el pedido de confianza es hecho por uno de sus ministros; pero el gabinete hace suyo dicho pedido.
¿Cuándo no es posible disolver el Congreso? Cuando el presidente se encuentre en el último año de su mandato, cuando se decrete el Estado de Sitio (rebelión, motín, sedición, guerra civil, guerra exterior).
Una vez disuelto el parlamento, el Poder Ejecutivo puede legislar a través de decretos de urgencia durante el periodo del Interregno Parlamentario:
- Decretos de urgencia derivados ante hechos súbitos o extraordinarios en aras de solucionar temas relacionados a la economía y las finanzas del Estado. Artículo 118, inciso 19 de la Constitución.
- Decretos de urgencia de cualquier materia siempre y cuando sea de naturaleza urgente y extraordinaria y con la necesidad de dar cuenta al Congreso. Artículo 135, párrafo 2. No es una facultad abierta.
TEMA 9: PODER EJECUTIVO I
- Órgano constitucional que dirige y establece los planes, programas y acciones vinculados a la defensa de la soberanía nacional, la seguridad y la salud de la ciudadanía. En sentido estricto, es un gobierno encargado de la política sectorial.
- Órgano que se encarga de la administración pública de los servicios públicos. Por ejemplo: los hospitales o las escuelas. En algunos casos, el PE se encarga directamente de ellos, en otros: los privados prestan dichos servicios bajo la supervisión de las entidades estatales correspondientes (por ejemplo, las farmacias o los colegios privados).
¿CÓMO ESTÁ COMPUESTO?
Presidencia de la República, el Ministeriado y a la Presidencia del Consejo de Ministros.
- PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
- Implica el ejercicio de un poder monocrático (a diferencia de aquellos regímenes parlamentarios, en donde existe un Jefe de Estado y un Jefe de Gobierno).
- El Jefe de Gobierno es el que se encarga de la marcha del Estado y de la administración o fiscalización de los servicios públicos. En las monarquías, el Jefe de Estado personifica a la nación, el rey encarga la unidad de la colectividad nacional, figura ceremonial. En nuestro país, nuestro presidente es Jefe de Gobierno y del Estado. Además, es Jefe de las FF.AA y de las FF.PP.
- Sus orígenes se remontan a la frase de que el presidente es un “rey sin corona y sin privilegios regios”. Cuando se produjo la revolución americana no fue a causa de la administración de los servicios coloniales; sin embargo, la imposición de los impuestos reales solo se dio a los de la colonia y no a los de la metrópoli. Cuando los pensadores se encuentran en el proceso de la elaboración de la Constitución se determina que: el presidente no gobierna por Derecho Divino, sino que proviene del mandato popular, el sistema de partidos políticos y el ejercicio del voto popular (la legitimidad).
- En nuestro país, la elección del presidente es por sufragio directo. Cada uno de nosotros elige directamente a un candidato y tras el conteo de votos, se llega a un ganador. Además, en nuestro país existe la segunda vuelta (copia del modelo electoral francés): entre las dos fuerzas electorales con mayores votos. ¿Para qué sirve? Para generar un mayor grado de legitimidad democrática (ante la existencia de partidos políticos, el voto puede ser fragmentado). En las segundas vueltas es normal, la formación de las alianzas políticas. En Estados Unidos, el sufragio es indirecto: a través de electores compromisarios.
- El período presidencial peruano no está sujeto a la reelección inmediata. Los argumentos a favor de ello son:
- El presidente de la República va a tener ciertos privilegios aún presidenciales durante la campaña electoral. Puede verse tentado a hacer uso de los recursos públicos.
- Puede verse tentado, durante la campaña electoral, a promulgar medidas subsidiarias.
- El presidente abandona el mando de la nación, para asumir el mando de su campaña electoral.
- Durante la campaña, el presidente puede hacer un uso perverso del poder para mantenerse en el poder. Por ejemplo: Porfirio Díaz en México (27 años en el poder), Alfredo Stroessner (35 años en el poder), Rafael Leónidas Trujillo (Formula 44, gobernó República Dominicana durante 31 años).
TEMA 10: PODER EJECUTIVO II
Suspensión del ejercicio de la Presidencia. Supuesto previstos en el artículo 114, 115 y 117.
Vacancia presidencial. Nace por la muerte, la declaración de permanente incapacidad física o moral, la renuncia (Caso PPK) o la destitución. ¿Qué se entiende por incapacidad moral? En las antiguas Constituciones, se entendía como enfermedad mental. Empero, el tema ha sido replanteado: ahora es aquel comportamiento o aquella actitud que genera rechazo por parte de la población en virtud de los principios que nos ayudan a determinar lo bueno y lo malo. Tiene tres componentes:
- Componente cognitivo: Tener pleno discernimiento de los principios bueno o lo malo.
- Componente afectivo: Interiorizar dichas conductas.
En el caso de la destitución, lo vimos en Alberto Fujimori.
- LA VICEPRESIDENCIA
“Excelencias superfluas”. Los vicepresidentes carecen de una función o labor específica, el presidente puede optar por nombrarlos ministros, o en alguna comisión. Pero, usualmente no sucede eso. ¿Por qué? Porque cuando se arma la plancha presidencial, no se piensa en la amistad o en la afinidad política sino en el objetivo de ganar (cuota de género, alianza política, cuota de experiencia). Además, los presidentes son muy celosos. En resumen, es un cargo que no tiene relevancia política alguna en términos fácticos.
En nuestro país, han sucedido los siguientes casos históricos:
- Pedro Diez Canseco, tras la muerte de Manuel Candamo.
- Agustiniano Borgoño (segundo vicepresidente), tras la muerte de Remigio Morales Bermúdez.
- Son encargaturas asumidas temporalmente, solo se encarga del despacho pero no toma decisiones trascendentales ya que el presidente no está presente solo por un tiempo.
- Prado viaja al exterior. El primer vicepresidente Gallo Porras asume el despacho y se produce una marcha estudiantil con bastante violencia. Dichos estudiantes fueron violentados por los delincuentes en los centros penitenciarios. El entonces primer vicepresidente tuvo que verse obligado a exigir la renuncia del ministro del Interior.
- Toledo viaja mientras que se producía una huelga de trabajadores públicos: se fue agravando ya que los médicos abandonaron los hospitales. El segundo vicepresidente David Waisman tuvo que promulgar un decreto supremo para cesar esta situación.
JURAMENTO PRESIDENCIAL
Es una expresión de honor y decoro de asumir una función que se asume. El juramento que se presta tiene la siguiente fórmula (ponerse al día).
FUNCIONES DEL PRESIDENTE
Artículo 118 de la Constitución establece de manera taxativa las funciones que le competen. Tiene cuatro jefaturas: Jefe del Estado, Jefe de Gobierno, Jefe de las FF.AA, Jefe de la PNP.
- Inciso 1. Principio de ejecutoriedad: ante la desobediencia de quienes pierden un proceso, el juez dispone el uso de la fuerza legítima que en principio está en manos del Poder Ejecutivo (en la PNP). Lo mismo sucede con aquellos dispositivos normativos que imponen una sanción y que exigen el uso de la fuerza pública para dar cumplimiento de esa norma (ante la oposición y resistencia de quien no quiere reconocerla).
- Inciso 2. Representación del Estado, dentro y fuera de la República. El presidente personifica en la Nación. Es decir, el Estado asume una forma corpórea temporal representada por quien gana las elecciones presidenciales. El presidente encarna la unidad de las diferentes culturas, razas, etnias, ideologías, confesiones religiosas, etc.
- Inciso 3. Dirige la política general del gobierno. El mando de la nación descansa sobre la dirección del presidente. Es responsable de la conducción del gobierno ante la comunidad política.
- Inciso 4. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República. Por esa razón es jefe de las FF.AA y de la PNP. Empero, él dirige a través de sus ministros de Interior o de Defensa para que trasladen sus órdenes a los altos mandos de dichas instituciones.
- Inciso 5 y 6. El presidente puede convocar a legislatura extraordinaria al Congreso (en los periodos no ordinarios de las labores del Parlamento): estableciendo una agenda para que el Congreso se pronuncie inmediatamente. Además, se ve obligado a firmar el decreto de convocatoria.
- Inciso 7. Dirigir mensajes al Congreso. La sesión solemne (28 de julio) en donde el presidente asiste al parlamento para dar el Mensaje a la Nación. Cabe acotar que la Constitución señala que el Mensaje a la Nación debe redactarse para luego leerla: señala las metas y objetivos cumplidos durante ese año en el poder. También puede usar los medios de comunicación para dar discursos ante situaciones graves (mutaciones constitucionales: derecho constitucional consuetudinario).
- Inciso 8. Reglamentar las leyes sin transgredirlas o desnaturalizarlas. Muchas veces las leyes tienen una visión excesivamente general o un marco general ambiguo/impreciso, para efectos de aterrizar o precisar su contenido o sus alcances (pueda ser efectivizada), se elaboran los reglamentos:
- Reglamentos administrativos. Aclaran y perfeccionan las relaciones intra institucionales.
- Reglamento per se.
- Reglamentos autónomos. No nacen de la ley directamente y no regulan las relaciones dentro de una institución, pero se requieren para desarrollar una función o una competencia que establece alguna ley o la propia Constitución respecto al Poder Ejecutivo.
TEMA 11: PODER EJECUTIVO III
- Inciso 11. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales: y de celebrar y ratificar tratados.
- Política exterior. Una comunidad política se ubica en la comunidad de naciones, se adscribe en un modelo político (liberalismo, capitalismo vs. socialismo y economía centralizada) o en un modelo económico (democracia liberal vs. izquierda).
- Relaciones internacionales. Pueden ser a partir de las costumbres, tradiciones o aspectos culturales que tenemos con otros Estados (con España, por ejemplo). O también pueden ser relaciones de carácter comercial o económico (con Estados Unidos, por ejemplo). También, por el provecho de los recursos dependiendo del área geográfica (con Japón o China, por ejemplo) o en virtud de las estrategias de defensa militar y política (con Argentina frente al poderío de Chile, por ejemplo).
- Tratados. Acuerdos que se celebran entre dos comunidades políticas.
- Negociación. El presidente como director de la política general del gobierno marca el rumbo de la negociación a través de su cuerpo diplomático. Es una etapa dilatada en el tiempo que está expuesta a factores políticos o económicos.
- Celebración y firma.
- Revisión del Congreso. A efectos de determinar si violenta o no la Constitución o el interés general.
- Ratificación y depósito. Etapa realizada por el Poder Ejecutivo.
- Denuncia.
- Inciso 12 y 13. Nuestro país nombra embajadores (en el territorio extranjero, para que defienda o represente los intereses estatales). La ley dice que éstos deben ser 80% del cuerpo diplomático, mientras que el 20% pueden ser “embajadores políticos” (por afinidades ideológicas, de carácter o cualidades o a algún servidor público).
- Inciso 16. Declarar la guerra y firmar la paz. El Congreso debe ratificar la dicha declaración hecha por el Poder Ejecutivo.
- Guerra. La guerra es una situación en donde existe una ruptura de las relaciones diplomáticas entre dos o más países, se suspenden los tratados bilaterales, el abandono de las sedes diplomáticas por motivos de seguridad personal y el inicio bélico de las hostilidades. Nace en Roma: un Estado le daba un “ultimátum” a otro (a través de un papel enganchado a una flecha).
- Paz. Suspensión de las hostilidades y el reinicio de las relaciones diplomáticas.
- Inciso 17. Administrar la hacienda pública. La hacienda es aquel instituto por el cual el Estado obtiene ingresos y puede usar recursos materiales o dinerarios. La correcta administración de esos recursos.
- Inciso 18. Administrar los empréstitos. Buscar el equilibrio de los ingresos y egresos al inicio del año a través de la ayuda monetaria de organizaciones extranjeras o por la emisión de bonos a los ciudadanos.
- Inciso 19. Dictar medidas extraordinarias. De manera imprevista y súbita, acontece una situación que afecta a la ciudadanía o a la economía/finanzas del Estado. No puede hacer uso de la legislación ordinaria ya que sería tardía (no puede celebrar un contrato a través de una convocatoria para comprar ciertos recursos de una empresa, por ejemplo). Más bien, compra directamente dichos recursos a través de la promulgación de decretos de urgencia (norma con fuerza de ley que tiene un lapso temporal determinado y tiene la capacidad de suspender las normas legales ordinarias ante el acontecimiento de situaciones extraordinarias). Se le permite actuar de manera ordinaria.
- Inciso 21.
- Leyes de amnistía. Promulgada por el Congreso, dirigida a cortar el proceso de un número determinado de personas que por razones políticas no se considera que el supuesto ilícito motive un proceso.
- Indulto. No se da para procesados, se da para condenados. Es a título personal, debe presentar una solicitud al Presidente de la República para la concesión.
- Indulto común. Transcurrido poco más de la mitad de la pena, puede presentar una solicitud al INPE que dan cuenta de buenas cualidades o acciones dentro de los centros penitenciarios. Demuestra que ya está suficientemente rehabilitado. En el caso de los secuestradores, terroristas, narcotraficantes o violadores no se acepta. Por lo general, el presidente da indultos en fechas especiales (navidad, día del padre o de la madre, etc.).
- Indulto humanitario. No importa qué delito cometió el condenado, hablamos de un condenado que tiene una enfermedad grave diagnosticada de muerte, al cual se le permite que muera acompañado de sus familiares. Otra posibilidad es que se trate de una enfermedad incurable que necesite de mayores cuidados. Por último, cuando se trate de un enfermo mental.
- Conmutación de penas. Solicitud al INPE que dan cuenta de buenas cualidades o acciones dentro de los centros penitenciarios. Demuestra que ya está suficientemente rehabilitado socialmente. El Presidente puede rebajar la pena en aras de que el condenado salga antes.
- Derecho de gracia. Para aquellos procesados que son víctimas de la pereza o el ocio judicial.
TEMA 12: PODER EJECUTIVO (V)
- Inciso 20. ¿Qué es un arancel? Regular las tarifas arancelarias. Proteger la industria nacional y local, se establece un gravamen. Además, se promueve a través de gravamen la competencia.
- Inciso 22. Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del Consejo de Ministros. En nuestro país, las consideraciones sólo representan un acto de voluntad discrecional (negativas o erróneas) de cada autoridad. Por otro lado, las cruces, medallas, bandas tienen un rango superior.
- Inciso 23. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero. En nuestra historia, Leoncio Prado combatió en la Guerra por Liberación de Cuba. También, José García Calderón participó en la primera guerra mundial en apoyo a Francia, murió mientras vigilaba en un globo aerostático.
MINISTERIADO
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