ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

INTEGRACIÓN DEL CONGRESO: CUADRO COMPARATIVO DE LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1917


Enviado por   •  23 de Mayo de 2013  •  4.425 Palabras (18 Páginas)  •  975 Visitas

Página 1 de 18

INTEGRACIÓN DEL CONGRESO:

CUADRO COMPARATIVO DE LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1917

REFORMAS AL ARTÍCULO 51:

Texto Original de fecha 5 de febrero de 1917

Art. 51. La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la nación, electos en su totalidad cada dos años, por los ciudadanos mexicanos.

1ra Reforma D.O.F. 29-04-33

Art. 51- La Cámara de Diputados se integra por Representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años, por ciudadanos mexicanos.

2da Reforma D.O. F. 06-12-77 (Texto vigente)

Art.51.- La Cámara de Diputados se integrará por representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputados propietario, se elegirá un suplente

REFORMAS AL ARTÍCULO 52:

Texto Original 1917:

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada sesenta mil habitantes o por una fracción que pase de veinte mil, teniendo en cuenta un censo general del Distrito Federal y el de cada Estado y Territorio. La población del Estado o Territorio que fuese menor que la fijada en este artículo, elegirá sin embrago un diputado propietario.

Primera Reforma D.O.F. 20-08-28

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada cien mil habitantes, o por una fracción que pase de cincuenta mil, teniendo en cuenta el censo general del Distrito Federal y el de cada Estado y Territorio; pero en ningún caso la representación de un Estado será menor de dos diputados, y la de un Territorio, cuya población fuese de la fijada en este artículo, será de un diputado propietario.

Segunda Reforma D.O.F. 30-12-42

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada ciento cuenta mil habitantes, o por una fracción que pase de setenta y cinco mil, teniendo en cuenta el censo general del Distrito y el de cada Estado y Territorio; pero en ningún caso la representación de un Estado será menor de dos diputados, y la de un Territorio cuya población fuese menor de la fijada en este artículo será de un diputado propietario.

Tercera Reforma D.O.F. 11-06-51

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada ciento setenta mil habitantes o fracción que pase de ochenta mil, teniendo en cuenta el censo general del Distrito Federal y el de cada Estado y Territorio pero en ningún caso la representación de un Estado será menor de dos diputados, y la de un Territorio cuya población fuese menor de la fijada en este artículo será de un diputado propietario.

Cuarta Reforma D.O.F. 20-12-60

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada doscientos mil habitantes o por una fracción que pase de cien mil,...

Quinta Reforma D.O.F. 14-02-72

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada doscientos cincuenta mil habitantes o por una fracción que pase de ciento veinticinco mil, teniendo en cuenta el censo general del Distrito Federal y el de cada Estado y Territorio; pero en ningún caso la representación de un estado será menor de dos diputados, y la de un Territorio, cuya población fuese menor de la fijada en este artículo, será de un diputado propietario.

Sexta Reforma D.O.F. 08-10-74

Art.52.- Se elegirá un diputado propietario por cada doscientos cincuenta mil habitantes o por una fracción que pase de ciento veinticinco mil, teniendo en cuenta el censo general del Distrito Federal y el de cada Estado; pero en ningún caso la representación de un Estado será menor de dos diputados.

Séptima Reforma D.O.F. 06-12-77

Art. 52.- La Cámara de Diputados estará integrada por 300 Diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distrito electorales uninominales y hasta por 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante sistemas de listados regionales, votados en circunscripciones plurinominales.

Octava Reforma D.O.F. 15-12-86 (Texto Vigente)

La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

REFORMAS AL ARTÍCULO 56:

Texto Original 1917

Art.56.-La Cámara de Senadores se compondrá de dos miembros por cada Estado y dos por el Distrito Federal nombrados en elección directa. La legislatura de cada estado declarará electo al que hubiese obtenido la mayoría de los votos emitidos.

Primera Reforma D.O.F.: 29-04-33

Art.56.-La Cámara de Senadores se compondrá de dos miembros por cada Estado y dos por el Distrito Federal, electos directamente y en su totalidad por cada seis años.

Segunda Reforma D.O.F.: 15- 12-86

Art.56.- La Cámara de Senadores se compondrá de dos miembros por cada Estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Cámara se renovará por mitad cada tres años.

La Legislatura de cada estado y la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el caso del Distrito Federal, declarará electo al que hubiese obtenido la mayoría de votos emitidos.

Tercera Reforma D.O.F.: 03-09-93

Art.56.- Para integrar la Cámara de Senadores, en cada Estado y en el Distrito Federal se elegirán cuatro senadores de los cuales tres serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para cada entidad federativa, los partidos políticos deberán registrar un lista con tres fórmulas de candidatos.

La

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (26.6 Kb)  
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com