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REQUISITOS MATERIALES DE SENTENCIA


Enviado por   •  22 de Mayo de 2016  •  Ensayos  •  554 Palabras (3 Páginas)  •  926 Visitas

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REQUISITOS MATERIALES DE SENTENCIA

También pueden ser requisitos sustánciales de la sentencia toda vez que se va a estudiar el fondo de la misma los cuales  son:

  • Congruencia

Consiste en una correspondencia o relación jurídica entre la audiencia por las partes y lo considerado y resuelto por el Juez (Art. 81 CPC DF)

  • Motivación

La motivación de la sentencia consiste en la obligación del juzgado de expresar los motivos, razones y fundamentos de su resolución (Art. 14 y 16 Constitucional)

  • Exhaustividad

Es consecuencia de los 2 principios anteriores, una sentencia es exhaustiva en la medida que se halla tratados todos y cada uno de las cuestiones planteada por las partes sin dejar de considerar ninguna, es decir, el juzgado debe agotar todos y cada uno de las manifestaciones y referirse a todos y cada uno de las pruebas. (Art. 81 CPC DF)

CLASIFICACIÓN DE LA SENTENCIA

  • Las sentencias Definitivas: Son las que resuelven un litigio procesal en un proceso resuelven el fondo del asunto. (Resuelven el fondo del asunto)
  • Las sentencias Interlocutoria: es aquella que resuelve una cuestión para al  incidental dentro de un proceso incidentes o excepciones incidente de tachas. (incidentes de tachas, resolver excepciones)

ATENDIENDO A LA IMPUGNABILIDAD LAS SENTENCIAS SE PUEDEN DOSIFICAR EN DEFINITIVAS Y FIRMES.

Definitivas: Son las que ponen fin al proceso, aunque quepa contra ellas la interposición de algún medio de impugnación por parte inconforme se puede impugnar.

Firmes: son aquellas que ya no pueden ser impugnadas por ningún medio, normalmente estas sentencias las dicta órganos jurisdiccionales de superar jerarquía o ulterior grado ya no se puede impugnar (Art. 426 Frac. I CPC DF, Art. 691 párrafo III)

COSA JUZGADA

(Art. 426 CPC DF) La cosa juzgada es el atributo la calidad o la autoridad de definitividad que adquieren las sentencias.

Podemos establecer dos puntos de vista con respecto de la cosa juzgada, los cuales son desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista material.

  • Se dice que la cosa juzgada desde el punto de vista procesal significa la imposibilidad de impugnación de la sentencia
  • La cosa juzgada desde el punto de vista material consiste en la verdad legal, en una verdad definitiva que ya no puede ser debatida desde ningún punto de vista y en ninguna oportunidad

Hay cosa juzgada cuando:

  1. Las sentencias pronunciadas en juicios que versen sobre la propiedad y demás derechos reales que tengan un valor hasta de sesenta mil pesos. Los demás negocios de jurisdicción contenciosa, común o concurrente, cuyo monto no exceda de veinte mil pesos. Dichas cantidades se actualizarán en forma anualizada que deberá regir a partir del 1o. de enero de cada año, de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor que determine el Banco de México. Se exceptúan los interdictos, los asuntos de competencia de los jueces de lo familiar, los reservados a los jueces del arrendamiento inmobiliario y de lo concursal;
  2. Las sentencias de segunda instancia;
  3. Las que resuelvan una queja;
  4. Las que dirimen o resuelven una competencia, y
  5. Las demás que se declaran irrevocables por prevención expresa de la ley, así como aquellas de las que se dispone que no haya más recurso que el de responsabilidad.
  6. Las sentencias que no puedan ser recurridas por ningún medio ordinario o extraordinario de defensa.

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LAS SENTENCIAS

  1. Revocación
  2. Reposición
  3. Queja
  4. Apelación
  5. Apelación extraordinaria

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