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Reporte de Identificación de las figuras jurídicas


Enviado por   •  20 de Mayo de 2021  •  Ensayos  •  463 Palabras (2 Páginas)  •  1.721 Visitas

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Universidad Autónoma de Nuevo León

Reporte de identificación de las figuras jurídicas del producto seleccionado.

Liderazgo, emprendimiento e innovación

Maestra:

 Altagracia Fuentes Garza

Alumno: Marlon Axel Delgado De La Torre

Matrícula: 1833712

Multi-X (Cargador Inalámbrico).

Las figuras jurídicas que aplican para este producto es: Modelo de Utilidad.

En este caso se aplica el Modelo de Utilidad dado a que es una mejora a un invento ya existente de un multi cargador inalámbrico de la marca Huawei el cual permite la carga de hasta tres dispositivos móviles a la vez con una velocidad de carga regular a una distancia de 1 metro de distancia.

Lo que busca el Mulit-X es mejorar exponencialmente el producto haciéndoles mejoras que aumenten el rendimiento del cargador inalámbrico, disponibilidad de dispositivos y su alcance; Esto se logra con integrarle dos antenas al cargador y un sistema más avanzado tipo Bluetooth para un mayor radio de alcance el cuál alcanza hasta los 8 metros de distancia del cargador Multi-X. Además adecuarle un sistema más avanzado de software para así lograr que en vez de tres dispositivos puedan conectarse hasta 6.

Este producto es protegido por: El Modelo de Utilidad.

Ley Federal De Protección a la Propiedad Industrial.

Artículo 59.- Se consideran modelos de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad.

Artículo 60.- Para la tramitación del registro de un modelo de utilidad se aplicarán, en lo conducente, las reglas contenidas en los Capítulos II y VI del presente Título, a excepción de los artículos 53, 98, 107 y 109 de esta Ley.

Artículo 62.- El registro de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de quince años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de las tarifas correspondientes a cada anualidad.

Artículo 63.- El derecho exclusivo de explotación del modelo de utilidad protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el mismo, sin su consentimiento. Artículo 64.- La explotación del modelo de utilidad y las limitaciones del derecho que confiere su registro al titular se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto en los artículos 54, 55 último párrafo, 56 y 57 de esta Ley.

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