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Requisitos Para Apertura De Instituciones


Enviado por   •  11 de Mayo de 2014  •  2.977 Palabras (12 Páginas)  •  222 Visitas

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Dentro del sistema educativo Mexicano existen ciertas normas y requerimientos para la apertura de una institución publica. Estos requisitos son tanto para la institución en general como también para su personal que laborara en el mismo como son: administrativos y maestros. Cabe señalar que todos los requisitos que serán presentados son respaldados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los requerimientos son diferentes para cada nivel escolar.

Como instructivo General para la apertura de instituciones educativas:

-La documentación debe estar dirigida al Secretario de Educación del Gobierno del Estado.

-Los documentos que se presenten deben estar avalados con las firmas del propietario o representante legal.

-La solicitud de autorización y documentación adicional se presentará ante el Departamento de Registro y Certificación de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado en original y dos copias.

-El solicitante presentará la documentación completa en una misma fecha separando el original de las copias.

-La documentación se presentará en el orden indicado en el instructivo.

-La solicitud y documentación deben presentarse cuando menos 90 días antes de la iniciación de cursos.

REQUISITOS MINIMOS PARA LA INCORPORACIÓN: (EDUCACIÓN INICIAL, PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA)

1. Solicitud de Incorporación dirigida al C. Secretario de Educación y Cultura, con atención al C. Titular de la Unidad de Incorporación de Escuelas de Educación Básica.

2. Identificación oficial con fotografía del solicitante.

3. Plano o croquis acotado del inmueble, en tamaño carta u oficio (especificar las medidas de cada una de las áreas)

4. Croquis de ubicación del inmueble.

5. Las personas morales presentarán copia del Acta Constitutiva de la Sociedad (la carátula, la primera página y la hoja donde aparece el nombre del Representante Legal) y Registro Federal de Causantes, las personas físicas entregarán su Registro Federal de Causantes y en ambos casos se requiere que el objeto social sea impartir Educación.

6. Plantilla de personal que incluya: directivos, docentes, asistentes educativas, administrativos y de intendencia: en el caso de los docentes y directivos anexar copia de documentación comprobatoria de su preparación profesional (sólo Título o Cédula Profesional); del personal administrativo copia del documento que ampare último grado de estudios y del personal de intendencia copia del certificado de Educación Secundaria.

7. Oficio en el cual especifique: Inventario de muebles, material y equipo por espacio utilizado (aulas, salas, oficinas, áreas recreativas, patios, departamento de psicología y trabajo social, cocina, comedor, área médica, filtro, lavandería, sanitarios, etc.).

8. Oficio que indique el horario en el que laborará la escuela, cuota de inscripción y colegiatura mensual.

9. Oficio que indique la anuencia de aceptación de los vecinos de 200 metros a la redonda, para la instalación de un plantel educativo. (anexar firmas).

10. Oficio en el que se declare, bajo protesta de decir verdad, que el inmueble se ubica a una distancia no menor de 200 mts a la redonda de centros nocturnos, bares, licorerías, o algún otro establecimiento con este mismo giro, así como expendios de combustibles, subestaciones eléctricas o cualquier otra instalación o negocio que ponga en riesgo la seguridad física y emocional de la comunidad escolar.

11. Documento notariado que ampare la ocupación legal del inmueble: Contrato de arrendamiento, de Comodato o Escrituras (únicamente la portada).

12. Carta de autorización de uso de suelo expedida por el Ayuntamiento.

13. Dictamen vigente de seguridad del inmueble, expedido por la Unidad de Protección Civil.

14. Aviso de Funcionamiento y Responsable Sanitario (solo en Educación Inicial).

15. El solicitante cubrirá los gastos que origine la publicación de la Incorporación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. El pago se efectuará en la Dirección de Documentación y Archivo.

PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE

Con el fin de que la autoridad educativa pueda verificar el perfil académico y profesional del personal directivo y docente, el particular deberá informar en el anexo 1 de su solicitud, lo siguiente:

I. Nombre, nacionalidad y, en su caso, forma migratoria; sexo y cargo o puesto a desempeñar;

II. Estudios realizados;

III. Número de cédula profesional o documento académico con el cual acredite su preparación;

IV. Experiencia como directivo y, en su caso, docente.

Otros datos:

V. Nombre y actividad de cada persona

VI. Domicilio Particular.

VII. Percepción Mensual.

VIII. Hora de labores

IX. Acta de Nacimiento.

X. Registro Federal de Causantes.

El director técnico tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos académicos y docentes del plantel, con independencia de las funciones administrativas que desempeñe; consecuentemente, para ser director técnico o personal docente se requiere:

I. En caso de extranjeros: el particular deberá acreditar que cuentan con la calidad migratoria para desempeñar esas funciones en el país.

II. Para director técnico: ser profesor normalista egresado de escuela normal oficial o incorporada.

III. Para personal docente: ser profesor normalista egresado de escuela normal oficial o incorporada, o licenciado en: educación primaria.

IV. Para maestro de educación física: ser licenciado en educación

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