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Resolucion 1016


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2014  •  2.282 Palabras (10 Páginas)  •  195 Visitas

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Re solución 1016 de Marzo 31 de 1989

Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de SaludOcupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.

LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD

En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 delDecreto 614 de 1984, yCONSIDERANDO:1. Que por Decreto 614 de 1984, en sus Artículos 28, 29 y 30 se establece la obligación de adelantarProgramas de Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.2. Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadoresa su cargo.3. Que los patronos y empleadores deben responder por la ejecución del programa permanente deSalud Ocupacional en los lugares de trabajo.RESUELVEN

Artículo primero.

Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas,están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional deacuerdo con la presente Resolución.

Artículo segundo.

El Programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización,ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higieneindustrial y seguridad industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual ycolectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajoen forma integral e interdisciplinaria.

Artículo tercero.

La elaboración y ejecución de los programas de Salud Ocupacional para las empresasy lugares de trabajo, podrán ser realizados de acuerdo con las siguientes alternativas :a) Exclusivos y propios para la empresa.b) En conjunto con otras empresas.c) Contratados con una entidad que preste tales servicios, reconocida por el Ministerio de Salud paradichos fines.Parágrafo. Cuando el programa se desarrolle de conformidad a la modalidad prevista en el literal b), seentiende que cada empresa inespecífico, pero podrá compartir, en conjunto, los recursos necesariospara su desarrollo.

Artículo cuarto.

El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, deberádesarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será específico y particular para éstos, deconformidad con sus riesgos reales o potenciales y el número de trabajadores. Tal programa deberáestar contenido en un documento firmado por el representante legal de la empresa y el encargado dedesarrollarlo el cual contemplará actividades en Medicina Preventiva, Medicina de trabajo, HigieneIndustrial y Seguridad Industrial, con el respectivo cronograma de dichas actividades. Tanto elprograma como el cronograma, se mantendrán actualizados y disponibles para las autoridades

competentes de vigilancia y control.

Parágrafo 1o. Los patronos o empleadores estarán obligados a destinar los recursos humanos,financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del programa de SaludOcupacional en las empresas y lugares de trabajo, acorde con las actividades económicas quedesarrollen, la magnitud y severidad de los riesgos profesionales y el número de trabajadoresexpuestos.Parágrafo 2o. Para el desarrollo del programa de Salud Ocupacional el empresario o patrono,designará una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades que requiera su ejecución.

Artículo quinto.

El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, será defuncionamiento permanente y estará constituido por:a) Subprograma de Medicina Preventivab) Subprograma de Medicina del Trabajoc) Subprograma de Higiene y Seguridad Industriald) Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con lareglamentación vigente.

Artículo sexto.

Los programas de Medicina Preventiva, del Trabajo, de Higiene y seguridad Industrialde las empresas y lugares de trabajo, contarán con los servicios de personal que garanticen la eficienciadel Programa de Salud Ocupacional.

Artículo séptimo.

En los lugares de trabajo que funcionen con más de un turno el Programa de SaludOcupacional, asegurará cobertura efectiva en todas las jornadas.Parágrafo. Si una empresa tiene varios centros de trabajo, el cumplimiento de esta Resolución, se haráen función de la clase de riesgo de tal forma que el Programa Central de Salud Ocupacional de laempresa garantice una cobertura efectiva a todos sus trabajadores.

Artículo octavo.

Los requisitos mínimos de las personas naturales o jurídicas que prestan servicios enSalud ocupacional, se acreditarán mediante la respectiva autorización impartida por la autoridadcompetente y de acuerdo con la legislación vigente.

Artículo noveno.

De conformidad con el artículo 34 del decreto 614 de 1984, la contratación de losservicios de Salud Ocupacional con una empresa especialmente dedicada a la prestación de este tipode servicios, no implica en ningún momento, el traslado de las responsabilidades del patrono oempleador al contratista.

Artículo décimo.

Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidadprincipal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores deriesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones de trabajopsico-fisiológicas y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo.Las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son :1. Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación según actitudes,periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones quealteren o puedan traducirse en riesgo para la salud de los trabajadores.2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene

seguridad Industrial, que incluirán, como mínimo:

a)Accidentes de trabajo

.b)Enfermedades profesionales

c)Panorama de riesgos

3. Desarrollar actividades de prevención de enfermedadesprofesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores, en coordinacióncon el subprograma de Higiene y seguridad Industrial.4. Investigar

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