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Resolucion normativa SBS N2660

Alanys Valdez VeraEnsayo15 de Septiembre de 2025

890 Palabras (4 Páginas)57 Visitas

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1. Introducción

“Buenos días/tardes, el tema que voy a exponer es la Resolución SBS N° 2660-2015 y sus modificatorias, normativa clave en el sistema financiero peruano.

Como sabemos, el lavado de activos (LA) y el financiamiento del terrorismo (FT) son dos de los mayores riesgos que amenazan a las economías y a la estabilidad social. Los delincuentes usan el sistema financiero para ocultar el origen ilícito de fondos o para financiar actividades terroristas.

Frente a ello, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió en el año 2015 la Resolución SBS N° 2660, que aprueba el Reglamento de Gestión de Riesgos de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.

El objetivo de esta resolución es alinear al Perú con los estándares internacionales del GAFI y reforzar la integridad del sistema financiero, introduciendo un enfoque integral, preventivo y basado en riesgos.

Hoy veremos el alcance de esta norma, sus aspectos más relevantes y las principales modificatorias que se dieron después de su aprobación.”


2. Alcance de la Resolución

“La resolución tiene un alcance amplio, porque no se limita a los bancos tradicionales. Incluye también:

  • Financieras, cajas municipales y cajas rurales.
  • Compañías de seguros y reaseguros.
  • Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Instituciones públicas como el Banco de la Nación, Agrobanco, COFIDE.
  • Programas estatales como el Fondo Mivivienda y FOGAPI.
  • Incluso a corredores de seguros.

Esto refleja que ninguna entidad financiera debe quedar fuera del sistema de prevención, ya que cualquier sector puede convertirse en un punto débil para el lavado de dinero o el financiamiento ilícito.”


3. Aspectos Relevantes de la Resolución

3.1. Enfoque Basado en Riesgos
“La gran novedad es que la norma adopta el
enfoque basado en riesgos, siguiendo al GAFI. Esto significa que las entidades deben identificar, medir y controlar los riesgos según:

  • Tipo de cliente.
  • Productos o servicios.
  • Canales de distribución.
  • Zona geográfica.

En lugar de aplicar controles iguales para todos, se aplican medidas proporcionales al riesgo, lo que mejora la eficiencia y evita costos innecesarios.”

3.2. El Rol del Oficial de Cumplimiento
“El
oficial de cumplimiento se vuelve la figura clave del sistema preventivo. Es designado por el directorio y debe tener autonomía, independencia y experiencia.
Puede trabajar en tres modalidades: exclusiva, no exclusiva o corporativa, dependiendo del tamaño de la entidad. Esto garantiza que tanto bancos grandes como cooperativas pequeñas tengan controles adaptados a su realidad.”

3.3. Debida Diligencia y Conocimiento del Cliente
“Se establecen tres regímenes de debida diligencia:

  • General.
  • Simplificado.
  • Reforzado.

Esto permite un trato diferenciado según el nivel de riesgo del cliente. Además, se exige identificar al beneficiario final, es decir, la persona que realmente controla los fondos, evitando el uso de estructuras ficticias para ocultar dinero ilícito.”

3.4. Operaciones Inusuales y Sospechosas
“La resolución diferencia entre:

  • Operaciones inusuales: que no encajan con el perfil normal del cliente.
  • Operaciones sospechosas: que pueden evidenciar delitos.

Las operaciones sospechosas deben reportarse inmediatamente a la UIF-Perú mediante el sistema ROSEL, lo cual asegura la trazabilidad y la detección temprana.”

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