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Ley Normativa

kokofe28 de Agosto de 2011

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La Ley

Del latín Lex significa norma o regla. Es la norma del derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, aun sin el consentimiento de los individuos y que tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.

Según Renard es "la regla emanada de la voluntad autoritaria de los gobernantes".

Planiol enuncia que "es la regla social obligatoria establecida de modo permanente por la autoridad publica y sancionada por la fuerza"

La ley tiene dos elementos:

• material.- es la materia misma del acto, esto es la norma general, abstracta y obligatoria que regula la conducta humana.

• formal.- es la norma creada por el poder legislativo.

Características de la ley

a. Socialidad: se dicta para el hombre en cuanto miembro de la sociedad y se dirige a gobernar las relaciones interindividuales.

b. Obligatoriedad: esto se supone que una voluntad superior manda a una voluntad inferior que obedece.

c. Origen público: la ley emana de la autoridad pública y por ello actúa en

d. línea de la soberanía política diferenciándose de las reglas impuestas por poderes privados.

e. Coactividad: esta característica propia de todo derecho positivo luce eminentemente en la ley que es su medio de expresión típico y privilegiado en tanto que aparece velada en las otras fuentes del derecho.

f. Normatividad: abarca un número indeterminado de hechos y rige a quienquiera quede comprendido en el ambito de su aplicación lo que distingue a la ley de otras expresiones del poder público, tales como los actos administrativos.

g. General.- es para todos sin distinción de clases

h. Obligatoria.- impero atributiva, otorga derechos y obligaciones

i. Permanente.- tiene carácter indefinido, y solo deja de tener vigencia mediante abrogación( se sustituye por otra de mayor jerarquie ej: la de 1857 por la de 1917), subrogación ( se reemplaza un articulo por otro, reforma), derogación (deja sin efecto algún artículo)

j. Abstracta.- no se dicta para resolver asuntos individuales, ni para personas o grupos determinados, sino para resolver asuntos a la sociedad que lo requiera

k. Se considera conocida.- nadie puede invocar su ignorancia para dejar de cumplirla

Formación de la ley:

Este proceso se halla determinado en la constitución nacional, específicamente en los artículos 71 y 72. Las leyes pueden originarse en cualquiera de las cámaras por la iniciativa de un diputado o un senador o también por el Poder Ejecutivo y requiere el voto concordante de ambos cuerpos legislativos, salvo respecto de detalles para los que puede prevalecer el voto de los dos tercios de la Cámara iniciadora sobre la opinión opuesta sobre la Cámara revisora.

En el proceso legislativo existen seis etapas:

• Iniciativa. Es una facultad (presidente, diputados y senadores) con características a la vez políticas y técnicas. Otorgada normalmente a los poderes Legislativo y Ejecutivo.

• Discusión. Proceso deliberativo ejercido por los cuerpos colegiados de representación.

• Aprobación. Puede ser total o parcial.

• Sanción. Aceptación del decreto por parte del Ejecutivo. De no aceptarse, procede el veto.

• Publicación. Acto por el cual la norma ya sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. Se realiza por los órganos oficiales de difusión (DOF y gacetas).

• Iniciación de la vigencia. La norma debe tener un criterio de inicio de vigencia. Por lo regular, es al día siguiente de su publicación

CONCLUSION

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe

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