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Resumen - Fallo Storani de Boidanich

Elzae VerdaguerSíntesis15 de Abril de 2019

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Derecho Constitucional

Resumen de fallo

Victoria Storani de Boidanich e hijos c/ Ansaldi, Imperiali y Bovio

Hechos

Los hechos de éste fallo encuentran su raíz en el accidente ocurrido al Sr. Nicolás Boidanich el cual derivó en su muerte, por lo cual, su viuda, Storani de Boidanich demanda en su nombre, en el nombre de la hija legítima de Boidanich y en el nombre de sus dos hijastros, a los señores Ansaldi, Imperiali y Bovio una indemnización por los daños ocasionados por la muerte del hombre, quien mantenía en base al fruto de su trabajo a los tres menores.

El Juez Federal da lugar a la demanda y condena a los señores Ansaldi, Imperiali y Bovio a pagar la suma de doce mil pesos nacionales con intereses y costas a la viuda y a los tres niños menores, a lo cual, la Cámara Federal confirma en lo principal la sentencia, modificando únicamente el monto de la indemnización en siete mil pesos nacionales. La sentencia fue notificada y ambas partes estuvieron de acuerdo, por lo cual, la parte demandada realizó judicialmente el importe correspondiente, dándole el pago a la actora.

En éste punto, el Defensor Oficial realizó una observación en torno a qué destino deberían tener los fondos pertenecientes a los menores, a lo cual el Juez Federal determinó que la mitad del total de la suma del dinero debía ser entregada a la viuda del Sr. Boidanich y la otra mitad a la orden de los hijos y el defensor.

Dicha resolución fue apelada por el abogado defensor, el cual sostenía que para establecer la parte correspondiente del dinero, tanto de la viuda como de sus hijos, debía hacerse mediante un peritaje. En respuesta, la Cámara Declaró que la partición reclamada era innecesaria ya que se consideraba ajustada a derecho la decisión del juez, y también rectificó la parte en donde se establecía la mitad del dinero a los tres menores, ordenando su depósito únicamente a nombre de la hija de causante.

Es por esto que el abogado defensor, argumentando que al ya haber pasado la sentencia en autoridad de cosa juzgada y el derecho a la indemnización fijado ya había pasado al patrimonio de los actores, no debía privarse a los dos menores del mismo, interponiendo un recurso de reposición junto a un extraordinario, a lo cual la Cámara deniega el recurso y el defensor interpone recurso de queja, al que la Corte Suprema da lugar para ejercer su deber de velar por el cumplimiento de sus deberes constitucionales, y es así como, dando argumentos fundados en hecho y en derecho los cuales explicaremos a continuación, declara mal denegado el recurso y resuelve evocar la sentencia apelada.

Argumentos de la Corte Suprema basados en hecho y en derecho:

La Corte toma como punto de partida para intervenir, incluso sin tratarse de una sentencia definitiva, la transgresión de “...principios inherentes a la mejor y más correcta administración de justicia” en cuanto considera que la sentencia fue arbitraria al basarse únicamente en la voluntad del juez y ser violatoria del derecho de propiedad contenido en el articulo 17 de nuestra Constitución Nacional, como también de las disposiciones de la ley procesal acerca de las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada .

Dos de sus fundamentos se basan en el hecho de que la sentencia que dio lugar a la demanda sobre pagos por indemnizaciones de daños y perjuicios deducida por la demandante, en su nombre y de sus tres hijos, tiene carácter de cosa juzgada e incluso ya ha sido cumplida por los demandados, permitiendo que se incorporase así al patrimonio de los menores el derecho a una porción de la suma establecida para resarcir el daño ocasionado por el accidente. También sostiene que no hay duda de que la sentencia fue dada en favor de la viuda y de los niños, y que tampoco la hay en cuanto la suma en

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