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Resumen de libro


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  681 Palabras (3 Páginas)  •  406 Visitas

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SÍNTESIS DEL LIBRO: “Derecho Constitucional”

AUTOR: Feliciano Calzada Padrón

Ed. Harla, México, 1990.

CLASIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CONSTITUCIONES.

Debido a la diversidad de constituciones que existen en el mundo, se han elaborado varias clases: por su forma jurídica, por su origen y por su carácter de reformabilidad.

I. Según su forma jurídica.

Una primera clasificación son las constituciones escritas y otra las constituciones consuetudinarias (o no escritas).

En las constituciones escritas hay un texto escrito, de manera específica, cuyas ventajas sobre las consuetudinarias son que primeramente, hay la superioridad de la ley escrita sobre la costumbre, que era entonces reconocida en forma general. En segundo lugar, los hombres del siglo XVIII consideraban gustosos una constitución nueva dictada por la soberanía nacional como verdadera renovación del contrato social.

En lo que se refiere a las constituciones consuetudinarias, o no escritas, no existe un texto específico que contenga la totalidad o la casi totalidad de las normas básicas. El ejemplo es Inglaterra, en la que hay una serie de leyes comunes, de tradiciones y de prácticas que forman la organización jurídica básica. Se reúnen convenciones, declaraciones de derechos y leyes ordinarias.

II. Según su reformabilidad.

La reformabilidad de una Constitución depende de su propia naturaleza; es decir, si es rígida o flexible.

Son rígidas las constituciones que requieren de un procedimiento especial. Son aquellas que tienen su base en el mismo régimen parlamentario. En este tipo de régimen, el equilibrio primitivo no se realizó mediante el procedimiento de la separación, ya que el gobierno participa en la función legislativa, y el parlamento en la ejecución, sino a través de la concesión de medios de presión equivalentes. El parlamento puede obligar al gobierno a que dimita, negándole su confianza. El gobierno puede disolver la Cámara de los Comunes y reenviarla ante los electores.

Las constituciones flexibles son aquellas que si se pueden reformar de acuerdo con el mismo procedimiento que se sigue para una norma secundaria, entonces se habla de constituciones flexibles, como en los casos de Gran Bretaña y Nueva Zelanda. Hay pocas constituciones flexibles.

Para reformar la Constitución, hay tres sistemas:

  1. El francés, que obligaba a la aprobación de una reforma constitucional por tres legislaturas sucesivas pero diferentes.

  1. El sistema suizo implica que una reforma constitucional sólo es válida, total o parcialmente, con la realización de un referéndum, en el que el pueblo sea quien determine si aprueba la reforma o la sustitución de la Constitución vigente.
  1. En el llamado sistema estadounidense se determina que la reforma de la Constitución debe ser aprobada por el Congreso Federal, con una mayoría específica, para después turnarla a las diferentes legislaturas de las entidades que integran la federación, y que la aprobación de las mismas debe ser hecha por un número mayoritario a las legislaturas que la rechazaren.

A. Constituciones flexibles.

La naturaleza de una Constitución de este género la hace susceptible de modificación en todo momento, tanto en su aplicación como en su misma restricción.

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