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Sistema De Tesorería Nacional

ortizhec14 de Noviembre de 2012

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DEFINICION

De acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Publico (LOAFSP), el Sistema de Tesorería está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos a través de los cuales se presta el servicio de Tesorería.

CARACTERÍSTICAS

El Sistema de Tesorería tendrá por objeto la administración de los recursos financieros, incluyendo su percepción y manejo, así como su posterior distribución y control para atender el pago de las obligaciones financieras, con el fin de cumplir los objetivos programados.

El servicio de tesorería, en lo relativo a las actividades de custodia de fondos, percepción de ingresos y realización de pagos comprende el sector público nacional y los entes descentralizados de la República sin fines empresariales.

Las funciones inherentes a este Sistema corresponden a la Oficina Nacional del Tesoro (ONT), estando a su cargo dictar las normas e instrucciones técnicas necesarias para el funcionamiento de los servicios y proponer las normas reglamentarias pertinentes.

La ONT tendrá a su cargo, además, proveer los fondos necesarios para efectuar los pagos en tiempo y forma. A estos efectos se operará sobre la base de recaudaciones, que ingresen al Sistema de Cuenta Única del Tesoro (CUT) abierta en el Banco Central de Venezuela, y de la asignación de cuotas de pago, programadas periódicamente para los fines de las erogaciones que correspondan, conforme a lo aprobado en el Presupuesto de la República.

ÓRGANO RECTOR

El órgano rector del Sistema de Tesorería es la Oficina Nacional del Tesoro, unidad especializada del Ministerio de Finanzas, con la responsabilidad de a gestión financiera del Tesoro, la coordinación de la planificación financiera del sector público nacional y las demás actividades propias del servicio de tesorería nacional, operando bajo la modalidad de cuenta única del Tesoro. La ONT mantendrá relaciones funcionales con las tesorerías de todos los organismos públicos.

El Tesoro Nacional está conformado por el conjunto de los fondos nacionales, los valores de la República y las obligaciones a cargo de ésta.

COMPETENCIAS DEL ÓRGANO RECTOR

Según la LOAFSP, son atribuciones de la ONT, en su condición de órgano rector del Sistema de Tesorería, las siguientes:

A) Participar en la formulación y coordinación de la política financiera para el sector público nacional.

B) Aprobar, conjuntamente con la ONAPRE la programación de la ejecución del presupuesto de los órganos y entes regidos por la ley de presupuesto y programar el flujo de fondos de la República.

C) Percibir los productos en numerarios de los ingresos públicos nacionales.

D) Custodiar los fondos y valores pertenecientes a la República.

E) Hacer los pagos autorizados por el presupuesto de la República conforme a la ley.

F) Distribuir en el tiempo y en el territorio la disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones de la República

G) Administrar el sistema de Cuenta Única del Tesoro Nacional.

H) Registrar contablemente los movimientos de ingresos y egresos del Tesoro Nacional.

I) Determinar las necesidades de emisión y colocación de letras del tesoro y solicitar a la ONCP la realización de estas operaciones.

J) Elaborar anualmente el presupuesto de caja del Sector Público Nacional y realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución.

K) Participar en la coordinación macroeconómica concerniente a la política fiscal y monetaria, estableciendo lineamientos sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja.

A estas atribuciones habría que agregar:

L) Ejercer la supervisión técnica de todas las Tesorerías que operen en el ámbito del Sector Público.

M) Analizar

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