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Sistema Nacional De Tesoreria En Peru


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  1.402 Palabras (6 Páginas)  •  644 Visitas

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SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA

Ley General del Sistema Nacional de Tesorería Nº 28963

El Sistema Nacional de Tesorería es el conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de los fondos públicos en las entidades y organismos del Sector Público, cualquiera que sea la fuente de financiamiento y uso de los mismos.

El sistema de Tesorería tiene a su cargo la responsabilidad de:

• Determinar la cantidad de los ingresos (programación financiera)

Captar fondos (recaudación)

• Pagar a su vencimiento las obligaciones de la entidad (procedimiento de pago)

• Otorgar fondos o pagar la adquisición de bienes y servicios de la entidad.

Principales atribuciones y responsabilidades de las Unidades Ejecutoras respecto del Sistema Nacional de Tesorería

• Centralizar y administrar el manejo de todos los fondos percibidos o recaudados en su ámbito de competencia.

• Coordinar e integrar institucionalmente la administración de tesorería con las áreas de los otros sistemas vinculados con la administración financiera así como con las otras áreas de la administración de los recursos y servicios.

• Disponer la realización de medidas de verificación del estado y uso de los recursos financieros, tales como arqueos de fondos y/o valores, conciliaciones, entre otros.

• Son responsables de la administración de los fondos públicos en las unidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de Administración o quien haga sus veces y el Tesorero, cuya designación debe ser acreditada ante la DNTP.

EJECUCIÓN FINANCIERA DE INGRESOS

Determinación

En esta etapa es indispensable identificar y registrar las condiciones y plazos o periodicidad en que se habrá de producir la percepción o recaudación de los fondos públicos, además de la verificación de los aspectos formales asociados al derecho que la entidad tuviera respecto a dicha percepción.

Está sujeta al señalamiento de lo siguiente:

- Base legal.

- Deudor tributario.

- Concepto.

- Liquidación del monto por cobrar.

- Oportunidad y/o periodicidad de la cobranza.

Percepción o recaudación

Es la etapa en la que se hace efectiva la cobranza, recepción o depósito en las cuentas respectivas de los fondos previamente determinados, configurando la disponibilidad financiera para efectos de la atención de las obligaciones contraídas de acuerdo a ley.

El depósito del producto de la recaudación debe efectuarse dentro de las 24 horas de su percepción.

Ambas Etapas Del Ingreso Se Registran En El SIAF, Afectando La Correspondiente Cadena Del Ingreso.

PROCESO DE EJECUCIÓN DEL GASTO

Compromiso

• Es un acto administrativo mediante el cual el funcionario facultado a comprometer el crédito presupuestario de la entidad, acuerda la realización de gastos previamente aprobados (adquisiciones de bienes y servicios, ejecución de obras, pago de planillas, transferencias y subvenciones, entre otros,).

• Se efectúa con posterioridad a la generación de la obligación nacida de acuerdo a Ley, contrato o convenio.

• No puede ser mayor al crédito presupuestario bajo sanción de nulidad.

EL DEVENGADO

Es la fase en la cual las entidades reconocen, formalizan y registran el reconocimiento de la obligación de pago, previa verificación del cumplimiento en la prestación de los servicios, la entrega de bienes de acuerdo con las correspondientes condiciones contractuales, con indicación de la oportunidad para efectos de su cancelación.

En esta fase se identifica al proveedor, el monto y la especificación del gasto

 El Devengado se formaliza sobre la base del respectivo compromiso y se registra en el SIAF-SP sobre la base de la correspondiente documentación sustentadora.

 El total del Gasto Devengado no debe exceder el total acumulado del gasto comprometido y registrado a la misma fecha en el SIAF-SP.

 El registro del gasto devengado en el SIAF-SP por la adquisición de bienes, prestación de servicios y contratación de obras, por montos mayores a una UIT, procede sólo si previamente los datos del respectivo compromiso han sido registrados y procesados en el SEACE.

 La Unidad Ejecutora es responsable directa respecto de la formalización de sus obligaciones de pago.

Plazo Para El Devengado

EL REGISTRO Y TRANSMISIÓN DEL DEVENGADO A TRAVÉS DEL SIAF-SP, EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS, SE REALIZA DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS DE LA CONFORMIDAD DE SU RECEPCIÓN.

Esta disposición

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