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Sistema Pensionario


Enviado por   •  5 de Agosto de 2021  •  Documentos de Investigación  •  460 Palabras (2 Páginas)  •  98 Visitas

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Sentencia Condenatoria

Hay sentencia condenatoria, cuando se comprueban los elementos del cuerpo del delito y la responsabilidad del sentenciado imponiéndole, como consecuencia, una pena o medida de seguridad, sin perder de vista que conforme al artículo 21 C., la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial.

Congruencia de la sentencia

El principio de congruencia que debe regir en toda sentencia estriba en que ésta debe dictarse en concordancia con la demanda y con la contestación formuladas por las partes, y en que no contenga resoluciones ni afirmaciones que se contradigan entre sí. El primer aspecto constituye la congruencia externa y el segundo, la interna.

Medios de prueba para individualización de sanciones y reparación de daño

Medios de prueba.  "(con que se prueba) los instrumentos y conductas humanas con las cuales se pretende lograr la verificación de las afirmaciones de hecho"

La función de los medios de prueba en materia penal podemos entenderla como "obtener la verdad", pero cabe la aclaración que no será la verdad absoluta, sino algunos de sus grados, formal o material, que si bien no es lo mismo se encuentra sumamente aproximado a la verdad subjetiva y verdad objetiva.

Individualización de sanciones. La individualización de la pena es la precisión que en cada caso concreto se hace para determinar la cantidad y calidad de los bienes jurídicos de que es necesario y posible privar al autor de un delito para procurar su resocialización. Es decir, es el procedimiento por el cual la pena abstractamente determinada por la ley se adecua al delito cometido por el concreto autor.

La individualización la realiza el juez en su sentencia (es judicial) en base a las especificaciones del tipo y a las pautas de la parte general y se va adecuando a la persona del condenado mediante la ejecución de la pena en procura de su fin de prevención especial.

Reparación del daño. La reparación del daño en materia penal es una sanción pecuniaria que el juzgador debe imponer al individualizar la pena al sujeto activo del delito.

La reparación del daño en materia penal constituye una "pena" o "sanción pública" impuesta al gobernado o imputado mediante una sentencia y, por ende, al incluirse dicha figura dentro del derecho penal, su determinación y cuantificación deben regirse por los principios de integralidad, efectividad y proporcionalidad aplicables a la materia.

Audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño

Acto procesal que tiene lugar después de que una persona ha sido encontrada culpable en juicio. En éste las partes formulan sus alegatos y presentan sus medios de prueba, con base en lo cual el Tribunal de Juicio Oral determina la sanción a imponer al sentenciado y en qué consistirá la reparación del daño causado a la víctima. [pic 1]

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