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Teorias Del Acto Juridico


Enviado por   •  17 de Julio de 2014  •  456 Palabras (2 Páginas)  •  325 Visitas

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Teoría bipartita: esta teoría nos habla de los hechos jurídicos que es el acontecimiento de la naturaleza. Pueden ser voluntarios (ilícito, lícito) e involuntarios (naturales, humanos).

Esta no se hace con la intención de producir consecuencias de derecho ya sean legales, pero no obstante las consecuencias se producen.

En los hechos involuntarios que están los hechos naturales y los humanos podemos encontrar que los naturales se dividen en fuerza mayor y caso fortuito

Fuerza mayor: es aquella fuerza donde no se puede repelar como es el caso de todos los acontecimientos naturales como, la lluvia, huracanes, tornados, temblores, etc.

Caso fortuito: similar a la fuera mayor pero este es más que nada el error del agente.

En el hecho del hombre encontramos lo que es los hechos jurídicos voluntarios, lícitos, ilícitos los hechos jurídicos del hombre voluntarios y el contra voluntad o al margen de la voluntad

Teoría Tripartita: Hecho jurídico es el acontecimiento que se produce por causas naturales, es decir sin la voluntad humana pero a la cual la ley le atribuye consecuencias de derecho.

Acto jurídico es el acontecimiento realizado por la voluntad humana pero sin la intención de producir consecuencias de derecho.

Un hecho es cualquiera modificación del mundo exterior o vida común. Estos no son jurídicos ni antijurídicos, algunos producen resultados materiales.

Diferencia entre las dos teorías.

Lo que para la bipartita es un hecho en sentido estricto involuntario, para la tripartita es un simple hecho jurídico.

Lo que para la bipartita es un hecho jurídico en sentido estricto voluntario, para la tripartita es un acto jurídico.

Lo que para la bipartita es un acto jurídico, para la tripartita es un negocio jurídico

ELEMENTOS INTEGRANTES DEL ACTO JURÍDICO

ESCENCIALES: Consentimiento que es la manifestación de la voluntad con el fin de crear consecuencias de derecho que puede ser de dos formas expresa o tácita.

Expresa: puede

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ser escrita, o verbalmente o por signos inequívocos

Tacita: deriva de actos de hechos o actos que propongan o presuman la conformidad de la celebración del acto.

OBJETO: directo consiste en crear, transmitir o extinguir derechos y obligaciones. Un ejemplo es el convenio. El cual es un

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